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Procedimiento: 256/13. Ejecución de títulos judiciales 8/2015. Negociado: 2E.
NIG: 4109144S20130002716.
De: Don Sergio Toledo Marchena.
Contra: Transportes Manuel López e Hijos, S.L.
EDICTO
Doña María Amparo Atares Calavia, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Social núm. Cinco de Sevilla.
Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 8/2015 a instancia de la parte actora don Sergio Toledo Marchena contra Transportes Manuel López e Hijos, S.L., sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado Resolución de fecha 22.1.15 del tenor literal siguiente:
DECRETO nÚM. 317/15
Secretario Judicial doña María Amparo Atares Calavia.
En Sevilla, a doce de mayo de dos mil quince.
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero. Sergio Toledo Marchena ha presentado demanda de ejecución frente a Transportes Manuel López e Hijos, S.L.
Segundo. Se ha dictado auto despachando ejecución en fecha 22.1.15 por un total de 34.099,40 € de principal más la de 6.820 presupuestados para intereses y costas.
Tercero. Consta que la ejecutada Transportes Manuel López e Hijos, S.L., ha sido declarada insolvente en los autos 268/13 de este Juzgado de lo Social en decreto de fecha 6.3.15 y se ha dado la preceptiva audiencia al Fondo de Garantía Salarial.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero. Disponen los arts. 250 y 276 de la L.R.J.S que de no tenerse conocimiento de la existencia de bienes suficientes del ejecutado en los que hacer traba y embargo, se practicarán las averiguaciones procedentes y de ser infructuosas, total o parcialmente, el Secretario Judicial de la ejecución dictará decreto de insolvencia tras oír al Fondo de Garantía Salarial y a la parte actora.
Segundo. Dispone el art. 276.3 de la LRJS que declarada judicialmente la insolvencia de una empresa, ello será base suficiente para estimar su pervivencia en otras ejecuciones, del art. 250 de esta Ley, debiendo darse audiencia al actor y al Fondo de Garantía Salarial para que señalen la existencia de nuevos bienes en su caso. Por ello y vista la insolvencia ya dictada contra la/s ejecutada/s se adopta la siguiente resolución.
Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación,
PARTE DISPOSITIVA
ACUERDO
Declarar al ejecutado Transportes Manuel López e Hijos, S.L., en situación de insolvencia total por importe de 34.099,40 € de principal mas la de 6.820 calculados para intereses y costas, insolvencia que se entenderá a todos los efectos como provisional. Archívese el presente procedimiento y dese de baja en los libros correspondientes.
Notifíquese la presente resolución.
Modo de impugnación: Contra la presente resolución cabe recurso directo de revisión que deberá interponerse ante quien dicta la resolución, en el plazo de tres días hábiles siguientes a la notificación de la misma con expresión de la infracción cometida en la misma a juicio del recurrente, art. 188 LRJS.
El/La Secretario Judicial.
Y para que sirva de notificación al demandado Transportes Manuel López e Hijos, S.L., actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.
En Sevilla, a doce de mayo de dos mil quince.- El/La Secretario/a Judicial.
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