Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 119 de 22/06/2009

3. Otras disposiciones

Consejería de Vivienda y Ordenación del Territorio

Resolución de 26 de mayo de 2009, de la Delegación Provincial de Sevilla, por la que se dispone la publicación de la Resolución de la Sección de Urbanismo de la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo, de 12 de marzo de 2009, por la que se aprueba definitivamente la Modificación núm. 31 del Plan General de Ordenación Urbanística del municipio de Utrera (Sevilla).

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De conformidad con lo dispuesto en el artículo 14.2.a) del Decreto 525/2008, de 16 de diciembre, por el que se regula el ejercicio de las competencias de la Administración de la Junta de Andalucía en materia de ordenación del territorio y urbanismo, esta Delegación Provincial hace pública la Resolución de la Sección de Urbanismo de la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Sevilla, de fecha 12 de marzo de 2009, por la que se aprueba definitivamente la Modificación núm. 31 del Plan General de Ordenación Urbanística del municipio de Utrera (Sevilla), relativa a los artículos 9.1 y 9.4 de las Normas Urbanísticas.

Conforme establece el artículo 41.2 de la Ley 7/2002, de Ordenación Urbanística de Andalucía, con fecha 30 de marzo de 2009, y con el número de registro 3451, se ha procedido a la inscripción y depósito del instrumento de planeamiento de referencia en el Registro de instrumentos de planeamiento, de convenios urbanísticos y de los bienes y espacios catalogados dependiente de la Consejería de Vivienda y Ordenación del Territorio, así como en el correspondiente Registro Municipal del Ayuntamiento de Utrera.

De conformidad con lo establecido por el artículo 41.1 de la Ley 7/2002, de Ordenación Urbanística de Andalucía, se hace público el contenido de:

- La Resolución de la Sección de Urbanismo de la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Sevilla, de fecha 12 de marzo de 2009, por la que se aprueba definitivamente la Modificación núm. 31 del Plan General de Ordenación Urbanística del municipio de Utrera (Sevilla), relativa a los artículos 9.1 y 9.4 de las Normas Urbanísticas (Anexo I).

- Las Normas Urbanísticas del referido instrumento de planeamiento (Anexo II).

ANEXO I

«Visto el proyecto de Modificación núm. 31 del Plan General de Ordenación Urbanística del municipio de Utrera (Sevilla), relativa a los artículos 9.1 y 9.4 de las Normas Urbanísticas, así como el expediente instruido por el Ayuntamiento de esa localidad.

Vista la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía y demás legislación aplicable.

H E C H O S

Primero. El objeto del presente documento es definir el suelo urbano no consolidado del municipio de Utrera como no solo aquel que se encuentra incluido en unidades de ejecución, sino también aquellos terrenos o suelos que se puedan adscribir a esta clasificación por concurrir alguna de las circunstancias que se indican en el artículo 45.B) de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía, modificándose, a tal efecto, los artículos 9.1 y 9.4 de las Normas Urbanísticas del Plan General.

Segundo. El expediente ha sido sometido a la tramitación que se especifica en el art. 32 de la Ley 7/2002, de Ordenación Urbanística de Andalucía.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. El presente proyecto urbanístico ha sido tramitado en su integridad tras la entrada en vigor de la Ley 7/02, de Ordenación Urbanística de Andalucía, por lo que tanto la tramitación para su aprobación, como sus determinaciones, deben ajustarse a lo que la referida Ley establezca.

Segundo. La Sección de Urbanismo de la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Sevilla es el órgano competente para adoptar la resolución definitiva que proceda respecto a este asunto, por establecerlo así el artículo 13.2.a) del Decreto 525/2008, de 16 de diciembre, por el que se regula el ejercicio de las competencias de la Administración de la Junta de Andalucía en materia de ordenación del territorio y urbanismo.

Tercero. A la vista de que la tramitación seguida por el Ayuntamiento de Utrera para la resolución definitiva de este proyecto se ha ajustado a lo establecido por el art. 32 de la Ley 7/2002, de Ordenación Urbanística de Andalucía, y a la vista de que el expediente remitido por el Ayuntamiento está formalmente completo, procede que la Sección de Urbanismo de la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Sevilla adopte decisión sobre este asunto, en virtud de lo establecido por el art. 31.2.B.a) de la Ley 7/2002.

Cuarto. Desde el punto de vista urbanístico, el proyecto se ajusta en cuanto a documentación y determinaciones a las normas legales y de planeamiento de rango superior que le son de aplicación, por lo que procede su aprobación.

De conformidad con la propuesta formulada por la Delegada Provincial de la Consejería de Vivienda y Ordenación del Territorio, en virtud de lo establecido por el art. 11.1 del Decreto 525/2008, de 16 de diciembre, la Sección de Urbanismo de esta Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Sevilla, por la mayoría especificada por el art. 26.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común,

ha RESUELTO

1.º Aprobar definitivamente el proyecto de Modificación núm. 31 del Plan General de Ordenación Urbanística del municipio de Utrera (Sevilla), relativa a los artículos 9.1 y 9.4 de las Normas Urbanísticas, aprobado provisionalmente por el Pleno municipal con fecha 11 de diciembre de 2008, de conformidad con lo especificado por el art. 33.2.a) de la Ley 7/2002, de Ordenación Urbanística de Andalucía.

2.º Proceder a su depósito e inscripción en el Registro Autonómico de Instrumentos Urbanísticos.

3.º Publicar la presente Resolución, junto con el contenido de las normas urbanísticas de este planeamiento, en el BOJA, de acuerdo con lo previsto en el artículo 41 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía.

Notifíquese la presente Resolución a los interesados con las advertencias legales que procedan.»

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de su notificación o publicación, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo con competencia territorial, según se prevé en el art. 14 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, o en su caso, ante la correspondiente Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía y con cumplimiento de los requisitos previstos en la mencionada Ley. Todo ello, sin perjuicio de que se pueda ejercitar cualquier otro recurso que se estime procedente.

ANEXO II

La modificación afecta al artículo 9.1 «Definición y delimitación» y al artículo 9.4. «Deberes y Cargas de los Propietarios», del Capítulo 1, «Determinaciones Generales» del Título IX «Régimen del Suelo urbano» de las Normas Urbanísticas del Plan General.

En relación con el art. 9.1, la modificación consiste en la introducción, en el punto 2.b) del citado artículo, de la definición del suelo urbano no consolidado, tanto el incluido en unidades las nuevas parcelas que se delimitan como suelo urbano no consolidado, tanto el incluido en unidades de ejecución, las cuales se delimitan, como los no incluidos en unidades de ejecución.

En relación con el art. 9.4, se añade el apartado f) al punto 2, en el que se establece una compensación económica por la exención de ceder suelos para equipamientos en unidades de ejecución que no sean rentables económicamente, así como un apartado 3 al artículo 9.4. de las Normas Urbanísticas del Plan, que recoge las obligaciones que para el propietario del Suelo Urbano No Consolidado establece el artículo 64 de la LOUA.

Sevilla, 26 de mayo de 2009.- La Delegada, por suplencia (Orden de 12.52009), el Secretario General Técnico, J. Lucrecio Fernández Delgado.

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