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NIG: 2905442C20120001307.
Procedimiento: Juicio Verbal (250.2) 327/2012. Negociado: 6.
De: C.P. Castillo de Torreblanca.
Procurador: Sr. José Luis Rey Val.
Contra: Doña Joanna Esther Mancilla y Peter James Allard.
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
En el procedimiento Juicio Verbal (250.2) 327/2012 seguido en el Juzgado de Primera Instancia núm. Cuatro de Fuengirola a instancia de C.P. Castillo de Torreblanca contra Joanna Esther Mancilla y Peter James Allard sobre, se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:
SENTENCIA
Que dicto yo, Julián Cabrero López, Magistrado a cargo de este Juzgado, en los autos de Juicio Verbal registrados con el número 327/2012, en los que han sido parte demandante la comunidad de propietarios Castillo de Torreblanca, representada por el Procurador de los Tribunales Sr. Rey Val y asistida del Letrado Sr. Herrera Llamas, y parte demandada los Sres. Peter James Allard y Joanna Esther Mancilla que, emplazados, no comparecieron, en Fuengirola, a 14 de enero de 2013.
FALLO
Que estimando íntegramente como estimo la demanda deducida por el Procurador de los Tribunales Sr. Rey Val en nombre y representación de la comunidad de propietarios Castillo de Torreblanca, condeno a los Sres. Peter James Allard y Joanna Esther Mancilla a abonar a la actora la suma de 5.236,37 más la que resulte de incrementarla en el interés previsto en el art. 576 LEC, con imposición al demandado de las costas causadas.
Y con el fin de que sirva de notificación en forma a los demandados Joanna Esther Mancilla y Peter James Allard, extiendo y firmo la presente en Fuengirola, a doce de mayo de dos mil catorce.- El/La Secretario/a.
«En relación a los datos de carácter personal, sobre su confidencialidad y prohibición de transmisión o comunicación por cualquier medio o procedimiento, deberán ser tratados exclusivamente para los fines propios de la Administración de Justicia (ex Ley Orgánica 15/99, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal).»
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