Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 112 de 08/06/2012

4. Administración de Justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 20 de marzo de 2012, del Juzgado de Primera Instancia núm. Siete de Málaga, dimanante de procedimiento núm. 698/2009. (PP. 1421/2012).

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NIG: 2906742C20090012859.

Procedimiento: Juicio Cambiario 698/2009. Negociado: 8.

De: Banca March.

Procuradora: Sra. Laura Fernández Fornes.

Contra: Conextran y Proyectos y Desarrollos del Suelo, S.L.

Procuradora: Sra. Marta María Justicia del Río.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento Juicio Cambiario 698/2009 seguido en el Juzgado de Primera Instancia núm. Siete de Málaga a instancia de Banca March contra Conextran y Proyectos y Desarrollos del Suelo, S.L., sobre, se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

SENTENCIA NÚM. 64/2011

En Málaga, a 7 de marzo de 2011.

La Ilma. Sra. doña Araceli Catalán Quintero Magistrado/Juez Titular del Juzgado de la Instancia núm. Siete de Málaga, ha visto los presentes autos de Juicio Cambiario núm. 698/09, seguidos a instancia de Banca March, S.A., representada por la Procuradora de los Tribunales doña Laura Fernández Fornés, y asistido por el Letrado don J. Eduardo Ruiz Martín, contra Conextran, S.L., declarada en rebeldía, y Proyectos y Desarrollos del Suelo, S.L., representada por la Procuradora doña Marta Justicia del Río y asistido por el Letrado don José C. Sánchez Peña, sobre reclamación de cantidad.

FALLO

Que debo desestimar y desestimo la oposición formulada por la Procuradora doña Marta Justicia del Río en nombre y representación de Proyectos y Desarrollos del Suelo, S.L., frente al Juicio cambiario promovido por Banca March, S.A., y debo mandar y mando seguir adelante con la ejecución decretada, con imposición de costas a la parte demandada opositora.

Contra esta resolución cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Málaga (artículo 455 LEC). El recurso se preparará por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de cinco días hábiles contados desde el día siguiente de la notificación, limitado a citar la resolución apelada, manifestando la voluntad de recurrir con expresión de los pronunciamientos que impugna (artículo 457.2 LEC).

Para la admisión a trámite del recurso previamente deberá efectuarse constitución de depósito en cuantía de 50 euros, debiendo ingresarlo en la cuenta de este Juzgado de Banesto núm. 2958000007069809, indicando en las Observaciones del documento de ingreso que se trata de un recurso de apelación seguido del código «02», de conformidad en lo establecido en la disposición adicional decimoquinta de la L.O. 6/1985, del Poder Judicial, salvo concurrencia de los supuestos de exclusión previstos en la misma (Ministerio Fiscal, Estado, Comunidades Autónomas, Entidades Locales y organismos autónomos dependientes de todos ellos) o beneficiarios de asistencia jurídica gratuita.

Así por esta sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Publicación. Dada, leída y publicada fue la anterior Sentencia por el/la Sr./Sra. Magistrada-Juez que la dictó, estando el/la mismo/a celebrando audiencia pública en el mismo día de la fecha, de lo que yo, el/la Secretario Judicial doy fe, en Málaga, a ocho de marzo de dos mil once.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma al demandado Conextran, C/ Arquilla del Agua, núm. 12, 29120 Alhaurín El Grande (Malaga), extiendo y firmo la presente en Málaga, a veinte de marzo de dos mil doce.- El/La Secretario.

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