Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 75 de 19/04/2013

3. Otras disposiciones

Universidades

Resolución de 9 de abril de 2013, de la Universidad de Granada, por la que se acuerda la publicación del Plan Propio de Investigación para el año 2013.

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El Consejo de Gobierno de la Universidad de Granada, a propuesta de la Comisión de Investigación, aprobó en sesión celebrada el 7 de marzo de 2013 el Plan Propio de Investigación para el año 2013. Por cuanto antecede, este Rectorado en uso de las atribuciones conferidas por los Estatutos de la Universidad de Granada, acuerda la publicación del Plan Propio de Investigación de la Universidad de Granada del año 2013 en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Los diferentes programas que constituyen esta edición del Plan Propio 2013 tienen como objetivo complementar aquellas actuaciones de apoyo a la investigación promovidas por las distintas administraciones. En este sentido, es importante destacar el carácter subsidiario y complementario de las acciones del Plan Propio 2013, en relación con las becas, ayudas y subvenciones que se conceden al amparo de convocatorias análogas en el contexto de los planes europeo, nacional y andaluz de investigación. En este sentido, al igual que en ediciones anteriores, el Plan Propio 2013 requiere, en muchos de sus programas, la cofinanciación de las ayudas concedidas por parte de grupos, proyectos, departamentos, institutos, empresas y otras instituciones.

Las actividades de internacionalización y de transferencia tecnológica serán gestionadas por las oficinas de Proyectos Internacionales (OFPI) y de Transferencia (OTRI), respectivamente.

En todos los programas, la concesión de las ayudas será aprobada por el Consejo de Gobierno a propuesta de Comisión de Investigación.

NORMAS GENERALES

1. Requisitos.

Los solicitantes deberán cumplir todos los requisitos específicos del programa al que concurren en el momento de presentación de la solicitud. De igual modo, los solicitantes que concurran a programas dirigidos a miembros de la Universidad de Granada, deberán estar en servicio activo al presentar la solicitud. Los solicitantes deberán mantener su vinculación con la Universidad de Granada durante el periodo de disfrute de la ayuda concedida y hasta la fecha de cierre del mismo.

2. Solicitudes.

- Las solicitudes deberán estar dirigidas al Vicerrectorado de Política Científica e Investigación y deberán cumplimentarse obligatoriamente por vía telemática en los impresos normalizados que a tal efecto se encontrarán disponibles en la dirección web del Vicerrectorado de Política Científica e Investigación, http://investigacion.ugr.es/pages/planpropio. Una vez impresas y debidamente cumplimentadas deberán presentarse junto con la documentación adicional establecida en cada programa y dentro del plazo establecido en cada convocatoria en el registro general de la Universidad de Granada, en los registros de los distintos centros de la Universidad de Granada o en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Los interesados podrán consultar el estado de tramitación de sus solicitudes en la dirección electrónica antes citada.

- Para acceder al formulario de solicitud se deberán aceptar las bases de la convocatoria.

- Las solicitudes deberán incluir una dirección de correo electrónico a través de la cual se realizarán todas las comunicaciones y/o requerimientos durante el proceso de revisión y evaluación de la solicitud. Estas comunicaciones serán consideradas como válidas a efectos de notificaciones.

- El Servicio de Gestión de Investigación procederá a la revisión administrativa de las solicitudes y, en el caso de estar incompletas o presentar algún tipo de deficiencia, se requerirá al interesado para que, en el plazo de 10 días, subsane los defectos encontrados o aporte la documentación requerida. En caso de no hacerlo en plazo se le tendrá por desistido de la solicitud. Finalizada la revisión administrativa, los expedientes se remitirán a la Comisión de Investigación para su evaluación.

3. Evaluación y concesión.

- En el proceso de evaluación, la Comisión de Investigación podrá requerir asesoramiento por parte de la ANEP y otras agencias de evaluación externas. Dadas las restricciones que la Ley de protección de datos supone respecto del uso de la información contenida en el SICA, los investigadores deberán aportar sus CV o la versión reducida de los mismos, dependiendo de la convocatoria de la que se trate.

- Concluida la evaluación de cada convocatoria, la Comisión de Investigación comunicará a los interesados la concesión de las ayudas. El plazo para la resolución de las ayudas será de dos meses desde la fecha de cierre de cualquier convocatoria, salvo en aquellos programas que dependan de la resolución de programas ajenos a la Universidad de Granada.

- Dado el carácter de concurrencia competitiva que tienen los distintos programas del Plan Propio, se publicará en la página Web y en el tablón de anuncios del Vicerrectorado de Política Científica e Investigación un extracto de las resoluciones de la Comisión de Investigación para cada programa que será determinante a efectos de que los interesados puedan presentar los recursos que estimen convenientes.

