Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 209 de 27/10/2014

3. Otras disposiciones

Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo

Resolución de 21 de octubre de 2014, de la Secretaría General de Innovación, Industria y Energía, por la que se publica la Resolución de la Viceconsejería por la que se encomienda a la Agencia de Innovación y Desarrollo de Andalucía (IDEA) la ejecución de actuaciones derivadas del Convenio suscrito con el Ministerio del Interior en materia de protección de infraestructuras críticas con fecha 23 de mayo de 2014.

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La Viceconsejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo de la Junta de Andalucía ha emitido Resolución, el pasado 3 de octubre de 2014, por la que encomienda a la Agencia de Innovación y Desarrollo de Andalucía la ejecución de actuaciones derivadas del Convenio suscrito el 23 de mayo de 2014 con el Ministerio del Interior en materia de protección de infraestructuras críticas. En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 105.5 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, procede la publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía de la citada Resolución, cuyo texto figura a continuación.

Lo que se hace público para general conocimiento.

«RESOLUCIÓN DE LA VICECONSEJERÍA DE ECONOMÍA, INNOVACIÓN, CIENCIA Y EMPLEO POR LA QUE SE ENCOMIENDA A LA AGENCIA DE INNOVACIÓN Y DESARROLLO DE ANDALUCÍA (IDEA) LA EJECUCIÓN DE ACTUACIONES DERIVADAS DEL CONVENIO SUSCRITO CON EL MINISTERIO DEL INTERIOR EN MATERIA DE PROTECCIÓN DE INFRAESTRUCTURAS CRÍTICAS CON FECHA 23 DE MAYO DE 2014

Visto el expediente de encomienda de gestión a la Agencia de Innovación y Desarrollo de Andalucía (IDEA) de las actuaciones de apoyo y asistencia de contenido material consistentes en asesoramiento, soporte técnico y ejecución material de los compromisos y actuaciones establecidos por la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo en el protocolo general y convenio específico suscritos con el Ministerio del Interior en materia de protección de infraestructuras críticas, se constatan los siguientes,

ANTECEDENTES DE HECHO.

Primero. Con fecha 8 de noviembre de 2011, se suscribe un Acuerdo Marco de Colaboración para el Fomento de la Compra Pública Innovadora en la Comunidad Autónoma de Andalucía entre el Ministerio de Ciencia e Innovación y la Consejería de Economía, Innovación y Ciencia de la Junta de Andalucía. En la estipulación cuarta del mismo se cita el Centro de Innovación y Tecnología para la Protección de las Infraestructuras Críticas como uno de los tres proyectos de interés estratégico para la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Segundo. Con fecha 12 de diciembre de 2011 (BOJA núm. 2, de 4 de enero de 2012), se suscribe un Protocolo General de Colaboración entre la Secretaría de Estado de Seguridad del Ministerio del Interior y la Consejería de Economía, Innovación y Ciencia de la Junta de Andalucía (en adelante Protocolo General) por el que se establecen líneas de colaboración entre ambas instituciones para la investigación y el desarrollo de nuevas tecnologías aplicables a la protección de infraestructuras críticas a nivel nacional en el marco del futuro Centro de Innovación y Tecnología para la Protección de las Infraestructuras Críticas (en adelante CITPIC), cuya creación sería promovida por la Junta de Andalucía a través de la Consejería de Economía, Innovación y Ciencia.

El CITPIC desarrollaría, según este Protocolo General, las siguientes líneas de trabajo:

a) Centro de I+D.

b) Laboratorio de pruebas de herramientas de seguridad informática para sistemas de adquisición y monitorización de datos.

Laboratorio de pruebas de herramientas de seguridad física.

c) Centro de Formación.

d) Laboratorio de pruebas de herramientas de seguridad física.

Tercero. El Protocolo General define como compromisos de la Junta de Andalucía, a través de la Consejería de Economía, Innovación y Ciencia, los siguientes:

- Gestionar la disponibilidad de suelo para la ubicación del centro en la localidad de Linares.

- Buscar fuentes de financiación tanto públicas como privadas para el diseño y construcción del centro.

- Establecer los mecanismos de gestión del centro, de común acuerdo con la Secretaría de Estado de Seguridad.

