Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 46 de 06/03/2008

4. Administración de justicia

Otros. Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 7 de febrero de 2008, del Juzgado de Primera Instancia núm. Trece de Granada, dimanante de Juicio Verbal núm. 650/2006. (PD. 748/2008).

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NIG: 1808742C20060008669.

Procedimiento: Juicio Verbal (Desahucio falta de pago) 650/2006. Negociado: A.

Sobre: Desahucio y reclamación de renta.

De: Don Manuel Aranda Sánchez.

Procuradora: Sra. María Isabel Serrano Peñuela.

Contra: Don Domingo Villanueva Fernández y Grzegorz Janusz Dulinski.

EDICTO

CEDULA DE NOTIFICACION

En el procedimiento Juicio Verbal (Desahucio falta de pago) 650/2006, seguido en el Juzgado de Primera instancia número Trece de Granada a instancia de Manuel Aranda Sánchez contra Domingo Villanueva Fernández y Grzegorz Janusz Dulinski sobre desahucio y reclamación de renta, se ha dictado la sentencia que, copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

SENTENCIA NUM. 236/2007

Juez que la dicta: Doña Adela Juana Frías Román.

Lugar: Granada.

Fecha: Cinco de diciembre de dos mil siete.

Parte demandante: Manuel Aranda Sánchez.

Abogado: José Piñas Marañón.

Procurador: María Isabel Serrano Peñuela.

Parte demandada: Domingo Villanueva Fernández y Grzegorz Janusz Dulinski.

Objeto del juicio: Desahucio y reclamación de renta.

Doña Adela Frías Román, titular del Juzgado de Primera Instancia número Trece de Granada, habiendo visto los presentes autos de Juicio Verbal desahucio y reclamación de cantidad núm. 650/06, sobre resolución de contrato de arrendamiento por falta de pago y reclamación de cantidades, seguidos a instancia de don Manuel Aranda Sánchez, representado por la Procuradora de los Tribunales doña Isabel Serrano Peñuela y asistido por el Letrado don José Piñas Marañón contra Domingo Villanueva Fernández y Grzegorz Janusz Dulinski, en rebeldía procesal,

FALLO

Estimando la demanda deducida por la Procuradora doña Isabel Serrano Peñuela en nombre y representación de don Manuel Aranda Sánchez contra Domingo Villanueva Fernández y Grzegorz Janusz Dulinski sobre reclamación de cantidad, resuelto voluntariamente el contrato de arrendamiento que ligaba a las partes sobre la vivienda sita en la calle Echegaray, núm. 2, de los Ogíjares, Granada, por falta de pago, debo condenar y condeno a los demandados solidariamente a pagar la cantidad de 4.800 euros más los intereses legales reseñados, entregada la posesión del inmueble a la actora mediante la entrega de las llaves y costas procesales del presente juicio.

Dejándose sin efecto el señalamiento que con carácter provisional se hizo del lanzamiento del demandado.

Contra esta resolución cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Granada (artículo 455 LEC). El recurso se preparará por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de cinco días hábiles contados desde el día siguiente de la notificación, limitado a citar la resolución apelada, manifestando la voluntad de recurrir, con expresión de los pronunciamientos que impugna (artículo 457.2 LEC).

Así por esta sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma al demandado Domingo Villanueva Fernández y Grzegorz Janusz Dulinski, extiendo y firmo la presente en Granada, a siete de febrero dos mil ocho.- El Secretario.

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