Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 119 de 18/06/2010

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 18 de mayo de 2010, del Juzgado de Primera Instancia núm. Doce de Málaga, dimanante de procedimiento verbal núm. 2230/2008. (PD. 1498/2010).

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

NIG: 2906742C20080041683.

Procedimiento: Juicio Verbal 2230/2008. Negociado: EA.

EDICTO

Juzgado: Juzg. de Primera Instancia núm. Doce de Málaga.

Juicio: Juicio Verbal 2230/2008.

Parte demandante: Empresa Municipal de Aguas de Málaga.

Parte demandada: María Isabel Caravaca Gámez.

Sobre: Juicio verbal.

En el juicio referenciado, se ha dictado la resolución cuyo texto literal es el siguiente:

JUICIO VERBAL 2230/08

SENTENCIA NÚM. 264/09

En la Ciudad de Málaga, a 16 de diciembre de 2009.

Don Ramón Jiménez León, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia núm. Doce de los de Málaga, ha visto los presentes autos de Juicio Verbal número 2230/2008, seguidos como demandante por la entidad Emasa, representado por el/la Procurador/a Sr/a. Gross Leiva y asistida del Letrado Sr. Souvirón Schimpf, habiendo sido demandada doña Isabel Caravaca Gámez, declarado/a en legal situación de rebeldía.

FALLO

Que estimando la demanda formulada por la entidad Emasa, representado por el/la Procurador/a Sr/a. Gross Leiva contra doña Isabel Caravaca Gámez, declarado/a en rebeldía, acuerdo:

1.º Condenar a la demandada a que abone a la actora la cantidad de 662,52 euros en concepto de principal.

2.º Condenar asimismo a la demandada al pago a la actora de los intereses legales de dicha suma.

3.º Condenar a la demandada al pago a la actora de las costas causadas en las presentes actuaciones.

Hágase saber a las partes que contra esta sentencia cabe interponer recurso de apelación en el término de cinco días hábiles contados a partir del siguiente al de su notificación.

Para la admisión del recurso deberá efectuarse constitución de depósito en cuantía de 50,00 €, debiendo ingresarlo en la cuenta de este Juzgado número 3028 0000 00 2230 08, indicando en las observaciones del documento de ingreso que se trata de un recurso seguido del código 02 y tipo concreto del recurso, de conformidad con lo establecido en la L.O. 1/2009, de 3 de noviembre, salvo concurrencia de los supuestos de exclusión previstos en el apartado quinto de la disposición adicional decimoquinta de dicha norma o beneficiarios de asistencia jurídica gratuita.

Así por esta mi sentencia, lo pronunció mando y firmo.

En atención al desconocimiento del actual domicilio o residencia de la parte demandada M.ª Isabel Caravaca Gámez, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 497 y 164 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, ha acordado la publicación del presente edicto en el tablón de anuncios del Juzgado y su publicación en el BOP para llevar a efecto la diligencia de notificación de sentencia.

En Málaga, a dieciocho de mayo de dos mil diez.- El/La Secretario/a Judicial.

Descargar PDF