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El Decreto de la Presidenta 12/2015, de 17 de junio, de la Vicepresidencia y sobre reestructuración de Consejerías, en su artículo 9, atribuye a la Consejería de Empleo, Empresa y Comercio las competencias en materia de Formación Profesional para el Empleo anteriormente atribuidas a la Consejería de Educación, Cultura y Deporte.
De conformidad con el Decreto-ley 4/2013, de 2 de abril, por el que se modifica la Ley 4/2002, de creación del Servicio Andaluz de Empleo, en su disposición final segunda, la Consejería de Educación asume la posición jurídica de la Junta de Andalucía en los Consorcios Escuela de Formación.
Los respectivos Estatutos del Consorcio Escuela del Mármol de Fines, del Consorcio Escuela de Hostelería de Cádiz, del Consorcio Escuela de Joyería de Córdoba, del Consorcio Escuela de la Madera de Encinas Reales, del Consorcio Centro de Formación en Artesanía, Restauración y Rehabilitación del Patrimonio Histórico, Artístico y Cultural Albayzín, del Consorcio Hacienda «La Laguna» de Baeza, y del Consorcio Escuela de Formación de Artesanos de Gelves, participados por la Consejería de Empleo, Empresa y Comercio, prevén que la Presidencia de los Consejos Rectores, debe ser ejercida por un representante de la citada Consejería designado por la persona titular de la misma.
Igualmente, los Estatutos prevén la designación por la persona titular de la Consejería de Empleo, Empresa y Comercio, de los vocales de los respectivos Consejos Rectores en representación de la Consejería de Empleo, Empresa y Comercio.
En su virtud, de conformidad con lo establecido en la disposición final segunda del Decreto-ley 4/2013, de 2 de abril, en ejercicio de las competencias atribuidas en el Decreto 210/2015, de 14 de julio, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Empleo, Empresa y Comercio, y de conformidad con lo dispuesto en los respectivos Estatutos de los Consorcios Escuela de Formación,
DISPONGO
Primero. Consorcio Escuela del Mármol de Fines (Almería).
1. Designar como persona titular de la Presidencia del Consejo Rector del Consorcio Escuela del Mármol de Fines (Almería), de conformidad con lo establecido en el artículo 7 de sus Estatutos, aprobados por Orden de la Consejería de Trabajo de 10 de marzo de 1992 (BOJA núm. 22, de 13 de marzo de 1992) y modificados por Acuerdo del Consejo Rector el 9 de junio de 2005 (BOJA núm. 236, de 7 de diciembre de 2006), a la persona titular de la Delegación Territorial de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo en la provincia de Almería.
2. Designar, conforme al mismo artículo de sus Estatutos, a la persona titular de la Secretaría General Provincial, y a las personas titulares de las Jefaturas de Servicio de Formación para el Empleo y de Cooperación Económica y Desarrollo Tecnológico de la Delegación Territorial de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo en la provincia de Almería, y a la persona titular de la Secretaría Provincial, y a las personas titulares de las Jefaturas de Servicio de Intermediación e Inserción Laboral y de Fomento del Empleo de la Dirección Provincial del Servicio Andaluz de Empleo en la provincia de Almería, como vocales del Consejo Rector en representación de la Consejería de Empleo, Empresa y Comercio.
En caso de ausencia o vacante, las personas designadas como vocales podrán sustituirse por responsables de otros servicios o departamentos de la Delegación Territorial de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo o de la Dirección Provincial del Servicio Andaluz de Empleo en la provincia de Almería.
Segundo. Consorcio Escuela de Hostelería de Cádiz.
1. Designar como persona titular de la Presidencia del Consejo Rector del Consorcio Escuela de Hostelería de Cádiz, de conformidad con lo establecido en el artículo 7 de sus Estatutos, aprobados por Orden de la Consejería de Trabajo de 14 de septiembre de 1993, a la persona titular de la Delegación Territorial de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo en la provincia de Cádiz.
