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NIG: 1808742M20120000755.
Procedimiento: Juicio Ordinario 742/2012. Negociado: L.
De: Sistemas Técnicos de Encofrados, S.A.
Procuradora: Sra. María del Carmen Adame Carbonell.
Contra: Don Fernando García Sánchez y don Antonio Megías López.
Procuradora: Sra. Cristina López-Villar Suárez.
Letrada: Sra. María Remedios Hernández Mediero.
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
En el procedimiento Juicio Ordinario 742/2012 seguido en el Juzgado de lo Mercantil núm. Uno de Granada, a instancia de Sistemas Técnicos de Encofrados, S.A., contra Fernando García Sánchez y Antonio Megías López, sobre, se ha dictado la sentencia que, copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:
SENTENCIA núm. 365/13
En Granada, a 4 de diciembre de 2013.
Vistos por mí, Enrique Sanjuán y Muñoz, magistrado actuando en el Juzgado de lo Mercantil Uno de Granada, los autos del Juicio Ordinario registrados con el núm. 742/12 inciados por demanda de Sistemas Técnicos de Encofrados, S.A., representado por la Procuradora Sra. Adame y defendido por el Letrado Sr. Casal contra don Fernando García Sánchez, en rebeldía, y don Antonio Megías López representado por la Procuradora Sra. López-Villar y defendido por la Letrada Sra. Hernández, como administradores de la sociedad García Megías Obras y Servicios, S.L., vengo a resolver conforme a los siguientes.
El objeto del procedimiento ha sido reclamación de cantidad en responsabilidad de administradores.
FALLO
Que estimo totalmente la demanda presentada por Sistemas Técnicos de Encofrados, S.A., representada por la Procuradora Sra. Adame y defendida por la Letrada Sra. Casal contra don Fernando García Sánchez, en rebeldía, y don Antonio Megías López representado por la Procurador Sra. López-Villar y defendido por la Letrada Sra. Hernández, como administradores de Ia sociedad García Megías Obras y Servicios, S.L., y en consecuencia:
Primero. Debo condenar y condeno a las demandadas a que paguen solidariamente al actor la cuantía de 13.065, 45 euros más intereses legales conforme a fundamentos de derecho.
Segundo. Con expresa imposición de costas a las demandadas.
Así, por mi resolución, lo pronuncio, mando y firmo.
Enrique Sanjuán y Muñoz. Magistrado.
Notifíquese a las partes haciéndoles saber que contra la presente cabe interponer recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Granada, del que conocerá la Sección especializada en mercantil, Sección 3.ª a interponer por ante este Juzgado en el plazo de veinte días y previo depósitos y tasas exigidos legalmente que habrán de ingresarse en la cuenta de este Juzgado en el procedimiento señalado ut supra. En procesos verbales por cuantía la misma deberá superar los tres mil euros para ser recurrible en apelación. Dicho recurso deberá formularse conforme a lo previsto en el artículo 197 de la LC previa protesta –en su caso– en supuestos concursales.
Y con el fin de que sirva de notificación en forma al demandado don Fernando García Sánchez extiendo y firmo la presente en Granada, a treinta de mayo de dos mil catorce.- El/La Secretario.
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