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Examinado el expediente de Desafectación y Modificación de Trazado de la vía pecuaria «Cañada Real de Encinillas o Pajaritos», en el término municipal de Fuentes de Andalucía, provincia de Sevilla, instruido por la Delegación Provincial de la Consejería de Medio Ambiente en Sevilla, se desprenden los siguientes
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero. La vía pecuaria «Cañada Real de Encinillas o Pajaritos», en el término municipal de Fuentes de Andalucía, provincia de Sevilla, está clasificada por Orden Ministerial de 27 de mayo de 1964 y publicada en el Boletín Oficial del Estado de 8 de junio de 1964.
Segundo. La Modificación de Trazado de la vía pecuaria «Cañada Real de Encinillas o Pajaritos», en el término municipal de Fuentes de Andalucía, provincia de Sevilla, se instruye a fin de dar cumplimiento a la Declaración de Impacto Ambiental emitida por la Delegación Provincial de Medio Ambiente en Sevilla, a raíz de la tramitación de la Revisión de las Normas Subsidiarias de Planeamiento de Fuentes de Andalucía.
Tercero. El Ayuntamiento de Fuentes de Andalucía traslada a la Delegación Provincial de Medio Ambiente en Sevilla el acuerdo plenario, de 7 de septiembre de 2006, por el que solicita la presente modificación de trazado junto con la de otras vías pecuarias del citado término municipal así como se determina la planificación de las expropiaciones para la adquisición de los trazados alternativos. De este modo, la propuesta persigue el cumplimiento de la compensación en cuanto superficie afectada, la utilización de caminos preexistentes y la mejora de la estructura espacial de la Red de Vías Pecuarias actual, resolviendo satisfactoriamente la continuidad de la Red incluso previendo posibles crecimientos del núcleo urbano.
Cuarto. La Modificación de Trazado afecta a la vía pecuaria «Cañada Real de Encinillas o Pajaritos», a su paso por el término municipal de Fuentes de Andalucía, provincia de Sevilla, con una longitud de 554,27 m y una superficie de 40.400,54 m.
El tramo resultante transcurre por la denominada fase norte 1 del acuerdo plenario citado en el expositivo anterior, desde la «Cañada Real de Fuente la Reina» al Camino de San José, con una longitud de 704,50 m y una superficie de 41.639 m.
Quinto. El Ayuntamiento de Fuentes de Andalucía asume el compromiso de garantizar el acondicionamiento del nuevo trazado conforme acuerde la Delegación Provincial de Medio Ambiente en Sevilla, no suponiendo incremento presupuestario para la Consejería de Medio Ambiente.
A la vista de tales antecedentes son de aplicación los siguientes
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero. Compete a esta Dirección General de Sostenibilidad en la Red de Espacios Naturales la resolución del presente Procedimiento Administrativo de Modificación de Trazado, en virtud de lo dispuesto en el artículo 41.5.º del Decreto 155/1998, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Vías Pecuarias de la Comunidad Autónoma de Andalucía, así como el Decreto 194/2008, de 6 de mayo, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Medio Ambiente.
Segundo. Al presente acto administrativo le es de aplicación lo regulado en la Ley 3/1995, de 23 de marzo, de Vías Pecuarias, el Decreto 155/1998, de 21 de julio, antes citado, la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, reguladora del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, y demás legislación aplicable al caso.
Tercero. Examinado el procedimiento seguido en la instrucción del expediente se constata que se ha seguido el procedimiento legalmente establecido de conformidad con lo establecido tanto en el artículo 12 de la Ley de Vías Pecuarias, como en los artículos 39 y siguientes del Reglamento de Vías Pecuarias de Andalucía así como quedan garantizados los requisitos exigidos en el citado Reglamento relativos a la continuidad, el tránsito ganadero y los demás usos complementarios y compatibles.
Vista la propuesta formulada por la Delegación Provincial de la Consejería de Medio Ambiente en Sevilla,
RESUELVO
Primero. Desafectar parcialmente la vía pecuaria «Cañada Real de Encinillas o Pajaritos», a su paso por el término municipal de Fuentes de Andalucía, provincia de Sevilla, con una longitud de 554,27 m y una superficie de 40.400,54 m.