2. Designar, conforme al mismo artículo de sus Estatutos, a la persona titular de la Secretaría General Provincial, y a las personas titulares de la Jefatura de Servicio de Industria, Energía y Minas, y de la Jefatura de Servicio de Administración Laboral de la Delegación Territorial de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo en la provincia de Cádiz, como vocales del Consejo Rector, en representación de la Consejería de Empleo, Empresa y Comercio.
En caso de ausencia o vacante, las personas designadas como vocales podrán sustituirse por responsables de otros servicios o departamentos de la Delegación Territorial de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo en la provincia de Cádiz.
Tercero. Consorcio Escuela de Joyería de Córdoba.
1. Designar como persona titular de la Presidencia del Consejo Rector del Consorcio Escuela de Joyería de Córdoba, de conformidad con lo establecido en el artículo 7 de sus Estatutos, aprobados por Orden de la Consejería de Trabajo de 12 de enero de 1993 y modificado por Acuerdo del Consejo Rector de 27 de diciembre de 1996 (BOJA núm. 145, de 16 de diciembre de 1997), a la persona titular de la Delegación Territorial de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo en la provincia de Córdoba.
2. Designar, conforme al mismo artículo de sus Estatutos, a las personas titulares de la Jefatura de Servicio de Formación para el Empleo, de la Jefatura de Servicio de Industria, Energía y Minas, y de la Jefatura de Servicio de Administración Laboral de la Delegación Territorial de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo en la provincia de Córdoba, como vocales del Consejo Rector en representación de la Consejería de Empleo, Empresa y Comercio.
En caso de ausencia o vacante, las personas designadas como vocales podrán sustituirse por responsables de otros servicios o departamentos de la Delegación Territorial de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo en la provincia de Córdoba.
3. Además, formarán parte del Consejo Rector, a propuesta de los órganos de dirección de las centrales sindicales más representativas y organizaciones empresariales, del sector de la joyería de la provincia de Córdoba, dos representantes en calidad de vocales.
Cuarto. Consorcio Escuela de la Madera de Encinas Reales (Córdoba).
1. Designar como persona titular de la Presidencia del Consejo Rector del Consorcio Escuela de la Madera de Encinas Reales, de conformidad con lo establecido en el artículo 7 de sus Estatutos, aprobados por Orden de la Consejería de Trabajo de 22 de julio de 1992 (BOJA núm. 81 de 20 de agosto de 1992) y modificado por Acuerdo del Consejo Rector de 12 de noviembre de 1996 (BOJA núm. 2, de 4 de enero de 1997), a la persona titular de la Delegación Territorial de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo en la provincia de Córdoba.
2. Designar, conforme al mismo artículo de sus Estatutos, a las personas titulares de la Jefatura de Servicio de Formación para el Empleo, de la Jefatura de Servicio de Industria, Energía y Minas, y de la Jefatura de Servicio de Administración Laboral de la Delegación Territorial de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo en la provincia de Córdoba, como vocales del Consejo Rector en representación de la Consejería de Empleo, Empresa y Comercio.
En caso de ausencia o vacante, las personas designadas como vocales podrán sustituirse por responsables de otros servicios o departamentos de la Delegación Territorial de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo en la provincia de Córdoba.
3. Además, formarán parte del Consejo Rector, a propuesta de los órganos de dirección de las centrales sindicales más representativas y organizaciones empresariales del sector de la madera de la provincia de Córdoba, dos representantes en calidad de vocales.
Quinto. Consorcio Centro de Formación en Artesanía, Restauración y Rehabilitación del Patrimonio Histórico, Artístico y Cultural Albayzín (Granada).
1. Designar como persona titular de la Presidencia del Consejo Rector del Consorcio Centro de Formación en Artesanía, Restauración y Rehabilitación del Patrimonio Histórico, Artístico y Cultural Albayzín, de conformidad con lo establecido en el artículo 7 de sus Estatutos, aprobados por Orden de la Consejería de Empleo y Desarrollo Tecnológico de 25 de octubre de 2001, a la persona titular de la Delegación Territorial de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo en la provincia de Granada.
