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NIG: 2906742C2006002951.
Procedimiento: Filiación 1405/2006. Negociado: PC.
De: Don Javier Fresneda Sierra.
Procurador: Sr. Javier Duarte Diéguez.
Letrado: Sr. Ramos Rodríguez, Rafael Gerardo.
Contra: Doña Terezinha de Jesús Alves Pereira y Comisión Provincial de Medidas de Protección de la Delegación Provincial de Málaga de la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social.
EDICTO
CEDULA DE NOTIFICACION
En el procedimiento Filiación 1405/2006 seguido en elJuzg. de 1.ª Instancia Cinco de Málaga a instancia de don Javier Fresneda Sierra contra doña Terezinha de Jesús Alves Pereira y Comisión Provincial de Medidas de Protección de la Delegación Provincial de Málaga de la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social sobre, se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:
Juzgado de 1.ª Instancia Cinco de Málaga.
C/ Fiscal Luis Portero, s/n.
4.ª planta. Ciudad Justicia.
Tlf.: 951 939 025. Fax: 951 939 125.
Número de Identificación General: 2906742C20060029511.
Procedimiento: Filiación 1405/2006. Negociado: PC
SENTENCIA NUM. 198/08
Juez que la dicta: Don José Luis Utrera Gutiérrez.
Lugar: Málaga.
Fecha: Veinticinco de marzo de dos mil ocho.
Parte demandante: Javier Fresneda Sierra.
Abogado: Ramos Rodríguez, Rafael Gerardo.
Procurador: Javier Duarte Diéguez.
Parte demandada: Terezinha de Jesús Alves Pereira y Comisión Provincial de Medidas de Protección de la Delegación Provincial de Málaga de la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social.
Abogado:
Procurador:
Ministerio Fiscal.
FALLO
Estimar la demanda interpuesta por don Javier Fresneda Sierra contra doña Trerezinha de Jesús Alves Pereira y en consecuencia declaro que don Javier Fresneda Sierra es el padre de la menor Nataly de Jesús Alves Pereira, debiendo realizarse la inscripción de filiación correspondiente en el Registro Civil, al no constar inscrita la menor.
Cada parte abonará sus propias costas.
Contra esta resolución cabe recurso de apelación para ante la Ilma. Audiencia Provincial de Málaga que se interpondrá por escrito ante este Juzgado en el término de los cinco días siguientes al de su notificación, conforme a los artículos 457 y siguientes de la nueva LEC.
Así por esta mi Sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.
Y con el fin de que sirva de notificación en forma a la demandada Terezinha de Jesús Alves Pereira, extiendo y firmo la presente en Málaga a veinticinco de marzo de dos mil ocho.- El/La Secretario.
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