Cuarto. El citado Protocolo General de 12 de diciembre de 2012, establece que los términos concretos en los que habrán de cumplirse los compromisos asumidos se concretarán mediante la suscripción de convenios de desarrollo, en los que se determinarán las obligaciones y derechos de cada una de las partes, los importes económicos de las distintas actuaciones a realizar y la entidad a la que corresponda la financiación de dichos importes.

Quinto. Con fecha 23 de mayo de 2014, se suscribe un Convenio Específico de Colaboración entre el Ministerio del Interior y la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo de la Junta de Andalucía (en adelante Convenio Específico) para el desarrollo de las actuaciones en materia de protección de Infraestructuras Críticas en cumplimiento del protocolo general de colaboración de 12 de diciembre de 2011.

Dicho Convenio Específico tiene por objeto el establecer las actuaciones necesarias para desarrollar la línea de trabajo denominada «Centro de l+D», tal y como se recoge en la estipulación primera del Protocolo General.

Dichas actuaciones se materializarán en el futuro Centro de Innovación y Tecnología para la Protección de las Infraestructuras Críticas (en adelante, CITPIC).

Sexto. Entre los compromisos contraídos por la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo de la Junta de Andalucía en este Convenio Específico se encuentran los siguientes:

- Futura creación del CITPIC, para lo cual se habilitarán los mecanismos de control presupuestario y jurídico que rigen en todas las Administraciones Públicas, determinando la naturaleza y régimen jurídico de este centro, todo ello de conformidad, en su caso, con lo establecido en la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, así como en el artículo 11 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

- Dotación de los recursos técnicos y humanos que en cada momento permitan el desarrollo del Convenio Específico, según lo establecido en los correspondientes anexos, no adquiriendo la Administración de la Junta de Andalucía obligación laboral alguna respecto a dicho personal.

- Dirección y coordinación de los trabajos y la participación de expertos en los diferentes grupos de trabajo y reuniones sobre protección de infraestructuras críticas necesarios para el desarrollo del Convenio Específico.

- Canalizar las necesidades operativas e informativas que surjan para el desarrollo del Convenio Específico.

- Colaborar en las actividades de formación y capacitación que se realicen en el marco de las actividades del CITPIC.

- Participar en las actividades de promoción y difusión de la l+D+i en el marco de este Convenio.

Séptimo. La necesidad que sustenta el proyecto de constitución del CITPIC se puede justificar, más allá de las oportunidades que se pudieran derivar de los diferentes marcos normativos relativos a la protección de infraestructuras críticas, por la propicia coyuntura para la creación de un mercado emergente de alto potencial de actividad económica. Si a lo anterior se une el hecho de que se han identificado en la comunidad andaluza una serie de capacidades de partida entre su tejido empresarial, el resultante es la oportunidad que supone para Andalucía el desarrollo de un polo de innovación en este ámbito, en el que convivan los diferentes agentes, tanto públicos como privados, que operan en este dominio tecnológico, dando la posibilidad de generar un ecosistema en el que el CITPIC jugaría un papel relevante, y todo ello enmarcado en el proceso de renovación de nuestro modelo productivo.

Octavo. Con este fin, la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo, por razones de eficacia, especialización y oportunidad, considera preciso contar con el apoyo y los medios de la Agencia de Innovación y Desarrollo de Andalucía (en adelante Agencia IDEA) para el desarrollo y cumplimiento de los compromisos contraídos en los citados Protocolo General y Convenio Específico suscritos con el Ministerio del Interior para el desarrollo de actividades vinculadas con la protección de infraestructuras críticas.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. Es competente para dictar esta resolución la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo de conformidad con el Decreto de la Presidenta 4/2013, de 9 de septiembre, de la Vicepresidencia y sobre reestructuración de Consejerías, que de acuerdo con el apartado b) del artículo 1.5 de la Orden de 5 de junio de 2013, por la que se delegan competencias en órganos directivos de esta Consejería, delega dicha competencia en la Viceconsejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo.

