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NIG: 2906942C20070006299.
Procedimiento: Procedimiento Ordinario núm. 1018/2007.
De: Monte de Piedad y Caja de Ahorros de Ronda, Cádiz, Almería, Málaga y Antequera.
Procurador: Sr. Félix García Agüera.
Contra: Don Hugues Jean Martín Teuliere y María Teresa Tablado García.
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
En el procedimiento Procedimiento Ordinario 1018/2007 seguido en el Juzgado de Primera Instancia núm. Tres de Marbella (antiguo Mixto núm. Seis) a instancia de Monte de Piedad y Caja de Ahorros de Ronda, Cádiz, Almería, Málaga y Antequera contra Hugues Jean Martín Teuliere y María Teresa Tablado García sobre, se ha dictado la sentencia que, copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:
SENTENCIA NÚM. 78/09
En Marbella, a veintitrés de marzo de dos mil nueve.
Vistos por mí, don Ángel J. Sánchez Martínez, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia núm. Tres de Marbella (antiguo Juzgado Mixto núm. Seis), los presentes autos de Juicio ordinario número 1018/07, sobre reclamación de cantidad derivada de póliza de préstamo, seguidos a instancias de la entidad Montes de Piedad y Caja de Ahorros de Ronda, Cádiz, Almería, Málaga y Antequera (Unicaja) representada por el Procurador Sr. García Agüera y asistida del Letrado Sr. Medina Pinazo, contra D. Hughes Jean Martín Teuliere y Doña María Teresa Tablado García, incomparecidos en autos, declarados en rebeldía; y de conformidad con los siguientes,
FALLO
Que estimando totalmente la demanda interpuesta por la entidad Montes de Piedad y Caja de Ahorros de Ronda, Cádiz, Almería, Málaga y Antequera (Unicaja), contra don Hughes Jean Martín Teuliere y Doña María Teresa Tablado García, condeno a éstos, de forma conjunta y solidaria, a abonar a la actora la cantidad de 15.385,40 euros (quince mil trescientos ochenta y cinco euros con cuarenta céntimos), más el interés de demora pactado en el contrato, de acuerdo con lo expuesto en el párrafo segundo del fundamento segundo; condenándoles, igualmente, al pago de las costas procesales causadas.
Esta sentencia no es firme y contra ella cabe recurso de apelación para ante la Audiencia Provincial de Málaga, que deberá prepararse ante este Juzgado en el plazo de cinco días, a contar desde el siguiente a su notificación.
Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo. «Siguen las firmas y la publicación.»
Y con el fin de que sirva de notificación en forma al demandado Hugues Jean Martín Teuliere, extiendo y firmo la presente en Marbella a veintitrés de marzo de dos mil nueve.- El Secretario.
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