Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 82 de 30/04/2009

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Ayuntamientos

ANUNCIO de 16 de abril de 2009, del Ayuntamiento de Aljaraque, de bases para la selección de plaza de Técnico/a de Medio Ambiente.

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BASES PARTICULARES DE LA CONVOCATORIA PARA PROVEER EN PROPIEDAD, MEDIANTE CONCURSO-OPOSICIÓN, TURNO LIBRE, UNA PLAZA DE TÉCNICO/A DE MEDIO AMBIENTE, VACANTE EN LA PLANTILLA DE FUNCIONARIOS DEL AYUNTAMIENTO DE ALJARAQUE, E INCLUIDA EN LA OFERTA DE EMPLEO PÚBLICO DEL AÑO 2007 (BOP NÚM. 22, DE FECHA 1 DE FEBRERO DE 2008)

A. Objeto de la convocatoria.

Es objeto de la presente convocatoria la provisión, mediante el procedimiento de concurso-oposición, de una plaza de Técnico/a de Medio Ambiente, encuadrada en la Escala de Administración Especial, Subescala de Gestión, dotada con el sueldo correspondiente al Grupo A, Subgrupo A2, pagas extraordinarias, trienios y demás emolumentos que correspondan con arreglo a la legislación vigente.

La mencionada plaza estará adscrita al Ayuntamiento de Aljaraque, con el desempeño de las funciones de gestión municipal del Medio Ambiente, de conformidad con lo establecido en el art. 170.1, del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las Disposiciones Legales Vigentes en materia de Régimen Local.

B. Condiciones de los/as aspirantes.

De conformidad con el artículo 56, de la Ley 7/2007, de fecha 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, para ser admitidos/as a la realización de estas pruebas selectivas los/as aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos a la fecha de finalización de presentación de solicitudes, y deberán de gozar de los mismos durante todo el proceso selectivo:

a) Tener la nacionalidad española, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 57 de la Ley 7/2007.

b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.

c) Tener cumplido dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa. Sólo por ley podrá establecerse otra edad máxima, distinta de la edad de jubilación forzosa, para el acceso al empleo público.

d) No haber sido separado/a mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que hubiese sido separado/a o inhabilitado/a. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado/a o en situación equivalente ni haber sido sometido/a a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.

e) Estar en posesión del Título de Ingeniería Técnica, Agrícola o Forestal, o estar en condiciones de obtenerlo, en la fecha en que termine el plazo de presentación de instancias, o tener superados 3 cursos de la Licenciatura de Ciencias Ambientales, estando en condiciones de acreditarlo en la fecha anteriormente indicada.

f) No padecer enfermedad o defecto físico que impida el desempeño de las correspondientes funciones.

g) No estar incurso/a en causas de incompatibilidad de conformidad con lo establecido en la Ley 53/1984 de 26 de diciembre, de incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas.

C. Presentación de solicitudes.

Las instancias solicitando tomar parte en el concurso-oposición, en las que los/as aspirantes deberán manifestar que reúnen todas y cada una de las condiciones exigidas en la base B denominada «Condiciones de los/as aspirantes» referidas siempre a fecha de expiración del plazo de instancias, se dirigirán al Alcalde de la Corporación, y se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento en horas de oficina (de conformidad con el modelo de Anexo II, de la presente convocatoria), comprometiéndose a jurar o prometer acatamiento a la Constitución española, acompañadas de:

a) Las solicitudes para tomar parte en estas pruebas selectivas se ajustarán al modelo oficial que figura en el Anexo II de esta convocatoria y que serán facilitadas a quienes las demanden en el Registro General de este Ayuntamiento (SAC).

b) A las solicitudes, debidamente cumplimentada, se acompañará fotocopia compulsada del Documento Nacional de Identidad.

c) Carta de pago acreditativo de haber ingresado veinte euros, en concepto de derechos de examen, conforme a la Ordenanza Reguladora de la Tasa de los Derechos de Examen de este Ayuntamiento, en la cuenta número 2106002254110000003-1, de la Entidad Bancaria Cajasol, Sucursal de Aljaraque, a nombre de esta Administración Local (especificando que se trata del presente concurso-oposición), se dirigirán al señor Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Aljaraque (Plaza de Andalucía, núm. 1).

La falta de justificación del abono de los derechos de examen, que deberá acompañar a la solicitud, determinará la exclusión del/de la aspirante.

d) Declaración Jurada, o promesa, de que el/la interesado/a reúne todos y cada uno de los requisitos exigidos.

