Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 37 de 22/02/2011

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 24 de julio de 2009, del Juzgado de Primera Instancia núm. Siete de Granada, dimanante de procedimiento ordinario 33/2006. (PD. 398/2011).

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NIG: 1808742C20060000358.

Procedimiento: Procedimiento Ordinario 33/2006.

Negociado: M.

Sobre: Reclamación de cantidad.

De: Don/Doña Yussef Bouhassoun Lazaar.

Procuradora: Sra. Beatriz Aguayo Mudarra.

Letrado: Sr. Miguel Jiménez de Piñar.

Contra: Don/Doña Hassan Khattabi.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento Procedimiento Ordinario 33/2006, seguido en el Juzgado de Primera Instancia núm. Siete de Granada a instancia de Yussef Bouhassoun Lazaar contra Hassan Khattabi sobre reclamación de cantidad, se ha dictado la sentencia que, copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

Juzgado de Primera Instancia núm. Siete de Granada.

Asunto 33/06.

SENTENCIA 3-09

En la ciudad de Granada, a 15 de enero de 2009.

El Sr. don Antonio Pastor Sánchez, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia número Siete de los de Granada, habiendo visto los presentes autos de Juicio Ordinario, promovidos a instancia de Yussef Bouhassoun Lazaar, y en su representación el Procurador Beatriz Aguayo Mudarra, y en su defensa el Letrado Miguel Jiménez de Piñar, contra Hassan Khattabi, declarado en rebeldía, en este juicio que versa sobre reclamación de cantidad, y

FALLO

Que estimando íntegramente el suplico de la demanda presentada por el Procurador Beatriz Aguayo Mudarra, actuando en nombre y representación de Yussef Bouhassoun Lazaar, contra Hassan Khattabi, declarado en rebeldía, debo condenar y condeno al referido demandado a que pague a la parte demandante la suma de 4.000 euros, más intereses legales, así como a que satisfaga las costas de este procedimiento.

Contra esta sentencia podrá interponerse recurso de apelación ante la Audiencia Provincial que, en su caso, deberá ser interpuesto en este Juzgado, en el plazo de cinco días a contar desde su notificación.

Así por esta mi sentencia, de la que se expedirá testimonio para su unión a los autos y cuyo original se incluirá en el libro de sentencias, lo pronuncio, mando y firmo.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma al demandado Hassan Khattabi, extiendo y firmo la presente en Granada, a veinticuatro de julio de dos mil nueve.- El/La Secretario.

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