Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 209 de 23/10/2013

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 11 de junio de 2013, del Juzgado de Primera Instancia núm. Tres de Almería (antiguo Mixto núm. Cinco), dimanante de procedimiento ordinario núm. 1237/2009.

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NIG: 0401342C20090009422.

Procedimiento: Procedimiento Ordinario 1237/2009. Negociado: TP.

Sobre: Reclamación de cantidad.

De: Antonio Gea Martínez e Isabel Domene Fernández.

Procuradora: Sra. María Dolores Jiménez Tapia.

Letrado: Sr. Checa García, Juan.

Contra: Dolores Rodríguez García.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento Procedimiento Ordinario 1237/2009 seguido en eI Juzgado de Primera Instancia núm. Tres de Almería (Antiguo Mixto núm. Cinco) a instancia de Antonio Gea Martínez e Isabel Domene Fernández contra Dolores Rodríguez García sobre Reclamación de cantidad, se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

SENTENCIA NÚM. 85/12

En la ciudad de Almería, a 8 de junio de 2012, vistos por doña Amparo López Pérez, Juez Stta. del Juzgado de Primera Instancia núm. Tres de los de esta Ciudad, los presentes autos de Juicio Ordinario tramitados en este Juzgado con el número 1237/09, seguidos entre partes, de la una y como demandante, don Antonio Gea Martínez y doña Isabel Domene Fernández representados por el Procurador Sra. doña María Dolores Jiménez Tapia y defendidos por el Letrado Sr. don Juan Checa García.

Y de la otra, como demandado doña Dolores Rodríguez García, con domicilio a efectos de notificaciones en la calle Brasil, núm. 2, 2.º A, de San Isidro Níjar, Almería, declarada en situación de rebeldía procesal.

Sobre reclamación de cantidad por importe de 3.980 euros, con condena en costas, en base al incumplimiento contractual dimanante de las relaciones mantenidas entre las partes. Que estimando la demanda interpuesta por don Antonio Gea Martínez y doña Isabel Domene Fernández frente a doña Dolores Rodríguez García en situación procesal de rebeldía, sobre reclamación de cantidad, debo condenar y condeno a los demandados a pagar a la parte actora la cantidad de 3.980 euros.

Más los intereses legales del artículo 576 de la LEC aplicables. Y con expresa imposición de costas a la parte demandada. Notífíquese la presente resolución a las partes.

Contra esta resolución cabe recurso de apelación que se interpondrá por escrito ante este Juzgado en término de veinte días para ante la Iltma. Audiencia Provincial de Almería.

Para la admisión del recurso deberá efectuarse constitución de depósito en cuantía de 50 euros, debiendo ingresarlo en la Cuenta de este Juzgado no 0233 000 021237 09 indicando en las observaciones del documento de ingreso que se trata de un recurso, seguido del código 02 y tipo concreto de recurso, de conformidad con lo establecido en la L.O. 1/2009, de 3 de noviembre, salvo concurrencia de los supuestos de exclusión previstos en el apartado 5.º de la disposición adicional decimoquinta de dicha norma o beneficiarios de asistencia jurídica gratuita.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma a la demandada Dolores Rodríguez García, extiendo y firma la presente en Almería, a once de junio de dos mil trece.- El/La Secretario.

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