Segundo. Aprobar la Modificación de Trazado que transcurre por la denominada fase norte 1 del acuerdo plenario del Ayuntamiento de Fuentes de Andalucía de 7 de septiembre de 2006, desde la «Cañada Real de Fuente la Reina» al Camino de San José, con una longitud de 704,50 m y una superficie de 41.639 m, delimitada mediante las coordenadas que se relacionan a continuación.
Tramo a modificar:
COORDENADA | COORDENADA |
292101.9266 | 4149976.8535 |
292185.9942 | 4150042.5449 |
292184.5973 | 4150094.4254 |
292184.8302 | 4150102.7016 |
292185.9714 | 4150110.9021 |
292188.0069 | 4150118.9275 |
292204.7469 | 4150172.3875 |
292208.4400 | 4150181.8756 |
292213.3806 | 4150190.7781 |
292219.4781 | 4150198.9318 |
292260.6790 | 4150246.8816 |
292267.3873 | 4150253.7488 |
292274.9157 | 4150259.7057 |
292283.1415 | 4150264.6552 |
292291.9307 | 4150268.5167 |
292301.1401 | 4150271.2274 |
292391.4628 | 4150291.6522 |
292425.5119 | 4150295.9146 |
292433.6414 | 4150230.9753 |
292448.5197 | 4150241.7721 |
292503.5778 | 4150259.6117 |
292529.4587 | 4150266.5563 |
292535.0382 | 4150232.5731 |
292517.7497 | 4150231.6544 |
292404.4610 | 4150217.4723 |
292317.7308 | 4150197.8598 |
292276.5300 | 4150149.9100 |
292259.7900 | 4150096.4500 |
292261.1869 | 4150044.5695 |
292260.9105 | 4150035.7930 |
292259.6133 | 4150027.1086 |
292257.3128 | 4150018.6345 |
292254.0404 | 4150010.4862 |
292249.8408 | 4150002.7748 |
292244.7711 | 4149995.6053 |
292238.9005 | 4149989.0755 |
292232.3089 | 4149983.2743 |
292152.7296 | 4149921.0901 |
292121.6057 | 4149897.4531 |
292101.9266 | 4149976.8535 |
Nuevo trazado:
COORDENADA | COORDENADA |
290107.9735 | 4150794.3232 |
290155.8135 | 4150779.7861 |
290116.5661 | 4150650.6270 |
290101.9097 | 4150617.2233 |
290067.3775 | 4150551.1374 |
290051.8262 | 4150528.6966 |
290021.8424 | 4150482.3696 |
289991.8428 | 4150436.3039 |
289927.8901 | 4150331.0246 |
289918.4457 | 4150316.0394 |
289913.7723 | 4150304.9724 |
289951.6302 | 4150297.8633 |
289942.1611 | 4150268.2529 |
289930.6411 | 4150239.4529 |
289919.9411 | 4150218.4429 |
289901.9211 | 4150192.5629 |
289875.1510 | 4150138.1154 |
289850.0717 | 4150149.5723 |
289837.3142 | 4150156.0399 |
289803.8300 | 4150168.8300 |
289815.7025 | 4150193.0941 |
289834.4027 | 4150235.7951 |
289849.0733 | 4150272.4354 |
289861.5510 | 4150310.3980 |
289868.0684 | 4150325.2503 |
289873.9615 | 4150339.2331 |
289885.3706 | 4150357.3355 |
289949.5164 | 4150462.9327 |
289979.9053 | 4150509.5962 |
290010.2799 | 4150556.5271 |
290024.5061 | 4150577.0555 |
290056.8069 | 4150638.8712 |
290069.5882 | 4150668.0012 |
290107.9735 | 4150794.3232 |
290107.9735 | 4150794.3232 |
Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada, conforme a la Ley 4/1999, de modificación de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de un mes desde la notificación de la presente, ante la Consejera de Medio Ambiente de la Junta de Andalucía.
Actuación cofinanciada por Fondos Europeos.
Sevilla, 23 de junio de 2008.- La Directora General, P.A. (Decreto 194/2008, de 6.5), la Directora General de Gestión del Medio Natural, Marina Martín Jiménez.
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