Las instancias se presentarán en el Registro General del Excmo. Ayuntamiento de Aljaraque en el plazo de veinte días hábiles, contados a partir del siguiente al que aparezca publicado el anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.

También podrán presentarse en la forma que determine el art. 38.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, de 26 de noviembre de 1992.

Las personas con minusvalía que deseen presentar solicitudes deben hacerlo constar en la misma al objeto de que se adopten las medidas necesarias para que gocen de igualdad de oportunidades con los demás solicitantes.

D. Admisión de los/as aspirantes.

Terminado el plazo de presentación de solicitudes el señor Alcalde dictará Resolución, en el plazo máximo de un mes, declarando aprobada provisionalmente la lista de admitidos/as y excluidos/as, que se hará pública en el Boletín Oficial de la Provincia y en tablón de anuncios de este Ayuntamiento o indicación del lugar donde ésta se encuentra expuesta, en la que deberán constar los apellidos, nombre y número del D.N.I., así como, en su caso, las causas que hayan motivado su exclusión, el plazo para la subsanación de los defectos que se conceda a los/as aspirantes excluidos/as u omitidos/as.

Los/as aspirantes excluidos/as u omitidos/as en dichas relaciones dispondrán de un plazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de la Resolución en el Boletín Oficial de la Provincia y el Tablón de Anuncios de este Ayuntamiento, conforme a lo dispuesto por el art. 71 de la Ley 30/1992, para subsanar los defectos que hayan motivado su exclusión u omisión de las relaciones de admitidos/as y excluidos/as. Si en dicho plazo no se subsanan los defectos serán definitivamente excluidos/as de la realización de las pruebas.

En todo caso, al objeto de evitar errores y, en el supuesto de producirse, posibilitar su subsanación en tiempo y forma, los/as aspirantes comprobarán no sólo que no figuran recogidos/as en la relación de excluidos/as, sino además que sus nombres y datos personales se recogen correctamente en la pertinente relación de admitidos/as.

Ulteriormente, la Presidencia dictará Resolución elevando a definitiva la lista de aspirantes admitidos/as y excluidos/as, efectuándose, el mismo tiempo el nombramiento de los/as miembros del Tribunal, junto con el señalamiento del lugar, día y hora de celebración del primer ejercicio, que se publicará en el tablón de anuncios de este Ayuntamiento y en el Boletín Oficial de la Provincia.

E. Tribunal seleccionador.

El Tribunal calificador de los ejercicios de las distintas pruebas de acceso se compondrá conforme a lo dispuesto en el art. 60 de la Ley 7/2007, de fecha 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público y, de conformidad con lo establecido en el R.D. 896/1.991, de fecha 7 de junio, en todo lo que no contradiga o se oponga a lo dispuesto en el Estatuto Básico del Empleado Público.

La designación de los/as miembros del Tribunal uno/a de ellos/as designado/a por la Consejería de Gobernación, incluirá la de los/as respectivos/as suplentes, unos/as y otros/as, deberá poseer titulación o especialización iguales o superiores a la exigida para la plaza convocada.

El Tribunal calificador quedará facultado para resolver las dudas que pudieran surgir en la aplicación de las Bases, para decidir respecto a lo no contemplado en las mismas, así como para incorporar especialidades en aquellas pruebas cuyo contenido requiera el asesoramiento técnico de los mismos, quienes actuarán con voz, pero sin voto.

La designación de los/as miembros del Tribunal se hará conforme a lo previsto en el art. 60 de la Ley 7/2007, debiendo abstenerse de intervenir las personas designadas que puedan incurrir en las causas previstas en el art. 28 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, Reguladora del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, notificándolo a la autoridad convocante y los/las aspirantes podrán recusarlos/as cuando concurran las circunstancias previstas en el artículo del mismo cuerpo legal.

El Tribunal no podrá constituirse ni actuar, sin la asistenta del/de la Presidente/a, Secretario/a y la mitad al menos de sus miembros. El/La Secretario/a del Tribunal actuará con voz pero sin voto.

F. Desarrollo de los ejercicios.

El orden de actuación, en aquellos ejercicios que no puedan realizarse conjuntamente, será el alfabético comenzando por el/la aspirante cuyo primer apellido comience por la letra «W», en el supuesto de que no exista ningún/a aspirante cuyo primer apellido comience por la letra «W», el orden de actuación se iniciará por aquellos/as cuyo primer apellido comience por la letra «X», y así sucesivamente. Todo ello de conformidad con el sorteo establecido en la Resolución de la Secretaría General para la Administración Pública de 8 de enero de 2007 (Boletín Oficial del Estado núm. 23 de 26 de enero).

