Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 201 de 08/10/2008

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 2 de junio de 2008, del Juzgado de Primera Instancia núm. Trece de Málaga, dimanante de Procedimiento Ordinario núm. 349/2007. (PD. 3532/2008).

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NIG: 2906742C20070004890.

Procedimiento: Proced. Ordinario 349/2007. Negociado: D.

Sobre: Acción declarativa de dominio y acción de rectificacion registral del art. 40 L.H.

De: Doña María del Carmen Ojeda Pendón.

Procurador: Sr. Francisco José Martínez del Campo.

Letrado: Sr. Rojano Gallardo, Rafael.

Contra: Posibles e ignorados herederos, los descendientes don Miguel Parra Recio y don Francisco Parra Ruiz, María Sonia Cabello Parra, antes Parra Cabello hija de Francisco Parra Ruiz, María Josefa Parra Ruiz hermana de Francisco Parra Ruiz y Ernesto José Parra Guerrero, en su calidad de hijo de Francisco Parra.

EDICTO

CéDULA DE NOTIFICACIóN

En el procedimiento Procedimiento Ordinario 349/2007, seguido en el Juzgado de Primera Instancia núm. Trece de Málaga a instancia de María del Carmen Ojeda Pendón contra posibles e ignorados herederos, los descendientes don Miguel Parra Recio y don Francisco Parra Ruiz, María Sonia Cabello Parra, antes Parra Cabello hija de Francisco Parra Ruiz, María Josefa Parra Ruiz hermana de Francisco Parra Ruiz y Ernesto José Parra Guerrero, en su calidad de hijo de Francisco Parra, sobre acción declarativa de dominio y acción de rectificación registral, del art. 40 L.H., se ha dictado la sentencia que, copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

SENTENCIA

En Málaga, a dieciséis de mayo de dos mil siete.

Han sido vistos por el Ilmo. Señor Magistrado Juez del Juzgado de Primera Instancia número Trece de Málaga, don José Pablo Martínez Gámez, los autos de Juicio Ordinario seguidos en este Juzgado con el número 349/2007-D a instancias de doña María del Carmen Ojeda Pendón, representada por el Procurador don Francisco José Martínez Campo y con la asistencia letrada de don Rafael Rojano Gallardo, frente a los herederos de don Miguel Parra Recio y a los herederos de don Francisco Parra Ruiz.

FALLO

Se estima íntegramente la demanda interpuesta por doña María del Carmen Ojeda Pendón frente a los herederos de don Miguel Parra Recio y frente a los herederos de don Francisco Parra Ruiz con los siguientes pronunciamientos:

1. Se declara el dominio de la actora sobre la totalidad de la finca objeto del litigio y que aparece descrita en el apartado 1 del primero de los Fundamentos de Derecho de esta sentencia.

2. Se condena a los demandados a estar y pasar por esta declaración.

3. Se acuerda, firme que sea esta sentencia, que se libre el oportuno mandamiento al Sr. Registrador de la Propiedad núm. Seis de Málaga ordenando la inscripción a nombre de la actor de la finca objeto del litigo, con cancelación de las inscripciones contradictorias que en cuanto a la misma aparezcan en el Registro de la Propiedad.

4. No se hace expresa imposición de costas de esta instancia.

Contra esta sentencia cabe recurso de apelación en que habrá de prepararse mediante escrito presentado dentro del plazo de cinco días contados desde el siguiente a la notificación de esta resolución y en el que habrá de citarse la resolución que se apela y manifestarse la voluntad de recurrir con expresión de los pronunciamientos que se impugnan.

Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma al/a los demandado/s posibles e ignorados herederos, los descendiente sobreviviente y conyuges respectivos de los fallecidos señores don Miguel Parra Recio y don Francisco Parra Ruiz, extiendo y formo la presente en Málaga, a dos de junio de dos mil ocho.- El/La Secretario.

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