Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 84 de 28/04/2008

3. Otras disposiciones

Consejería de Obras Públicas y Transportes

Orden de 4 de abril de 2008, que dispone la publicación de la Resolución de 9 de octubre de 2007, sobre la modificación del Plan General de Ordenación Urbanística de Málaga relativa a la ampliación del Parque Tecnológico de Andalucía.

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Para general conocimiento y tras la inscripción y depósito del Instrumento urbanístico de referencia en el Registro Municipal del Ayuntamiento de Málaga y en el Registro Autonómico de Instrumentos de Planeamiento, de Convenios Urbanísticos y de los Bienes y Espacios Catalogados, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 41.1 y 2 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía, se acuerda la publicación de la Resolución y de la Normativa Urbanística correspondientes al citado Instrumento urbanístico, según los contenidos de los Anexos 1 y 2, respectivamente.

Sevilla, 4 de abril de 2008

LUIS MANUEL GARCÍA GARRIDO

Consejero de Obras Públicas y Transportes

ANEXO 1. RESOLUCIÓN

RESOLUCIÓN DE 9 DE OCTUBRE DE 2007, DE LA CONSEJERÍA DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES SOBRE LA MODIFICACIÓN DEL PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANÍSTICA DE MÁLAGA RELATIVA A LA AMPLIACIÓN DEL PARQUE TECNOLÓGICO DE ANDALUCÍA.

El Ayuntamiento de Málaga ha formulado la Modificación del Plan General de Ordenación Urbanística relativa a la ampliación del Parque Tecnológico de Andalucía, que tiene por objeto la incorporación al Suelo Urbanizable Sectorizado de una parte de los terrenos que constituyen el Área de Reserva AR-4, concretamente de 366.216 m2.

La citada modificación ha sido aprobada inicialmente mediante acuerdo del Ayuntamiento en Pleno, de 21 de diciembre de 2005 y provisionalmente mediante acuerdo del Pleno de 26 de octubre de 2006.

Constan entre otros los informes de la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Málaga de 24 de julio de 2007, de la Dirección General de Urbanismo de 1 de octubre de 2007, e informe de la Comisión de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Andalucía en sesión celebrada el 1 de octubre de 2007.

El artículo 4.3.c) del Decreto 220/2006, de 19 de diciembre, por el que se regula el ejercicio de las competencias de la Administración de la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de Ordenación del Territorio y Urbanismo, en relación con el artículo 31.2.B.a) y 36.2.c.1 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía, atribuye al titular de la Consejería de Obras Públicas y Transportes la competencia para aprobar definitivamente las modificaciones de Planes Generales de Ordenación Urbanística que afecten a la ordenación estructural, en relación con los municipios de más de 100.000 habitantes.

Vistos los informes mencionados y las disposiciones legales de aplicación y de acuerdo con las competencias que tengo atribuidas por el art. 4.3.c) del Decreto 220/2006,

RESUELVO

Primero. Aprobar la Modificación del Plan General de Ordenación Urbanística de Málaga relativa a la ampliación del Parque Tecnológico de Andalucía. Todo ello, según lo previsto en el artículo 33.2.a) de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía.

Segundo. Este Acuerdo se notificará al Ayuntamiento de Málaga y, tras su inscripción en los Registros de Instrumentos Urbanísticos municipal y autonómico, se publicará en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, según lo previsto en el ar-
tículo 41.1 y 2 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, entrando en vigor al día siguiente de su publicación.

Contra el presente Acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo, ante la correspondiente Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de la notificación o, en su caso, publicación de esta Resolución, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Concepción Gutiérrez del Castillo, Consejera de Obras Publicas y Transportes.

