Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 232 de 27/11/2012

3. Otras disposiciones

Consejería de Agricultura, Pesca y Medio Ambiente

Orden de 20 de noviembre de 2012, por la que se acuerda la formulación del Plan Especial de Infraestructuras «Antena de Interconexión de Gas Natural en MOP<5 bar entre los tt.mm. de Gójar-Dílar-Otura (Granada)».

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Gas Natural Andalucía, S.A., está acometiendo los proyectos necesarios para dotar de gas natural, con destino a usos industriales, comerciales y domésticos a Andalucía. Una de las partes de este conjunto de proyectos es el de la red de distribución de gas natural de Gójar, Dílar y Otura, en Granada.

Gas Natural Andalucía, S.A., solicita a esta Consejería la tramitación y aprobación del Plan Especial de Infraestructuras para ejecutar el proyecto «Antena de Interconexión de Gas Natural en MOP<5 bar entre los tt.mm. de Gójar-Dílar-Otura (Granada)». Para ello es necesario la construcción de una red en MOP<5 bar conectando con la red de distribución de gas natural existente del mismo rango de presión en el término municipal de Gójar. Dicha conexión se realizará directamente en la red existente, en la carretera GR-3209.

La red objeto del proyecto, polieteno PE 100 SDR 17,6 DN 200 tiene una longitud de 6.406 metros.

De conformidad con el artículo 14.1.a) de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía, «los Planes Especiales pueden ser municipales o supramunicipales y tener por objeto (...) a) Establecer, desarrollar, definir y, en su caso, ejecutar o proteger infraestructuras, servicios, dotaciones o equipamentos, así como implantar aquellas otras actividades caracterizadas como Actuaciones de Interés Público en terrenos que tengan el régimen de suelo no urbanizable».

En esta línea, Gas Natural Andalucía, S.A., ha solicitado a la Consejería de Agricultura, Pesca y Medio Ambiente de la Junta de Andalucía la formulación del Plan Especial de Infraestructuras para ejecutar el proyecto «Antena de Interconexión de Gas Natural en MOP<5 bar entre los tt.mm. de Gójar-Dílar-Otura (Granada)». Por su parte, la Dirección General de Urbanismo, con fecha 22 de octubre de 2012, ha emitido informe favorable sobre la formulación del presente Plan Especial, en base al informe del Servicio de Gestión y Ejecución de Planes de dicha Dirección General.

A la vista de estos antecedentes, de acuerdo con los artículos 3 y 5.1 de la Ley 34/1998, del Sector de Hidrocarburos, el artículo 26 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía; y en virtud de las competencias atribuidas a la Consejería de Agricultura, Pesca y Medio Ambiente por el artículo 10 del Decreto del Presidente 3/2012, de 5 de mayo, de la Vicepresidencia y sobre reestructuración de Consejerías, y el artículo 1 del Decreto 151/2012, de 5 de junio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Agricultura, Pesca y Medio Ambiente, en relación con el artículo 31.2.A.a) de la citada Ley 7/2002, y a la persona titular de dicha Consejería por el artículo 4.3.f) del Decreto 525/2008, de 16 de diciembre, por el que se regula el ejercicio de las competencias de la Administración de la Junta de Andalucía en materia de ordenación del territorio y urbanismo,

DISPONGO

Primero. Formulación del Plan Especial.

La presente Orden tiene por objeto acordar la formulación del Plan Especial de Infraestructuras para ejecutar el proyecto «Antena de Interconexión de Gas Natural en MOP<5 bar entre los tt.mm. de Gójar-Dílar-Otura (Granada)».

Segundo. Ámbito del Plan Especial.

El ámbito del Plan Especial de Infraestructuras comprende la conducción de gas natural y sus instalaciones que discurren por suelos urbano, urbanizable y no urbanizable de los municipios de Gójar, Dílar y Otura. La red objeto del proyecto tiene una longitud de 6.406 metros.

Tercero. Tramitación del expediente.

La tramitación del Plan Especial que se formula, de conformidad con la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía, y el Decreto 525/2008, de 16 de diciembre, por el que se regula el ejercicio de las competencias de la Administración de la Junta de Andalucía en materia de ordenación del territorio y urbanismo, se ajustará al siguiente procedimiento:

Corresponderá a la persona titular de la Dirección General de Urbanismo de la Consejería de Agricultura, Pesca y Medio Ambiente la Aprobación Inicial.

Tras la Aprobación Inicial, el expediente será sometido a información pública por plazo de un mes, mediante anuncio en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, en uno de los diarios de mayor difusión de la provincia de Granada y en el tablón de anuncios de los Ayuntamientos de Gójar, Dílar y Otura (Granada), con audiencia a estos municipios. Asimismo, se dará traslado de la Aprobación Inicial a los órganos y entidades administrativas que por sus competencias u objeto resulten afectadas por el Plan Especial para que emitan los pronunciamientos oportunos.

A la vista del resultado de los trámites previstos en el apartado anterior, la persona titular de la Dirección General de Urbanismo resolverá, en su caso, sobre la Aprobación Provisional del Plan.

La Aprobación Definitiva corresponde a la persona titular de la Consejería de Agricultura, Pesca y Medio Ambiente.

Tras la Aprobación Definitiva, el Plan Especial se inscribirá en los Registros Autonómico y Municipal de Instrumentos de Planeamiento, Convenios Urbanísticos y Bienes y Espacios Catalogados y se publicará en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Cuarto. Efectos.

La presente Orden surtirá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 20 de noviembre de 2012

Luis Planas Puchades
Consejero de Agricultura, Pesca y Medio Ambiente
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