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NIG: 2905442C20090001441.
Procedimiento: Procedimiento Ordinario 348/2009. Negociado: PQ.
De: Don Francisco Cano Martín
Procuradora: Sra. Huéscar Durán, María José.
Contra: Tim Hart-Woods Kitchens Bedrooms and Bathrooms, S.L.
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
En el procedimiento Procedimiento Ordinario 348/2009 seguido en el Juzgado de Primera Instancia núm. Tres de Fuengirola (antiguo Mixto núm. Cuatro) a instancia de Francisco Cano Martín contra Tim Hart-Woods Kitchens Bedrooms and Bathrooms, S.L., se ha dictado la sentencia que, copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:
En Fuengirola, a 19 de marzo de 2010
Vistos por mí, don Gonzalo Alonso Sierra, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia número Tres de Fuengirola, los presentes autos de juicio ordinario, seguidos bajo el número 348/09 a instancia de don Francisco Cano Martín que comparece representado por la Procuradora Sra. Huéscar Durán contra Tim Hart-Woods Kitchens and Bathrooms S.L., la que se encuentra en situación de rebeldía procesal.
FALLO
Que debo estimar y estimo parcialmente la demanda interpuesta por la Procuradora Sra. Huéscar Durán en nombre y representación de don Francisco Cano Martín con los siguientes pronunciamientos:
1. Que debo declarar y declaro la resolución del contrato de arrendamiento existente entre las partes.
2. Que debo condenar y condeno a la parte demandada, Tim Hart Kitchen and Bathrooms, S.L., al abono de 28.880 y al pago de intereses.
3. Que no debo efectuar condena en costas debiendo cada parte abonar las causadas a su instancia y las comunes por mitad.
Contra esta resolución cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Málaga (artículo 455 LEC). El recurso se preparará por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de cinco días hábiles contados desde el día siguiente de la notificación, limitado a citar la resolución apelada, manifestando la voluntad de recurrir, con expresión de los pronunciamientos que impugna (artículo 457.2 LEC).
Para la admisión a trámite del recurso previamente deberá efectuarse constitución de depósito en cuantía de 50 euros, debiendo ingresarlo en la cuenta de este Juzgado de Banesto núm., indicando en las Observaciones del documento de ingreso que se trata de un recurso de apelación seguido del código «02», de conformidad en lo establecido en la disposición adicional decimoquinta de la L.O. 6/1985, del Poder Judicial, salvo concurrencia de los supuestos de exclusión previstos en la misma (Ministerio Fiscal, Estado, Comunidades Autónomas, Entidades Locales y organismos autónomos dependientes de todos ellos) o beneficiarios de asistencia jurídica gratuita.
Así por esta sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.
Y con el fin de que sirva de notificación en forma a la demandada Tim Hart-Woods Kitchens Bedrooms and Bathrooms, S.L., extiendo y firmo la presente en Fuengirola, a tres de junio de dos mil diez.- El/La Secretario.
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