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En el recurso contencioso-administrativo Procedimiento Abreviado núm. 28/2009, interpuesto por don José Falcón Suárez, contra la Resolución de la Dirección Provincial del Servicio Andaluz de Empleo en Cádiz, de 18 de octubre de 2007, recaída en el expediente administrativo núm. CA/PCA/0137/07, denegatoria de subvención por contratación de carácter indefinido, así como contra la resolución desestimatoria del recurso de reposición interpuesto contra aquélla, se ha dictado sentencia por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. Doce de Sevilla, con fecha 29 de abril de 2009, y cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal:
«Fallo: Que debo estimar y estimo el presente recurso contencioso-administrativo interpuesto en nombre y representación de don José Falcón Suárez contra la resolución citada en el antecedente primero por no ser conforme al ordenamiento jurídico y que, en consecuencia, anulo y dejo sin valor ni efecto alguno; con expresa condena en costas».
Según lo establecido en los artículos 118 de la Constitución y 17.2 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y 104 y siguientes de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, he dispuesto el cumplimiento en sus propios términos de la expresada sentencia, así como su publicación en el BOJA.
Sevilla, 2 de junio de 2009.- El Consejero de Empleo, P.D., (Orden de 14.7.2004), la Secretaria General Técnica, Lourdes Medina Varo.
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