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Procedimiento: Ejecución 142.1/2014. Negociado: C3.
NIG: 2906744S20140001990.
De: Doña Silvia Rodríguez Cuenca.
Contra: Don Miguel Vico Sánchez.
EDICTO
Don Juan Carlos Ruiz Zamora, Secretario Judicial del Juzgado de lo Social núm. Siete de Málaga.
Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 142.1/2014 a instancia de la parte actora Silvia Rodríguez Cuenca contra Miguel Vico Sánchez sobre Ejecución se han dictado Auto y Decreto, ambos de fecha 27.1.2015, cuyas partes dispositivas son del tenor literal siguiente:
PARTE DISPOSITIVA
Que debo rectificar y rectifico el párrafo 2 de la parte dispositiva del Auto de orden general de ejecución de fecha 17 de noviembre de 2014, en el sentido que donde dice: «2. El principal de la ejecución es por 2.463,02 €, más la cantidad de 394,08 presupuestada para intereses y costas, lo que hace un total de 2.857,10 » debe decir: «2. El principal de la ejecución es por 2.799,49 , más la cantidad de 447,91 presupuestada para intereses y costas, lo que hace un total de 3.247,40 ».
Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que, conforme al art. 214 de la LE Civil, no cabe recurso alguno contra la presente resolución, sin perjuicio de los recursos que procedan contra la resolución rectificada (Auto de 17.11.2014).
Así por este Auto, lo acuerdo mando y firma el Ilmo. Sr. don Gonzalo Alonso Sierra, Magistrado-Juez del Juzgado de lo Social núm. Siete de Málaga. Doy fe.
El/La Magistrado-Juez. El/La Secretario/a Judicial.
PARTE DISPOSITIVA
1. Se subsana el error cometido en el primer párrafo de la parte dispositiva del Decreto de medidas de fecha 17.11.2014, en el sentido de donde pone « la suma de 2.463,02 euros en concepto de principal, más la de 394,08 euros calculadas para intereses y costas y gastos», debe sustituirse por «la suma de 2.799,49 euros en concepto de principal, más la de 447,91 euros calculados para intereses y costas y gastos».
2. Se subsanan los siguiente errores del Decreto de declaración de insolvencia provisional de la demandada de fecha 19.12.201:
- En el antecedente de hecho primero, en el sentido de donde pone «el principal de 2.463,02 euros, más 394,08 euros que provisionalmente se presupuestan para intereses legales y costas del procedimiento», debe sustituirse por «el principal de 2.799,49 euros, más 447,91 euros que provisionalmente se presupuestan para intereses legales y costas del procedimiento».
- En la parte dispositiva, en el sentido de donde pone «por importe de 2.463,02 euros de principal, más 394,08 euros que provisionalmente se presupuestan para intereses legales y costas», debe sustituirse por «importe de 2.799,49 euros de principal, más 447,91 euros que provisionalmente se presupuestan para intereses legales y costas».
Notifíquese a las partes, haciéndoles saber que, conforme al art. 214 de la LE Civil, no cabe recurso alguno contra el presente decreto, sin perjuicio de los recursos que procedan contra las resoluciones rectificadas (Decretos de fechas 17.11.2014 y 19.12.2014).
El/La Secretario Judicial.
Y para que sirva de notificación al demandado Miguel Vico Sánchez, actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.
En Málaga, a veintisiete de enero de dos mil quince.- El/La Secretario/a Judicial.
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