Los ejercicios no podrán dar comienzo antes de la fecha en que aparezca publicado el anuncio de la convocatoria en el tablón de anuncios de este Ayuntamiento.

Los/as opositores/as serán convocados/as para cada ejercicio en llamamiento único, salvo casos de fuerza mayor, debidamente justificados y apreciados libremente por el Tribunal.

Una vez convocadas las pruebas, los sucesivos ejercicios serán publicados en el tablón de anuncios de la Corporación.

Desde la total conclusión de un ejercicio o prueba hasta el comienzo del siguiente deberá transcurrir un plazo mínimo de setenta y dos horas y máximo de cuarenta y cinco días naturales.

G. Proceso selectivo.

La selección de los/as aspirantes se realizará a través del sistema de oposición seguida de curso selectivo de formación, para asegurar la objetividad y racionalidad del proceso, de conformidad con el artículo 61.5.º de la Ley 7/07, de 12 de abril, que aprueba el Estatuto Básico del Empleado Público.

G.1. Oposición. La fase de oposición consistirá en la realización de tres ejercicios obligatorios que serán eliminatorios.

- Primer ejercicio eliminatorio: consistirá en contestar por escrito un cuestionario de preguntas concretas, relacionadas con la materia general del Temario (Anexo I), a propuesta del Tribunal y durante el tiempo que éste determine.

Este ejercicio deberá ser leído obligatoriamente ante el Tribunal por el/a aspirante, apreciándose, fundamentalmente, la capacidad y formación general, la comprensión de los conocimientos, la claridad de ideas, la precisión y rigor en la exposición.

Se calificará de 0 a 10 puntos, siendo necesario para aprobar obtener como mínimo 5 puntos.

- Segundo ejercicio eliminatorio: consistirá en contestar por escrito un cuestionario de preguntas concretas, relacionadas con la materia específica del Temario (Anexo I), a propuesta del Tribunal y durante el tiempo que éste determine.

Este ejercicio deberá ser leído obligatoriamente ante el Tribunal por el/a aspirante, apreciándose, fundamentalmente, la capacidad y formación general, la comprensión de los conocimientos, la claridad de ideas, la precisión y rigor en la exposición.

Se calificará de 0 a 10 puntos, siendo necesario para aprobar obtener como mínimo 5 puntos.

- Tercer ejercicio eliminatorio: consistirá en la resolución de uno o varios supuestos prácticos referentes a las funciones propias del puesto a desempeñar, a propuesta del Tribunal y durante el tiempo que éste determine, durante el tiempo máximo de tres horas, pudiéndose consultar textos legales para la realización de los mismos.

Este ejercicio deberá ser leído obligatoriamente ante el Tribunal por el/la aspirante, valorándose la capacidad de análisis y la aplicación razonada de los conocimientos teóricos a la resolución de los problemas prácticos planteados.

Se calificará de 0 a 10 puntos, siendo necesario para aprobar obtener como mínimo 5 puntos.

La superación de la fase de oposición vendrá determinada por la suma total de las puntuaciones obtenidas en cada uno de los ejercicios eliminatorios y su división por tres para obtener la media.

G.2. Concurso. La puntuación obtenida en esta fase no se podrá acumular para superar la fase de oposición, y por consiguiente, sólo se tendrá en cuenta a los/as aspirantes que hayan superado la fase de oposición, no tiene carácter eliminatorio y consistirá en valorar determinadas condiciones de formación, méritos o niveles de experiencia adecuados para las características de la plaza, siempre que sean alegados y acreditados documentalmente por los/las aspirantes, de acuerdo con el siguiente baremo y con un máximo de 4 puntos:

a) Experiencia profesional: Por servicios prestados, acreditados mediante certificado de la Secretaría de la Administración correspondiente, y vida laboral del/de la interesado/a, hasta un máximo de 3 puntos.

- Por cada mes completo de servicios prestados en la Administración Local, en plaza o puesto de igual contenido y categoría al que se opta: 0,05 puntos.

- Por cada mes completo de servicios prestados en otras Administraciones Públicas, en plaza o puesto de igual contenido al que se opta: 0,01 punto.

b) Méritos académicos: Por la realización como alumno, de cursos de formación o perfeccionamiento, relacionados con la plaza a cubrir, acreditados mediante Certificado de la entidad que lo haya impartido, hasta un máximo de 1 punto.

