Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 137 de 16/07/2013

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Ayuntamientos

Anuncio de 5 de junio de 2013, del Ayuntamiento de Roquetas de Mar, de aprobación definitiva de la innovación al PGOU. (PP. 1541/2013).

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Doña Eloísa María Cabrera Carmona, Concejal Delegada de Suelo y Vivienda, Transporte y Movilidad del Ayuntamiento de Roquetas de Mar (Almería), con fecha 29 de mayo de 2013, ha dictado la siguiente resolución:

Visto el acuerdo adoptado por este Ayuntamiento Pleno, en sesión ordinaria celebrada el día 9 de mayo de 2013, relativo a la aprobación definitiva de la Innovación núm. 5 al PGOU de Roquetas de Mar, sobre Modificación del Uso Pormenorizado de la parcela R2 del ámbito denominado UE 69 del mismo a instancia de Casaromero Habitat, S.L., cuya parte dispositiva dice:

«Primero. Aprobar definitivamente la innovación núm. 5 del Plan General de Ordenación Urbanística de Roquetas de Mar, Expte. I 3/12, relativa a la Modificación de la Ordenación Pormenorizada de la parcela R2 del ámbito UE 69, formulada por el Ayuntamiento de Roquetas de Mar a instancia de Casaromero Habitat, S.L., según proyecto redactado por don Fernando Castro Lucas.

Segundo. Facultar a la señora Concejal Delegada de Suelo y Vivienda, Transporte y Movilidad para que publique el presente acuerdo en el BOP y BOJA, una vez depositados sendos ejemplares diligenciados tanto en el Registro de Instrumentos de Planeamiento de la Delegación Territorial de la Consejería de Agricultura, Pesca y Medio Ambiente como en el Registro Municipal de Instrumentos de Planeamiento y Convenios Urbanísticos (art. 40 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre), para lo que se presentarán dos ejemplares originales y completos del documento técnico aprobado definitivamente en formato papel así como otro ejemplar en formato digital DWG y georreferenciado.

Tercero. El acuerdo municipal de aprobación definitiva, por tratarse de un acto firme en vía administrativa, conforme establece el artículo 52.2 de la Ley 7/1985, en relación al artículo 109 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, será susceptible de la interposición de recurso potestativo de reposición, ante el órgano que dicte el presente acto en el plazo de un mes, desde el día siguiente a la notificación del mismo (artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre), y/o recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en Granada, en el plazo de dos meses, desde el día siguiente a la notificación del presente acto (artículo 10 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, modificado mediante Ley Orgánica 19/2003, de 23 de diciembre) o de la resolución del recurso potestativo de reposición, en su caso.»

Visto que han sido depositados en el Registro Municipal de Instrumentos de Planeamiento y Convenios Urbanísticos dos ejemplares de la presente Innovación al PGOU así como en el Registro Autonómico de Instrumentos Urbanísticos (número de registro 5.687).

RESUELVO

Procede la publicación en el BOJA y el BOP del acuerdo de aprobación definitiva de la Innovación núm. 5 al PGOU de Roquetas de Mar, sobre Modificación del Uso Pormenorizado de la parcela R2 del ámbito denominado UE 69 del mismo a instancia de Casaromero Hábitat, S.L., según proyecto redactado por don Fernando Castro Lucas, así como la publicación íntegra de sus ordenanzas reguladoras, que a continuación se transcriben:

«4. Normas urbanísticas.

Serán de aplicación las disposiciones establecidas por las Normas Urbanísticas del PGOU de Roquetas de Mar 2009, así como lo establecido en la ficha reguladora modificada de la UE-69.

Calificación PLM:

Usos del suelo: Sección 2.ª del Capítulo primero del Título Noveno.

Usos de la edificación: Sección 2.ª del Capítulo segundo del Título Noveno.

Normas particulares de la edificación: Capítulo undécimo del Título Décimo.

Calificación TER:

Usos del suelo: Sección 4.ª del Capítulo primero del Título Noveno.

Usos de la edificación: Sección 4.ª del Capítulo segundo del Título Noveno.

Normas particulares de la edificación: Capítulo decimosexto del Título Décimo.

Otros parámetros: Se establecerá tratamiento de fachada para el/los edificio/s PLM en el lindero con la parcela R2.2 (TER) en todas las plantas salvo la planta en planta baja. Se establece para la parcela R2.2 (TER) un retranqueo respecto al lindero con la parcela R2.1 (PLM) de, al menos, 10 m. En dicho retranqueo se establece como única limitación que no se podrá establecer ninguna construcción con una altura total mayor a 3.5 metros.»

La presente Resolución, por tratarse de un acto firme en vía administrativa, conforme establece el artículo 52.2 de la Ley 7/1985, en relación al artículo 109 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, será susceptible de la interposición de recurso potestativo de reposición, ante el órgano que dicta el presente acto en el plazo de un mes, desde el día siguiente a la notificación del mismo (artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, y/o recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencio­so-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en Granada, en el plazo de dos meses, desde el día siguiente a la notificación del presente acto (artículo 10 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, modificado mediante Ley Orgánica 19/2003, de 23 de diciembre) o de la resolución del recurso potestativo de reposición, en su caso.

Lo manda y firma la Concejal Delegada de Suelo y Vivienda, Transporte y Movilidad (Decreto de la Alcaldía-Presidencia de 13 de junio de 2011, BOP núm. 119, de 23 de junio de 2011), en el lugar y fecha arriba indicados, ante mí el Secretario General, que doy fe. La Concejal Delegada, Fdo.: Eloísa María Cabrera Carmona; el Secretario General, Fdo.: Guillermo Lago Núñez.

Roquetas de Mar, 5 de junio de 2013.- El Secretario General, Guillermo Lago Núñez.

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