De acuerdo con el artículo 1 del Decreto 149/2012, de 5 de junio, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo, se atribuye a ésta el ejercicio de las competencias atribuidas a la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de coordinación y el fomento de la investigación científica y técnica y la transferencia de tecnología en el Sistema Andaluz de Ciencia, Tecnología y Empresa; el desarrollo tecnológico aplicado a las empresas mediante el fomento de la implantación de nuevas tecnologías y, en concreto, de la inversión empresarial en materia tecnológica; el desarrollo de políticas de innovación en general, y, en concreto, de aquellas aplicadas a las empresas mediante el fomento de la implantación de nuevas tecnologías; el impulso, coordinación y desarrollo de las políticas para la implantación de la Sociedad de la Información en Andalucía y el desarrollo de las infraestructuras de telecomunicaciones en Andalucía.

Segundo. El citado Decreto 149/2012, de 5 de junio, en su artículo 6, atribuye a la Secretaria General de Innovación, Industria y Energía todas las funciones relacionadas con las políticas de innovación, prospectiva y evaluación, con la planificación y coordinación de las políticas de telecomunicaciones y sociedad de la información, las funciones relacionadas con la planificación, impulso y coordinación de las políticas de industria, energía y minas, incentivos y cooperación económica, así como las atribuciones previstas en el artículo 28 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía. En particular, la planificación general, impulso y evaluación de las políticas de innovación de la Consejería, así como la definición de los Planes Estratégicos de Innovación; la planificación, coordinación e impulso de los programas relacionados con el desarrollo de la sociedad de la información en Andalucía; la planificación, coordinación, regulación e impulso del despliegue y la extensión de las infraestructuras de telecomunicaciones en el territorio andaluz para favorecer tanto la equidad territorial y el acceso generalizado a redes y servicios avanzados de la sociedad de la información, así como para promover la competitividad del tejido productivo andaluz.

Tercero. El artículo 105.1 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, dispone que la realización de actividades de carácter material, técnico o de servicios de la competencia de los órganos administrativos o de las entidades de Derecho Público podrá ser encomendada a otros órganos o entidades de la misma o de distinta Administración, por razones de eficacia o cuando no se posean los medios técnicos idóneos para su desempeño. El artículo 105.3 de la mencionada Ley 9/2007, de 22 de octubre, establece que la encomienda de gestión a agencias dependientes de una Consejería será autorizada por la persona titular de la misma. A esta resolución le serán de aplicación todos los extremos establecidos en el artículo 105 de dicha norma.

Cuarto. La Agencia IDEA, es una Agencia Pública Empresarial de las previstas en el artículo 68.1.b) de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, dotada de personalidad jurídica pública diferenciada de la Administración de la Junta de Andalucía, patrimonio y tesorería propios, con plena capacidad jurídica y de obrar para el cumplimiento sus fines, así como autonomía de gestión y administración. Tiene la consideración de Administración Institucional dependiente de la Administración de la Junta de Andalucía, quedando adscrita a la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo o de aquella que tenga atribuidas las competencias en materia de promoción económica o de industria y/o desarrollo empresarial. La Agencia IDEA, como entidad instrumental de la Administración de la Junta de Andalucía, se rige por la Ley 3/1987, de 13 de abril, de creación del Instituto de Fomento de Andalucía, y está sometida a los principios de actuación de interés público, rentabilidad social, calidad, responsabilidad social corporativa y buen gobierno.

La Agencia IDEA tiene la consideración de medio propio instrumental y servicio técnico de la Administración de la Junta de Andalucía y de los poderes adjudicadores dependientes de aquélla, estando obligada a realizar los trabajos y prestación de servicios que éstos les encomienden en las materias propias de su objeto y fines, de acuerdo con el régimen legal de las encomiendas de gestión establecido en la Ley 9/2007, de 22 de octubre, y restante normativa de aplicación.

Quinto. Con carácter general, la Agencia IDEA tiene como objeto la promoción y desarrollo de la actividad económica en Andalucía, mediante la realización de acciones entre las que se encuentra la de promover la creación de parques tecnológicos, industriales y empresariales y Centros de Innovación Tecnológica y gestionarlos, o en su caso, participar en la gestión de los mismos, directamente o a través de sus empresas participadas, sin perjuicio de las que competen a otras entidades, públicas o privadas. Podrá asimismo realizar las actuaciones de carácter técnico, material, jurídico o de servicios que, en relación con materias de su competencia, le encomienden la Administración de la Junta de Andalucía, otras Administraciones Públicas o incluso las que conviniere con la iniciativa privada.