- Cursos de 10 a 29 horas: 0,15 puntos.

- Cursos de 30 a 49 horas: 0,25 puntos.

- Cursos de 50 a 69 horas: 0,35 puntos.

- Cursos 70 ó más horas: 0,50 puntos.

A la nota que resulte de la fase de oposición se le sumará la puntuación de la fase de concurso, resultando aprobado/a quien obtenga la mayor puntuación. En caso de empate se tendrá en cuenta la mayor calificación en el tercer ejercicio de la fase de oposición para desempatar.

H. Lista de aprobados/as.

Finalizado el proceso selectivo, el Tribunal hará pública en el lugar o lugares de celebración de los ejercicios, la relación definitiva de los/as aspirantes aprobados/as con indicación de su DNI y por orden de la puntuación obtenida. Esta relación será elevada a la Alcaldía con la propuesta de nombramiento de los/as candidatos/as para el nombramiento de funcionarios/as.

Los Tribunales no podrán aprobar ni declarar que hayan superado las pruebas selectivas un número superior de aspirantes al de plazas que hayan sido convocadas, resultando nulo de pleno derecho cualquier acuerdo que contravenga lo dispuesto por esta norma.

Dentro del plazo de veinte días naturales, a contar desde el siguiente al de la publicación de las relaciones de aprobados/as, los/as aspirantes propuestos/as por el Tribunal presentarán en la Secretaría de la Corporación los siguientes documentos:

a) Copia autentificada o fotocopia compulsada de la titulación a que hace referencia la base B o justificante de haber abonado los derechos para su expedición. Si estos documentos estuvieran expedidos después de la fecha en que finalizó el plazo de admisión de instancias, deberán justificar el momento en que terminaron los estudios.

b) Certificado médico acreditativo de no padecer enfermedad o defecto físico que imposibilite el normal ejercicio de la función.

c) Declaración jurada o promesa de no hallarse inhabilitado para el ejercicio de cargos públicos y de no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de ninguna administración pública, ni hallarse inhabilitado por sentencia judicial firme.

d) Declaración jurada o promesa de no hallarse sometido a alguna de las causas de incompatibilidad previstas en la Ley 53/84, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del personal al Servicio de las Administraciones Públicas.

Si dentro del plazo indicado y salvo los casos de fuerza mayor, el/la aspirante propuesto/a no presentara su documentación o no reuniera los requisitos exigidos no podrá ser nombrado/a, quedando anulada la propuesta de nombramiento, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubiere podido incurrir por falsedad en la instancia solicitando tomar parte en la oposición.

Presentada la documentación preceptiva por los/as aspirantes seleccionados/as y una vez aprobada la propuesta por la Presidencia, los/as opositores/as nombrados/as deberán tomar posesión en el plazo de treinta días hábiles, a contar del siguiente al que le sea notificado el nombramiento.

I. Incidencias.

El Tribunal queda facultado para resolver las dudas que se presentan y tomar los acuerdos necesarios para el buen orden del concurso-oposición, en todo lo no previsto en estas bases.

En lo no previsto en estas bases, será de aplicación la Ley 7/2007, de fecha 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, el R.D 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de ingreso del personal al servicio de la Administración del Estado, y el R.D. 896/1991, de 7 de junio por el que se establecen las reglas básicas y los programas mínimos a que debe ajustarse el procedimiento de selección de los/as funcionarios/as de la Administración Local.

J. Recursos.

La convocatoria y sus bases y cuantos actos administrativos se deriven de éstas y de las actuaciones del Tribunal, podrán ser impugnadas por los/as interesados/as en los casos y en la forma establecida en la vigente Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común, reformada por la Ley 4/1999, de 13 de enero. Todo ello, sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime pertinente.

ANEXO I

TEMARIO COMUN

1. La Constitución de 1978. Principios generales.

2. Derechos y deberes fundamentales de los españoles.

3. Organización territorial del Estado. Los Estatutos de Autonomía, su significado.

4. La Administración Pública en el ordenamiento jurídico español. La personalidad jurídica de la Administración Pública. Clases de Administraciones Públicas.

5. Principios de actuación de la Administración.

6. Sometimiento de la administración a la ley y al derecho. Fuentes del derecho público. La Ley: sus clases.

7. Reglamentos: sus clases. Otras fuentes de derecho administrativo.

8. El administrado. Colaboración y participación ciudadana en la función administrativa. Principio de audiencia al interesado.

