Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 222 de 16/11/2015

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 16 de abril de 2015, del Juzgado de Primera Instancia núm. Ocho de Málaga, dimanante de Procedimiento Ordinario núm. 1827/2013. (PP. 1072/2015).

Atención: El texto que se muestra a continuación ha sido extraído de los mismos ficheros que se han utilizado para obtener el fichero PDF correspondiente del BOJA oficial y auténtico, habiéndose suprimido todas las imágenes, ciertas tablas y algunos textos de la versión oficial al existir dificultades de edición. Para consultar la versión oficial y auténtica de esta disposición puede descargarse el fichero PDF firmado de la disposición desde la sede electrónica del BOJA o utilizar el servicio de Verificación de autenticidad con CVE 00068797.

NIG: 2906742C20130040254.

Procedimiento: Procedimiento Ordinario 1827/2013. Negociado: 07.

De: Doña Encarnación Bustamante Jurado y doña María del Mar Sánchez Bustamante.

Procuradora: Sra. Marta María Justicia del Río.

Contra: Fincas Valdemar, S.L.

EDICTO

En el presente procedimiento Procedimiento Ordinario 1827/2013 seguido a instancia de Encarnación Bustamante Jurado y María del Mar Sánchez Bustamante frente a Fincas Valdemar, S.L., se ha dictado sentencia, cuyo tenor literal es el siguiente:

SENTENCIA núm. 243 /14

En la ciudad de Málaga, a cuatro de diciembre de dos mil catorce.

Vistos por doña Isabel María Alvaz Menjíbar, Magistrada Juez del Juzgado de Primera Instancia núm. Ocho de Málaga los autos de juicio ordinario seguidos en este Juzgado con el número 1827/13, a instancia de doña Encarnación Bustamante Jurado y doña María del Mar Sánchez Bustamante representados por la Procuradora doña Marta Justicia del Río y defendido por el Letrado don José Carlos Sánchez Peña contra Fincas Valdemar, S.L., declarada en rebeldía.

Sobre Resolución de Contrato.

FALLO

Que estimando la demanda interpuesta por la Procuradora doña Marta Justicia del Río en nombre y representación de doña Encarnación Bustamante Jurado contra Fincas Valdemar, S.L., debo acordar la resolución del contrato de compraventa suscrito entre las partes con devolución a la actora de la cantidad de 32.196,30 euros.

Más los intereses legales devengados desde la interposición de la demanda, incrementado en dos puntos desde la fecha de la presente resolución. Imponiendo las costas a la parte demandada.

Contra esta resolución cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Málaga (artículo 455 LEC). El recurso se interpondrá por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de veinte días hábiles contados desde el día siguiente de la notificación (artículo 458 LEC).

Para la admisión del recurso deberá efectuarse constitución de depósito en cuantía de 50 euros, debiendo ingresarlo en la cuenta de este Juzgado, número 2959, indicando en las Observaciones del documento de ingreso que se trata de un recurso seguido del código 02 y tipo concreto del recurso, de conformidad con lo establecido en la L.O. 1/2009, de 3 de noviembre, salvo concurrencia de los supuestos de exclusión previstos en el apartado 5.º de la disposición adicional decimoquinta de dicha norma o beneficiarios de asistencia jurídica gratuita. Así por esta sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y encontrándose dicho demandado, Fincas Valdemar, S.L., en paradero desconocido, se expide el presente a fin de que sirva de notificación en forma al mismo.

En Málaga, a dieciséis de abril de dos mil quince.- El/La Secretario/a Judicial.

Descargar PDF