ANEXO 2. NORMATIVA URBANÍSTICA
COEFICIENTES DE PONDERACIÓN SISTEMAS GENERALES ADSCRITOS
Código Sector COEFICIENTES Código Superficie
Uso U Tipl. T Zona Z CPH UxTxZ SG-BM-1 279.000 m
BM-1 Rojas-Sta. Tecla 1,150 1,300 1,700 2,542 SG-BM-3 25.250 m
BM-2 Monsalvez 1,150 1,300 1,205 1,801 SG-CA-1 13.886 m
BM-3 Wittemberg 1,150 1,300 1,700 2,542 SG-CA-6 34.005 m
CA-1 Santa Rosalía 1,100 1,250 1,050 1,444 SG-G-2 165.265 m
CA-2 Las Fábricas 1,100 1,300 1,050 1,502 SG-LE-1 2.552 m
CA-3 Maqueda 1,100 1,250 1,050 1,444 SG-LE-2 48.342 m
CA-4 Hacienda Segovia 1,100 1,250 1,050 1,444 SG-LE-3 2.300 m
CA-5 Carmona 1,100 1,250 1,050 1,444 SG-LE-7 8.242 m
CA-6 Carrocerías 1,100 1,250 1,391 1,912 SG-LO-1 131.452 m
CA-7 Oliveros 1,100 1,300 1,050 1,502 SG-LO-2 59.024 m
CA-8 Las Castañetas 1,100 1,250 1,050 1,444 SG-LO-3 169.865 m
CA-9 El Cerradillo 1,100 1,250 1,050 1,444 SG-LO-4 51.134 m
CA-10 Ampliación PTA 1,100 0,950 1,538 1,607
CH-1 Los Rosales 1,150 1,250 1,070 1,538 SG-P-1 23.236 m
CH-2 El Retiro 1,150 1,250 1,070 1,538 SG-PT-1 152.689 m
CH-3 Cuartón 1,150 1,250 1,070 1,538 SG-PD-2 32.311 m
CH-4 Espeñuelas 1,150 1,250 1,070 1,538 SG-PD-3 25.331 m
CH-5 Pizarrillo 1,150 1,250 1,070 1,538 SG-PT-2 13.094 m
CH-6 Atalaya 1,150 1,250 1,070 1,538 SG-PT-4 18.400 m
CH-7 Los Paredones 1,150 1,250 1,070 1,538 SG-R-1 215.000 m
CH-8 La Loma 1,100 0,950 1,070 1,118 SG-R-3 54.964 m
CH-9 La Consula 2,000 1,300 1,070 2,782 SG-T-1 83.750 m
G-1 Huerta del Correo 1,100 0,950 1,000 1,045 SG-T-2 26.803 m
G-2 Haza de la Cruz 1,100 0,950 1,000 1,045 SG-T-3 3.157 m
G-3 El Higueral 1,100 1,100 1,000 1,210 SG-T-4 64.960 m
G-4 Ordoñez 1,100 0,950 1,000 1,045 SG-T-5 9.434 m
G-5 La Huertecilla 1,100 0,950 1,000 1,045 SG-T-7 45.904 m
G-6 Haza Angosta 1,100 0,950 1,000 1,045 SG-T-10 42.642 m
G-7 Comercial Villa Rosa 1,970 0,950 1,000 1,872 SG-T-11 3.514 m
G-8 Villa Rosa I 1,100 0,950 1,000 1,045 SG-T-13 176.490 m
G.9 Villa Rosa II 1,100 0,950 1,000 1,045 SG-T-15 876.639 m
LE-1 Miraflores I 1,150 1,300 3,046 4,554 SG-T-16 45.533 m
LE-2 San Antón 1,150 1,300 2,326 3,478 SG-T-17 232.040 m
LE-3 Miraflores II 1,150 1,300 1,668 2,493 SG-T-18 31.147 m
LE-4 Miraflores III 1,150 1,300 1,668 2,493 SG-T-19 512.458 m
LE-5 Colinas del Limonar 1,150 1,300 1,584 2,368 SGT-8 12.823 m
LE-6 Hacienda Paredes 1,150 1,100 2,016 2,550 SGT-20 6.000 m
LE-7 Hacienda Clavero 1,150 1,100 1,482 1,875 TOTAL…………………. 3.698.636 m
LE-8 Lagarillo 1,150 1,300 1,771 2,647
LE-9 Cmno. De Olias 1,100 0,950 1,723 1,800
LE-10 La Platera 1,150 1,300 4,131 6,176
LO-1 Torre del Río 0,950 1,050 1,003 1,000
LO-2 Finca el Pato 0,950 1,050 1,003 1,000
LO-3 La Térmica 0,950 1,050 1,003 1,000
PD-1 Tassara-Alemán 2,000 1,300 0,981 2,551
PD-2 Morales 2,000 1,300 0,981 2,551
PT-1 Orozco 2,000 1,300 1,228 3,193
PT-2 Cañaveral 1,100 1,300 0,900 1,287
PT-3 Cortijo Cabello 0,670 1,100 1,050 0,774
R-1 Virreinas 0,950 1,000 0,800 0,760
R-2 Ntra. Sra. De Fátima 1,100 1,250 1,113 1,530
T-1 Hacienda Cabello 0,950 1,100 1,050 1,097
T-2 Torre Atalaya 0,950 1,100 0,957 1,000
T-3/4 Cañada de los Cardos 0,950 1,100 1,050 1,097
T-5 El Cónsul 0,950 1,100 0,957 1,000
T-6 Morillas 0,950 1,100 0,957 1,000
T-7 Bizcochero-Capitán 0,520 1,100 1,050 0,600
T-8 Universidad 0,950 1,100 2,456 2,567
T-9 Trévenez 1,100 0,950 0,957 1,000
T-10 Buenavista 1,100 0,950 0,957 1,000

CÁLCULO DE LA EDIFICABILIDAD SUSCEPTIBLE DE APROPIACIÓN PRIVADA
LEYENDA
S = Superficie de Suelo Ep = S x (1/Cp) x 90% AT
Cp = Coeficiente de ponderación homogeneizado
Ep = Edificabilidad del Propietario

2. Ficha Nuevo Sector SUP CA-10.

Suelo Urbanizable: Plan Parcial Zona: Campanillas: CA.

Identificación.

Código: SUP-CA.10.

Denominación: Ampliación PTA.

Hoja Plano: 1-6.

Condiciones de ordenación.

Superficie total (m²): 365.166.

Uso Global: Industrial.

Edif. Bruta (m²/m²): 0,28.

Iniciativa: Pública.

Sistema de actuación: Expropiación.

Otras condiciones.

- Para que no tengas que escribir:

- Ordenanzas: las PA CA 3 (Parque Tecnológico).

- Techo maximo: 102.540 m² (prevalecerá sobre el índice en ajustes menores).

- Reservas mínimas: 146.486 m² de espacios libres.

- El vial discurre por el cierre norte del PTA deberá ser de dominio y uso público (sin control de acceso). Sus dimensiones y trazado serán las de una vía de cuatro carriles.

- Por la mediana de este vial discurrirá, encauzado, el dominio público del Arroyo de los Pilones, que se considerará como Suelo No Urbanizable. La delimitacion de este encauzamiento supondrá un ajuste (de escasa entidad) del límite Sur del ámbito que deberá concretarse en el Plan Parcial.

- Se ejecutará un vial interno al actual PTA para conectarlo con el acceso 2, tal y como viene definido en plano 12.

- El Plan Especial de Infraestructuras determinará las cargas urbanísticas externas del sector.

- Las medidas correctoras y protectoras propuestas en el Estudio de Impacto Ambiental figurarán en el Plan Parcial de Ordenación, así como en el Proyecto de urbanización las que correspondan, debidamente cuantificadas.

- Impacto severo.

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