Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 109 de 09/06/2009

3. Otras disposiciones

Consejería de Gobernación

Resolución de 15 de mayo de 2009, de la Delegación del Gobierno en Granada, por la que se concede la beca de formación convocada por la Orden que se cita.

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Concluido el proceso selectivo para la concesión de una beca de formación en el Área de Voluntariado con destino en esta Delegación de Gobierno de la Junta de Andalucía en Granada, convocada mediante Resolución de 6 de febrero de 2009, del Secretario General Técnico de la Consejería de Gobernación de la Junta de Andalucía (BOJA núm. 34, de 19 de febrero de 2009), y de acuerdo con la Orden de la Consejería de Gobernación de 27 de septiembre de 2001 (BOJA núm. 122, de fecha 20 de octubre de 2001), en virtud de lo establecido en el artículo 11 de la citada Orden de 27 de septiembre de 2001, por delegación del titular de la Consejería de Gobernación,

RESUELVO

Primero. Conceder la beca de Formación en el Área de Voluntariado a doña Olga Garzón Arrabal, con DNI 24.259.778-E.

Segundo. La beca se financiará con cargo a las aplicaciones presupuestarias 01.12.00.02.18.482.00 31H y 31.12.00.02.18.482.00 31H. 6.2010, por un importe total de 15.000 €, siendo su dotación económica de 1.250 euros mensuales y su duración de 12 meses, a computar desde la fecha de incorporación de la adjudicataria en este Centro Directivo, que habrá de realizarse el día 15 de junio de 2009, quedando sin efecto la adjudicación en otro caso, salvo que medie causa justificada.

Tercero. Notifíquese a la adjudicataria con indicación de que habrá de aceptar la beca en un plazo de quince días siguientes a la recepción de la notificación, declarando no hayarse incursa en la incompatibilidad establecida en el apartado 4 del artículo 5 de la Orden de 27 de septiembre de 2001.

Cuarto. En el supuesto de renuncia, se procederá a dictar nueva Resolución a favor del candidato que figura a continuación en la relación ordenada y elaborada por la Comisión de Selección como resultado del proceso selectivo.

Quinto. La presente Resolución tendrá efecto desde el momento en que se dicte. No obstante, habrá de ser publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía conforme a lo previsto en el artículo 11.3 de la referida Orden de 27 de septiembre de 2001.

Sexto. La presente Resolución pone fin a la vía administrativa y podrá ser impugnada, de conformidad con lo previsto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ante el órgano competente de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de su publicación, sin perjuicio de poder interponer potestativamente recurso de reposición en el plazo de un mes desde el día siguiente al de su publicación ante este órgano de conformidad con lo establecido en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Publicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Granada, 15 de mayo de 2009.- El Delegado del Gobierno, Jesús Huertas García.

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