9. El acto administrativo: concepto. Elementos del acto administrativo.

10. Procedimiento administrativo. Plazos. Recepción de documentos.

11. Fases del procedimiento administrativo general. El silencio administrativo.

12. Recursos administrativos: clases. Recurso de alzada. Recurso de reposición. Recurso de revisión. Reclamaciones económicas administrativas.

13. El municipio. El término municipal. La población. El empadronamiento.

14. Organización municipal. Competencias.

15. Ordenanzas y Reglamentos de las Entidades Locales. Clases. Procedimiento de elaboración.

16. La Función Pública Local y su organización.

17. Los bienes de las Entidades Locales. Clases. El dominio publico local. Bienes patrimoniales locales.

18. Legislación sobre régimen de suelo y ordenación urbana. Principios inspiradores. Competencia urbanística municipal.

19. Instrumentos de planeamiento. Procedimiento de elaboración y aprobación.

20. La Junta de Andalucía. Vía de acceso. Instituciones autonómicas andaluzas.

TEMARIO ESPECÍFICO

1. El medio ambiente en la Constitución española y el Estatuto de Andalucía. Distribución de competencias en materia medioambiental entre el Estado y la Comunidad Autónoma de Andalucía. Organización de la Junta de Andalucía. La Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Andalucía.

2. Código Penal: De los delitos contra los recursos naturales y el medio ambiente; de los delitos relativos a la protección de la flora y la fauna; delitos de incendios forestales; delito ecológico. Procedimiento sancionador: Principios informadores. La denuncia: forma, contenido mínimo, plazos, presentación y seguimiento

3. El Plan de Medio Ambiente de Andalucía: Metas, estrategias y objetivos generales. El Plan Forestal Andaluz: objetivos y directrices de actuación.

4. Legislación básica estatal en materia de conservación de la naturaleza y montes. Ley Forestal de Andalucía: conceptos, ámbito y objetivos. Planes de ordenación de recursos naturales.

5. Legislación sobre vías pecuarias: objeto, definición y tipos. Clasificación. Deslinde. Ocupaciones y aprovechamientos. Usos compatibles y complementarios. Infracciones y sanciones.

6. Principales especies arbóreas arbustivas que pueblan la Comunidad Andaluza: Características botánicas y culturales.

7. Viveros forestales. Técnicas de cultivo, envases y sustratos. Calidad genética de las semillas. Calidad de las plantas. Mejora genética. Semilleros. Tratamientos previos a la siembra.

8. Pastizales naturales. Clasificación y características de cada uno, implantación, conservación, mejora y aprovechamiento. Especies más empleadas. Dehesas.

9. Plagas y enfermedades. Principales plagas forestales. Plagas en coníferas, plagas en frondosas. Enfermedades forestales: Bióticas y abióticas. Enfermedades de las especies forestales más importantes. Medidas para combatirlas.

10. Repoblaciones forestales: Métodos, preparación del terreno, plantación, marcos, maquinaria, especies utilizadas en Andalucía, cuidados culturales. Suelos. La erosión: factores erosivos y métodos de lucha contra la erosión.

11. Aprovechamientos forestales: Factores que los condicionan. Tipos de trabajos. Herramientas y medios naturales. Herramientas y medios mecánicos.

12. El inventario forestal: Inventario pie a pie. Inventario por muestreo. Parcelas: tipos. Replanteo en el terreno. Medición y cubicación de árboles.

13. Legislación sobre incendios forestales: Ámbito, época y medidas de prevención. Infracciones y sanciones. Restauración de áreas incendiadas: Control y vigilancia. incendios forestales: el fuego, tipos de incendios, formas y partes de un incendio, propagación del fuego, combustibles vegetales; factores climáticos y topográficos, predicción del comportamiento del fuego.

14. Plan Infoca. Infraestructura y organización en la extinción de los incendios forestales de la Comunidad Autónoma Andaluza: Centro operativo regional, centros operativos provinciales, centros de defensa forestal. Activación del sistema de extinción de incendios.

15. Espacios naturales protegidos: Legislación estatal y autonómica. Planes rectores de uso y gestión. Figuras declarativas y regímenes de protección. Infracciones y sanciones.

16. El uso público en espacios naturales. Tipos de equipamientos: finalidad y gestión. Actividades, información, educación e interpretación ambiental. Seguimiento y control de actividades recreativas en la naturaleza.

17. Ley de gestión integrada de la calidad ambiental.

18. Calidad de las aguas litorales: Reglamento de la calidad de las aguas litorales. Clasificación de las aguas. Aguas residuales: industriales y urbanas. Depuración: tecnologías blandas y tradicionales. Ley de costas. Autorizaciones del vertido al dominio público marítimo-terrestre y de uso en zonas de servidumbre de protección.

