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NIG: 0401342C20070001029.
Procedimiento: Procedimiento Ordinario 203/2007.
Negociado: MM.
Sobre: Reclamación de cantidad.
De: Unicaja.
Procuradora: Sra. Abad Castillo, Antonia.
Letrado: Sr. Galera Navarro, Marcos A.
Contra: Herencia yacente e ignorados herederos de Diego Cortes Moreno.
EDICTO
CéDULA DE NOTIFICACIóN
En el procedimiento Procedimiento Ordinario 203/2007, seguido en el Juzgado de Primera Instancia núm. Cinco de Almería a instancia de Unicaja contra Herencia Yacente e Ignorados Herederos de Diego Cortés Moreno sobre Reclamación de Cantidad, se ha dictado la sentencia que, copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:
SENTENCIA NUM. 236/07
En la ciudad de Almería a diecinueve de noviembre de dos mil siete.
Visto, por doña María de la Fe Tabasco Cabezas, Ilma. Sra. Magistrada Juez del Juzgado de Primera Instancia número Cinco de Almería y su partido, los presentes autos de Juicio Ordinario seguidos en este Juzgado bajo el número 203/07, a instancia de Montes de Piedad y Caja de Ahorros de Ronda, Cádiz, Almería, Málaga y Antequera, representado por el Procurador de los Tribunales Sra. Abad Castillo contra herencia yacente e ignorados herederos de don Diego Cortés Moreno, en situación de rebeldía, y atendiendo a los siguientes:
FALLO
Que estimando como estimo íntegramente la demanda interpuesta por el Procurador de los Tribunales Sra. doña Abad Castillo, en nombre y representación de Montes de Piedad y Caja de Ahorros de Ronda, Cádiz, Almería, Málaga y Antequera contra herencia yacente e ignorados herederos de don Diego Cortés Moreno, debo de condenar y condeno a la demandada a que abone a la actora la suma de cinco mil novecientos ochenta y dos euros con veintinueve céntimos (5.982,29
), saldo deudor a fecha diecinueve de diciembre de dos mil siete más intereses hasta su completo pago y con expresa imposición de las costas causadas en el presente procedimiento.
Líbrese testimonio de la presente resolución que quedará unida a los autos por testimonio, uniéndose el original al Libro de Sentencias de este Juzgado.
Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de apelación ante este Juzgado para la Audiencia Provincial de Almería, de conformidad con lo establecido en los arts. 455 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil.
Así por esta mi Sentencia, la pronuncio, mando y firmo.
E/
Y con el fin de que sirva de notificación en forma al/a los demandado/s herencia yacente e ignorados herederos de Diego Cortés Moreno, extiendo y firmo la presente en Almería a veintidós de enero de dos mil ocho.- El/La Secretario.
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