2. Designar, conforme al mismo artículo de sus Estatutos, a las personas titulares de la Jefatura de Servicio de Formación para el Empleo, de la Jefatura de Servicio de Industria, Energía y Minas, y de la Jefatura de Servicio de Comercio de la Delegación Territorial de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo en la provincia de Granada, como vocales del Consejo Rector, en representación de la Consejería de Empleo, Empresa y Comercio.
En caso de ausencia o vacante, las personas designadas como vocales podrán sustituirse por responsables de otros servicios de la Delegación Territorial de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo en la provincia de Granada.
Sexto. Consorcio Hacienda «La Laguna» de Baeza (Jaén).
1. Designar como persona titular de la Presidencia del Consejo Rector del Consorcio Hacienda «La Laguna» de Baeza, de conformidad con lo establecido en el artículo 7 de sus Estatutos, aprobados por Orden de las Consejerías de Trabajo y de Agricultura y Pesca de 29 de octubre de 1992 (BOJA núm. 118, de 17 de noviembre de 1992), y modificados por Orden de las Consejerías de Empleo y Desarrollo Tecnológico y de Agricultura y Pesca de 7 de febrero de 2001 (BOJA núm. 52, de 8 de mayo de 2001), a la persona titular de la Delegación Territorial de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo en la provincia de Jaén.
2. Designar, conforme al mismo artículo de sus Estatutos, a las personas titulares de la Jefatura de Servicio de Formación para el Empleo, de la Jefatura de Servicio de Cooperación Económica y Desarrollo Tecnológico, y de la Jefatura de Servicio de Atención al Ciudadano de la Delegación Territorial de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo en la provincia de Jaén, como vocales del Consejo Rector, en representación de la Consejería de Empleo, Empresa y Comercio.
En caso de ausencia o vacante, las personas designadas como vocales podrán sustituirse por responsables de otros servicios o departamentos de la Delegación Territorial de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo en la provincia de Jaén.
Séptimo. Consorcio Escuela de Formación de Artesanos de Gelves (Sevilla).
1. Designar como persona titular de la Presidencia del Consejo Rector del Consorcio Escuela de Formación de Artesanos de Gelves, de conformidad con lo establecido en el artículo 7 de sus Estatutos, aprobados por Orden de la Consejería de Trabajo de 22 de julio de 1991, a la persona titular de la Delegación Territorial de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo en la provincia de Sevilla.
2. Designar, conforme al mismo artículo de sus Estatutos, a las personas titulares de la Jefatura de Servicio de Formación para el Empleo, de la Jefatura de Servicio de Industria, Energía y Minas, y de la Jefatura de Servicio de Comercio de la Delegación Territorial de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo en la provincia de Sevilla, como vocales del Consejo Rector, en representación de la Consejería de Empleo, Empresa y Comercio.
En caso de ausencia o vacante, las personas designadas como vocales podrán sustituirse por responsables de otros servicios o departamentos de la Delegación Territorial de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo en la provincia de Sevilla.
Octavo. Cese de efectos de anteriores designaciones.
Dejar sin efecto las designaciones efectuadas con anterioridad a la entrada en vigor de la presente Orden para el Consorcio Escuela del Mármol de Fines, el Consorcio Escuela de Hostelería de Cádiz, el Consorcio Escuela de Joyería de Córdoba, el Consorcio Escuela de la Madera de Encinas Reales, el Consorcio Centro de Formación en Artesanía, Restauración y Rehabilitación del Patrimonio Histórico, Artístico y Cultural Albayzín, el Consorcio Hacienda «La Laguna» de Baeza y el Consorcio Escuela de Formación de Artesanos de Gelves.
Noveno. Efectos.
La presente Orden surtirá efectos desde el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 30 de octubre de 2015
JOSÉ SÁNCHEZ MALDONADO | |
Consejero de Empleo, Empresa y Comercio |