- La aceptación de cualquier ayuda o subvención del Plan Propio implica la aceptación de las normas generales del mismo y de las específicas del correspondiente programa. El disfrute de una beca supone, además, la aceptación de la normativa de personal investigador en formación de la Universidad de Granada (EPIF).

- El incumplimiento de las obligaciones de los beneficiarios podrá ocasionar la suspensión o revocación de las ayudas, sin perjuicio de otras responsabilidades en las que se pudiera incurrir.

4. Interrupción de la ayuda.

Cuando concurran situaciones de incapacidad temporal, maternidad y adopción o acogimiento durante el período de disfrute de la ayuda, beca o contrato, los beneficiarios podrán solicitar prórroga del plazo de ejecución de la ayuda, adjuntando a su solicitud, en su caso, documento acreditativo de alguna de las situaciones mencionadas.

5. Obligaciones de los beneficiarios.

Primera. En el plazo de un mes desde la finalización de la actividad, las personas beneficiarias deberán remitir al Vicerrectorado de Política Científica e Investigación una breve memoria en la que se describan las actividades realizadas y resultados obtenidos, así como la justificación de los gastos realizados. La justificación económica de las ayudas consistirá en la presentación de una copia de los justificantes de gasto tramitados, y podrá limitarse a la aportación de un extracto contable extraído del programa de gestión económica y, en el caso de liquidaciones de dietas, una copia de la liquidación de comisión de servicios o bolsa de viaje. Las becas y contratos concedidos no serán objeto de justificación económica.

Segunda. Dado el carácter subsidiario o complementario de Plan Propio de Investigación, será necesario justificar la concurrencia a las convocatorias análogas de los planes europeo, nacional y andaluz de investigación sobre becas, ayudas y subvenciones, para poder disfrutar las obtenidas por el Plan Propio. En caso de recibirse otra subvención para la misma actividad, la ayuda del Plan Propio estará limitada por el importe de los gastos efectivamente realizados que no quede cubierto por otras subvenciones, debiendo reintegrarse al centro de gasto del Plan Propio la parte de la ayuda recibida que exceda de dicho importe. En el caso de programas de recursos humanos (becas-contrato FPU, contratos puente, perfeccionamiento de doctores) y en el programa de proyectos de investigación para la incorporación de jóvenes doctores a nuevas líneas de investigación de la Universidad de Granada, el beneficiario está obligado a aceptar cualquier beca o contrato que le sea concedida en el marco de los programas europeos, nacionales o autonómicos equivalentes y a renunciar a la ayuda del Plan Propio.

Tercera. Los adjudicatarios están obligados a mencionar la financiación del Plan Propio de Investigación de la Universidad de Granada en todas las publicaciones y actividades que realicen.

Líneas de actuación del Plan Propio de Investigación y Programas:

A. Incentivación de la actividad investigadora.

-  Proyectos de investigación precompetitivos.

- Ayudas a la internacionalización y a la preparación de proyectos de investigación internacionales.

- Acciones integradas.

- Ayudas a las revistas de la Universidad de Granada.

- Proyectos de investigación para la incorporación de jóvenes doctores a nuevas líneas de investigación en grupos de la Universidad de Granada.

B. Potenciación de los recursos humanos.

- Becas de iniciación a la investigación.

- Formación de investigadores.

- Becas-contrato (FPU).

- Ayudas cofinanciadas con instituciones, empresas o entidades.

- Contratos Puente.

C. Movilidad y perfeccionamiento de personal investigador.

- Estancias breves en centros de investigación nacionales y extranjeros.

- Estancias de investigadores de otros centros nacionales y extranjeros en departamentos e institutos o centros de investigación.

- Organización de congresos, seminarios y jornadas de carácter científico-técnico.

- Participación en congresos y reuniones científico-técnicas de carácter internacional.

D. Reconocimiento de la actividad investigadora.

- Premios de investigación.

• Premios a la divulgación científica.

• Premios a trabajos de investigación de excelencia.

- Sabáticos.

E. Acciones complementarias.

- Reparación de material científico.

- Ayudas para la utilización del CIC.

- Acciones especiales.

- Anticipos.

- Contratos-programa.

F. Ayuda a la transferencia de resultados de investigación.

- Fomento de la transferencia de tecnología en el entorno socio-económico.

- Prototipos y pruebas de concepto.

- Constitución de empresas de base tecnológica.

- Promoción de la oferta científico tecnológica.

El texto completo de los distintos programas de ayuda, requisitos de participación específicos, plazos de presentación de solicitudes y criterios de evaluación están disponibles en la dirección web: http://investigacion.ugr.es/pages/planpropio.

La presente convocatoria y los actos derivados de la misma podrán ser impugnados de acuerdo con lo previsto en la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (BOE de 27 de noviembre de 1992), modificada por Ley 4/1999, de 13 de enero (BOE de 14 de enero de 1999).

Granada, 9 de abril de 2013.- El Rector, Francisco González Lodeiro.

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