Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 255 de 24/12/2008

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 19 de noviembre de 2008, del Juzgado de Primera Instancia núm. Diez de Granada, dimanante de Divorcio Contencioso núm. 807/2007.

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NIG: 1808742C20070020024.

Procedimiento: Familia. Divorcio Contencioso núm. 807/2007. Negociado: C.

De: Don José Palma García.

Procurador: Sr. Luis Alcalde Miranda.

Letrada: Sra. María José Guillén Pérez.

Contra: Doña Ana de los Ángeles Fernández Sánchez.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento de Divorcio Contencioso núm. 807/2007 seguido en el Juzgado de Primera Instancia núm. Diez de Granada a instancia de don José Palma García, contra doña Ana de los Ángeles Fernández Sánchez, se ha dictado la sentencia que, copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

«En Granada, a diecinueve de noviembre de dos mil ocho.

Vistos por el Iltmo. Sr. Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia núm. Diez de Granada, don José María Robles Tarrago, los presentes autos de Divorcio Contencioso núm. 807/2007, instados por el Procurador don Luis Alcalde Miranda, en nombre y representación de don José Palma García, asistido de la Letrada Sra. María José Guillén Pérez, contra doña Ana de los Ángeles Fernández Sánchez, declarada en situación procesal de rebeldía.

FALLO

Que, estimando la demanda de divorcio interpuesta por el Procurador Sr. Luis Alcalde Miranda, en nombre y representación de don José Palma García, frente a doña. Ana de los Ángeles Fernández Sánchez, en situación procesal de rebeldía, debo decretar y decreto la disolución, por divorcio, del matrimonio formado por los cónyuges litigantes, con todos los efectos legales.

Firme que sea la presente Sentencia, que se notificará a las partes y de la que se unirá testimonio literal a los autos, comuníquese la misma al Registro Civil donde el matrimonio está inscrito a los efectos procedentes.

Contra esta resolución cabe recurso de apelación en ambos efectos que se interpondrá por escrito ante este Juzgado, en término de quinto día.

Así por esta mi Sentencia lo pronuncio, mando y firmo.»

Y con el fin de que sirva de notificación en forma a la demandada doña Ana de los Ángeles Fernández Sánchez, extiendo y firmo la presente en Granada, a diecinueve de noviembre de dos mil ocho.- La Secretaria Judicial.

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