Sexto. La Agencia IDEA puede facilitar a la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo el apoyo técnico necesario para el cumplimiento de los compromisos asumidos en el Protocolo General y Convenio Específico suscritos con el Ministerio del Interior. Por ello, en los términos ya indicados, la presente resolución tiene por objeto determinar la realización de todas las actuaciones necesarias a desarrollar por la Agencia IDEA en su consideración de medio propio instrumental de la Administración de la Junta de Andalucía, actuando siempre bajo la planificación, supervisión y evaluación de ésta.

Vistos los antecedentes de hecho, los fundamentos de derecho y las demás normas de general aplicación, a propuesta de la Secretaría General de Innovación, Industria y Energía, esta Viceonsejería, en uso de las atribuciones que tiene conferidas,

RESUELVE

Primero. Objeto.

Encomendar a la Agencia de Innovación y Desarrollo de Andalucía IDEA, entidad instrumental de la Administración de la Junta de Andalucía, de acuerdo con la finalidad y funciones que tienen atribuidas por la Ley 3/1987, de 13 de abril, de creación del Instituto de Fomento de Andalucía y sus Estatutos, en la redacción dada por el Decreto 122/2014, de 26 de agosto, por el que se modifican los estatutos de la Agencia de Innovación y Desarrollo de Andalucía, aprobados por Decreto 26/2007, de 6 de febrero, las actuaciones de apoyo y asistencia de contenido material consistentes en asesoramiento, soporte técnico y ejecución material de los compromisos y actuaciones establecidos por la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo en el Protocolo General y Convenio Específico suscritos con el Ministerio del Interior en materia de infraestructuras críticas.

Segundo. Actuaciones encomendadas.

De manera específica se encomienda a la Agencia IDEA las siguientes actuaciones:

- Diseñar el futuro Centro de Innovación y Tecnología para la Protección de Infraestructuras Críticas.

- Definir y diseñar, en colaboración con el Centro Nacional para la Protección de Infraestructuras Críticas CNPIC, los ejes fundamentales de actuación del CITPIC.

- Gestionar la disponibilidad de suelo para la ubicación del centro en la localidad de Linares, identificando la localización idónea del mismo entre el patrimonio de la Agencia IDEA.

- Determinar las especificaciones físicas y materiales necesarias para el desarrollo de la actividad en el espacio físico elegido.

- Adecuar dicho espacio seleccionado a los requerimientos necesarios para la prestación del servicio, realizando las reformas que fueran oportunas.

- Participar de manera activa en la definición pormenorizada de los contenidos y servicios del CITPIC y sus modelos de explotación y gestión.

- Definir, bajo las directrices de la Consejería, la política de alianzas del CITPIC con otros agentes públicos y privados del sistema de protección de infraestructuras críticas y del sistema andaluz de ciencia-tecnología-ciencia.

- Participar en nombre de la Consejería en todos los foros, comisiones, mesas técnicas y otras instancias relacionadas con el objeto de esta encomienda.

- Diseñar, siempre dentro la normativa de aplicación, el modelo de gestión y explotación del centro, así como establecer los mecanismos de gestión del mismo, buscando el mejor modelo para garantizar su viabilidad y sostenibilidad.

- Buscar fuentes de financiación tanto públicas como privadas para la viabilidad y sostenibilidad del centro.

- Participar en los trabajos y actuaciones necesarios para poner en marcha, en colaboración con la Administración General del Estado, los contenidos del Convenio Específico firmado entre el Ministerio del Interior y la Consejería, utilizando siempre que fuera posible instrumentos de compra pública innovadora.

- Dirigir y coordinar los trabajos y la participación de expertos en los diferentes grupos de trabajo y reuniones sobre protección de infraestructuras críticas necesarios para el desarrollo del Convenio Específico.

- Participar en las actividades de promoción y difusión de la l+D+i en el marco de dicho Convenio.

Tercero. Compromisos y obligaciones de la Agencia.

La Agencia IDEA se compromete a la realización total de las actividades encomendadas conforme a los criterios recogidos en la presente resolución. Para ello, la Agencia IDEA aportará todos los medios humanos y materiales que se precisen, bien sean propios o a través de terceros.

De manera expresa, la Agencia IDEA dará cuenta a la Secretaría General de Innovación, Industria y Energía de la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo, de la marcha de la encomienda, mediante la presentación de informes trimestrales de las actuaciones llevadas a cabo.

