Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 58 de 24/03/2010

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 25 de febrero de 2010, del Juzgado de Primera Instancia núm. Doce de Málaga, dimanante de procedimiento ordinario núm. 305/2009. (PD. 692/2010).

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NIG: 2906742C20090005880.

Procedimiento: Procedimiento Ordinario 305/2009. Negociado: MH.

Sobre: Reclamación cantidad.

De: DaimlerChrysler Services España E.F.C., S.A.

Procurador: Sr. Miguel Ángel Rueda García.

Letrado: Sr. Francisco Barreiro Piña.

Contra: Don Eugenio Molina Martín y Promociones Urbanísticas 2000, S.L.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento Procedimiento Ordinario 305/2009, seguido en el Juzgado de 1.ª Instancia núm. Doce de Málaga a instancia de DaimlerChrysler Services España E.F.C., S.A., contra don Eugenio Molina Martín y Promociones Urbanísticas 2000, S.L., sobre Reclamación cantidad, se ha dictado la sentencia que, copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

SENTENCIA núm. 200/2009

En la ciudad de Málaga, a 14 de septiembre de 2009.

Don Ramón Jiménez León, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia número Doce de los de esta ciudad, ha visto los presentes autos de Juicio Ordinario número 305/09 seguidos como demandante por DaimIerChrysIer Service España E.F.C., S.A., representado por el Procurador Sr. Rueda García y asistidos del Letrado Sr. Barreiro Piña, y como demandados la entidad Promociones Urbanísticas 2000, S.L., y don Eugenio Molina Martín, en rebeldía procesal.

FALLO

Que estimando la demanda formulada por DaimIerChrysIer Service España, E.F.C., S.A., representado por el Procurador Sr. Rueda García, contra la entidad Promociones Urbanísticas 2000, S.L., y don Eugenio Molina Martín, en rebeldía procesal, acuerdo:

1.º Declarar que los demandados adeudan solidariamente a la parte actora como consecuencia del incumplimiento del pago del contrato de financiación litigioso la cantidad de 44.032,90 € y en su consecuencia condenarles solidariamente al pago de dicha suma, junto con los intereses pactados y la costas del juicio.

2.º Condenar a la parte demandada al pago a la actora de las costas causadas en las presentes actuaciones.

Hágase saber a las partes que contra esta sentencia cabe interponer recurso de apelación en el término de cinco días hábiles, contados a partir del siguiente al de su notificación.

Así por esta mi sentencia, lo pronuncio mando y firmo.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma a los demandados, don Eugenio Molina Martín y Promociones Urbanísticas 2000, S.L., extiendo y firmo la presente en Málaga, a veinticinco de febrero de dos mil diez.- El/La Secretario.

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