Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 40 de 26/02/2008

4. Administración de justicia

Otros. Audiencias Provinciales

Edicto de 11 de diciembre de 2007, de la Audiencia Provincial de Málaga, Sección Cuarta, dimanante del recurso de apelación civil núm. 601/2006. (PD. 589/2008).

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NIG: 2906737C20060002072.

Procedimiento: Recurso de Apelación Civil (N) 601/2006. Negociado:

Asunto: 400602/2006.

Autos de: Proced. Ordinario (N) 206/2004.

Juzgado de origen: Juzgado Mixto núm. Uno Torrox.

Negociado:

Apelante: Juana Raquel Sosa.

Procuradora: Martínez Torres, María del Carmen.

Abogado: Guerrero Revuelta, Ricardo.

Apelado: Reysol Nerja, S.A., Damián Cantarero Zarco, Angélica Fieman, Rosario Vozmediano Jaime y herencia yacente de Fco. Vozmediano Jaime.

EDICTO

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MALAGA NUM. CUATRO

RECURSO DE APELACION NUM. 601/2006

En el recurso referenciado se ha dictado la resolución cuyo texto encabezamiento y fallo es del tenor literal siguiente:

"En la ciudad de Málaga, a diecinueve de marzo de dos mil siete.

Visto, por la Sección Cuarta, Audiencia Provincial de Málaga de esta Audiencia, integrada por los Magistrados indicados al margen, el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia dictada en juicio de Proced. Ordinario seguido en el Juzgado de referencia. Interpone el recurso Juana Raquel Sosa, que en la instancia fuera parte demandada y comparece en esta alzada representada por la Procuradora Sra. Martínez Torres, María del Carmen, y defendida por el Letrado Sr. Guerrero Revuelta, Ricardo. Es parte recurrida Reysol Nerja, S.A., que en la instancia ha litigado como parte demandante; y Damián Cantarero Zarco, Angélica Fieman, Rosario Vozmediano Jaime y herencia yacente de Fco. Vozmediano Jaime, en situación procesal de rebeldía, que en la instancia han litigado como partes demandadas.

FALLAMOS

Que desestimando el recurso estudiado contra la sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia núm. Uno de Torrox, de fecha 1 de febrero de 2006, en los autos de Juicio Ordinario núm. 206/04, del que dimana el presente rollo, debemos confirmar dicha resolución, condenando a la apelante al pago de las costas causadas en esta alzada.

Notificada que sea la presente resolución, remítase testimonio de la misma, en unión de los autos principales al Juzgado de Instancia, interesando acuse de recibo."

En atención al desconocimiento del actual domicilio o residencia de las partes apeladas Damián Cantarero Zarco, Angélica Fieman, Rosario Vozmediano Jaime y herencia yacente de Fco. Vozmediano Jaime, las cuales se encuentran en situación procesal de rebeldía, se ha acordado por providencia dictada por este Tribunal, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, la publicación del presente edicto en ese Boletín para llevar a efecto la diligencia de notificación de la sentencia.

En Málaga, a once de diciembre de dos mil siete.- El Presidente.

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