La Agencia IDEA designará una persona que actuará como responsable técnico del control y seguimiento general de las actuaciones encomendadas; del correcto funcionamiento de los medios humanos, materiales y organizativos aportados y de su adecuación a los niveles de eficacia, rendimiento y calidad que se determinen por la Secretaría General. En particular, le corresponderá al responsable técnico de esta encomienda:

a) Velar por el cumplimiento de las directrices aprobadas por la Secretaría General de Innovación, Industria y Energía cuanto a los objetivos a alcanzar y las prioridades a aplicar en el desarrollo de las actuaciones encomendadas.

b) La elaboración de un informe de evaluación semestral sobre el desarrollo de los trabajos encomendados, que deberá ser validado por la Secretaría General.

Cuarto. Naturaleza y alcance de la gestión encomendada.

Se encomienda la realización de actividades de carácter material, técnico o de servicios de la competencia de la Secretaría General de Innovación, Industria y Energía, por razones de eficacia y al no poseer los medios técnicos idóneos para su desempeño.

Esta encomienda de gestión no supone cesión de la titularidad de la competencia ni de los elementos sustantivos de su ejercicio, siendo responsabilidad del órgano o entidad encomendante dictar cuantos actos o resoluciones de carácter jurídico den soporte o en los que se integre la concreta actividad material objeto de encomienda.

Quinto. Gestión de costes.

Los gastos en que pudiera incurrir la Agencia IDEA para la realización de las actividades encomendadas serán serán sufragados con cargo a la Subvención Global de Andalucía vinculada al Marco Comunitario de Andalucía 2007-2013, cuya gestión está delegada íntegramente a la Agencia IDEA mediante “Acuerdo entre la Dirección General de Fondos Europeos y la Agencia de Innovación y Desarrollo de Andalucía IDEA de 12 de febrero de 2009, para la gestión de la Subvención Global Innovación-Tecnología-Empresa de Andalucía aprobada en el marco del programa operativo FEDER de Andalucía 2007-2013”.

En dicho Acuerdo se estipula en su 1.2 que “La Dirección General de Fondos Europeos, por el presente Acuerdo, otorga a la Agencia IDEA la atribución de funciones para la gestión de la Subvención Global FEDER Innovación-tecnología-empresa de Andalucía”.

Sexto. Plazo de vigencia.

El plazo de ejecución de la presente encomienda se extenderá desde la fecha de notificación de la misma hasta la finalización de las actuaciones previstas en el convenio de colaboración entre el Ministerio del Interior y la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo, teniendo como fecha límite el final de la vigencia del Protocolo General y el Convenio Específico. En el caso de las actuaciones que tengan financiación procedente de Fondos Europeos, el límite para su ejecución será la que corresponda para la adecuada aplicación de estos fondos.

Estos plazos podrán ser objeto de reducción o prórroga mediante resolución de la persona titular de la Viceconsejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo previa propuesta de la Secretaría General de Innovación, Industria y Energía.

Séptimo. Tratamiento automatizado de datos de carácter personal.

El tratamiento automatizado de datos de carácter personal que pudiera realizarse como consecuencia del desarrollo de la presente Encomienda, se regirá por lo establecido por la legislación vigente al respecto.

Derivada de las actuaciones incluidas en la presente encomienda de gestión la Agencia IDEA tendrá acceso a datos de carácter personal titularidad de la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo o en su caso de la Junta de Andalucía. Se deberá dar cumplimiento estricto a lo especificado en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal y al Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre.

Octavo. Control y evaluación del desarrollo de la actividad.

La persona titular de la Secretaría General de Innovación, Industria y Energía se encargará de dirigir y supervisar en cualquier momento la correcta realización del objeto de la encomienda y, evaluará el desarrollo de la actividad encomendada.

Se faculta a la persona titular de la Secretaría General de Innovación, Industria y Energía para dictar cuantas instrucciones sean necesarias para el desarrollo y ejecución de la presente Resolución.

La presente Resolución podrá ser revocada por el mismo órgano que la dictó, previo informe de la Secretaria General de Innovación Industria y Energía por incumplimientos graves en la ejecución y calidad del servicio.»

Sevilla, 21 de octubre de 2014.- El Secretario General, Vicente Cecilio Fernández Guerrero.

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