Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 8 de 11/01/2013

3. Otras disposiciones

Consejería de Hacienda y Administración Pública

Resolución de 19 de noviembre de 2012, de la Dirección General de Relaciones Financieras con las Corporaciones Locales, por la que se autorizan tarifas de autotaxis en el municipio de Granada. (PP. 3225/2012).

Atención: El texto que se muestra a continuación ha sido extraído de los mismos ficheros que se han utilizado para obtener el fichero PDF correspondiente del BOJA oficial y auténtico, habiéndose suprimido todas las imágenes, ciertas tablas y algunos textos de la versión oficial al existir dificultades de edición. Para consultar la versión oficial y auténtica de esta disposición puede descargarse el fichero PDF firmado de la disposición desde la sede electrónica del BOJA o utilizar el servicio de Verificación de autenticidad con CVE 00017475.

En virtud de lo dispuesto en los artículos 9 y 11 del Decreto 365/2009, de 3 de noviembre, por el que se regulan los procedimientos administrativos en materia de precios autorizados de ámbito local en Andalucía, en relación con el artículo 12.4 del Decreto 156/2012, de 12 de junio, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Hacienda y Administración Pública,

RESUELVO

Autorizar las tarifas de autotaxis que a continuación se relacionan, ordenando su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Tarifas autorizadas:

CONCEPTO
Tarifas autorizadas
IVA incluido
Tarifa 1
Bajada de Bandera 1,50€
Por kilómetro recorrido 0,81€
Por cada hora de espera 20,87€
Carrera mínima 3,98€
Tarifa 2
Bajada de Bandera 1,89€
Por kilómetro recorrido 1,03€
Por cada hora de espera 26,11€
Carrera mínima 4,95€

Aplicación de la tarifa 2:
a) Sábados y festivos de 0 a 24 horas.
b)
Nocturnidad, de 22 horas a 7 horas, excepto el viernes que será de 21 a 7 horas.
c) Día de la Cruz, desde las 7 horas a las 22 horas.
d)
Días comprendidos del 24 y 31 de diciembre (de 7 horas a 22 horas del día siguiente).
e) Durante los días oficiales de la Feria del Corpus.
f) Durante los días oficiales de Semana Santa.
Tarifa Especial Nocturna
Bajada de Bandera 2,36€
Por kilómetro recorrido 1,27€
Por cada hora de espera 32,63€
Carrera mínima 6,21€

La tarifa Especial Nocturna se aplicará los sábados y festivos desde la 1 hasta las 6 horas.
La tarifa Especial Nocturna se aprobará condicionada a que el servicio sea atendido por al menos, los 2/3 de la flota existente en cada momento. Así mismo, se condicionará a que la misma cantidad de vehículos estén en servicio de 14,00 a 16,00 horas en días laborales.
Las tarifas 1, 2 y Especial Nocturna son incompatibles entre sí. Se autoriza el cobro de la más elevada siempre que los rangos temporales de aplicación lo permitan, con exclusión de las otras dos.
Suplementos:

Por cada maleta, bulto o conjunto de bultos de másde 60 cm
0,50€
Salida de estaciones 0,50€
El importe de estos suplementos, cuando proceda su aplicación, se sumará a la cantidad que resulte de la aplicación de la tarifa 1, tarifa 2 o tarifa Especial Nocturna.

Servicio mínimo especial al recinto de la Alhambra
y viceversa:
Tarifa 1 4,11€
Tarifa 2 5,13€

Las tarifas habrán de estar vigentes al menos durante el período de un año, salvo que esta Dirección General, mediante resolución motivada por razones debidamente acreditadas que pudieran afectar a la prestación del servicio de que se trate, autorice su revisión en un plazo de vigencia inferior, previa solicitud de la entidad interesada.

Esta Resolución surtirá efectos desde el día 1 de enero de 2013, sin perjuicio de que su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía se produzca con anterioridad a dicha fecha.

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la titular de esta Consejería en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su notificación o, en su caso, publicación, de conformidad con lo establecido en los artículos 114 y 115, en relación con el 48, de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y 115 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 19 de noviembre de 2012.- La Directora General, Eva María Vidal Rodríguez.

Descargar PDF