19. Residuos: Reglamento de residuos. Residuos sólidos urbanos: caracterización, producción, recogida, gestión, reciclado, vertido e incineración. Planes directores. residuos tóxicos y peligrosos: Producción, caracterización, gestión.

20. Intervención ante incidentes ambientales: Toma y conservación de muestras. Actuaciones administrativas, levantamiento de acta y elaboración del informe.

21. Agenda Local 21. Antecedentes. Metodología. Proceso de implantación en Aljaraque.

22. Residuos de la construcción y de la demolición. Normativa aplicable. Definición. Tipos de residuos de la construcción y de la demolición. Residuos de la construcción y la demolición producidos en Andalucía. Usos y aplicaciones del material reciclado.

23. Mantenimiento y conservación de espacios verdes. Labores a desarrollar. Gestión racionalizada para la conservación de espacios verdes.

24. Mantenimiento de céspedes. Fertilización riego. Podas: Tipos de podas. Defensa fitosanitaria.

25. Energías alternativas. Principales fuentes de energía. Normativa específica. Situación actual y perspectivas de futuro.

26. Educación ambiental. Principios básicos. Objetivos. Perspectivas de futuro. La educación ambiental en Andalucía.

27. El ruido. Tipos de ruidos. Contaminación acústica. Normativa aplicable.

28. La contratación local. Clases de contratos. Régimen jurídico. Principios generales de contratación. Fases de la contratación.

29. Autorización ambiental integrada. Procedimiento autorización ambiental unificada. Procedimiento.

30. Calificación ambiental. Procedimiento.

31. Ordenanza municipal de salubridad e higiene.

32. Elementos lineales. Corredores ecológicos. Vías pecuarias y caminos rurales. Vías verdes. Recuperación, Fomento y Protección.

33. Ley general de subvenciones. Concepto. Disposiciones comunes a las subvenciones públicas. Procedimiento de concesión.

34. Justificación de subvenciones, reintegro y control financiero. Control y sanciones.

35. Movilidad sostenible en el espacio urbano. Problemática medioambiental de la movilidad urbana. Problemas de movilidad urbana. Medidas para una movilidad sostenible.

36. Espacios verdes y ocupación humana del espacio habitable. Funciones del espacio verde. Tipos de espacios verdes. Dotación óptima del espacio verde. Gestión del espacio verde y sostenibilidad.

37. Recursos y materiales. Gestión urbana del agua: agua potable, aguas residuales urbanas. Energías en el medio urbano. Residuos sólidos urbanos.

38. Riesgos asociados al proceso de urbanización: incendios, inundaciones, y residuos peligrosos.

39. Espacios naturales protegidos. Figuras de protección. Planificación en espacios protegidos. Red Natura 2000.

40. Sanidad medioambiental y salud en el medio urbano. Parámetros ambientales urbanos. Vigilancia, prevención riesgos y sensibilización. Contaminación urbana y salud.

41. Ley de responsabilidad de daños al medio ambiente.

ANEXO II

Don/doña .............................................................................., con DNI núm. ................................, y domicilio a efectos de notificación en ............................................................................., estado civil ............................., profesión ...................................................... y teléfono ........................

E X P O N E

Primero. Que vista la convocatoria anunciada en el Boletín Oficial del Estado núm. ........., de fecha ................................, en relación con la convocatoria para la plaza de Técnico/a de Medio Ambiente, en régimen de personal funcionario de carrera, mediante concurso-oposición, turno libre, conforme a las bases que se publican en el Boletín Oficial de la Provincia número ........., de fecha ...... de ............................... de ............., y Boletín Oficial de la Junta de Andalucía número ..........., de fecha ....... de .................................. del mismo año.

Segundo. Que cree reunir todas y cada una de las condiciones exigidas en las bases referidas a la fecha de expiración del plazo de presentación de la instancia.

Tercero. Que declara conocer las bases generales de la convocatoria relativas a las pruebas de selección de personal funcionario de la plantilla municipal.

Cuarto. Que adjunta el justificante de pago de los derechos de examen.

Por todo ello,

S O L I C I T A

Que se admita esta solicitud para las pruebas de selección de personal referenciada.

En Aljaraque, a ........... de ................................... de 2009.

Fdo ………………………………………………..

Aljaraque, 16 de abril de 2009.- El Alcalde, José Martín Gómez.

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