Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 137 de 16/07/2013

5. Anuncios5.2 Otros anuncios oficiales

Consejería de Cultura y Deporte

Anuncio de 8 de julio de 2013, de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales, por el que se hace público el requerimiento de subsanación de las solicitudes presentadas en la convocatoria 2013 de subvenciones de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales, para la promoción de festivales flamencos de pequeño y medio formato.

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Primero. De conformidad con lo establecido en los artículos 13 y 21 de la Orden de 21 de junio de 2011, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, por la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales, para la de festivales flamencos de pequeño y mediano formato, en relación con lo dispuesto en el artículo 71 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en el artículo 24 del Reglamento de los Procedimientos de Concesión de Subvenciones de la Administración de la Junta de Andalucía, se informa que, detectados errores en las solicitudes presentadas en la convocatoria 2013, mediante Resolución de esta Gerencia se requiere a las personas interesadas que figuran en su Anexo, para que subsanen las faltas o deficiencias que en el mismo se indican para cada una de ellas.

Segundo. El contenido íntegro del requerimiento será expuesto en el tablón de anuncios de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales, sito en Edif. Estadio Olímpico, Puerta M. Isla de la Cartuja, s/n, 41092, Sevilla, y en la página web de dicha entidad (www.aaiicc.es).

Tercero. El plazo para efectuar la subsanación es de diez días hábiles, a contar desde el siguiente al de la publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Se informa igualmente a las personas interesadas que, en caso de no atender el presente requerimiento completando la subsanación dentro del plazo establecido, se les tendrá por desistidas de su solicitud, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 71 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, previa resolución que deberá ser dictada en los términos del artículo 42.1 de la referida Ley 30/1992.

Sevilla, 8 de julio de 2013.- El Director, José Francisco Pérez Moreno.

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