Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 98 de 25/05/2015

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 13 de mayo de 2015, del Juzgado de Primera Instancia núm. Seis de Málaga, dimanante de autos núm. 1557/2013.

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NIG: 2906742C20110045246.

Procedimiento: Familia. Modificación medidas supuesto contencioso 1557/2013. Negociado: D.

De: Don Danbrik Coleman.

Procuradora: Sra. Ana José Anaya Berrocal.

Letrado: Sr. Francisco Sánchez Méndez.

Contra: Doña Támara Pastrana Bravo.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento Familia. Modificación medidas supuesto contencioso 1557/2013, seguido en el Juzgado de 1.ª Instancia núm. Seis de Málaga a instancia de don Danbrik Coleman contra doña Támara Pastrana Bravo sobre modificación de medidas, se ha dictado la sentencia que, copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

SENTENCIA núm. 438/15

Málaga, a doce de mayo de dos mil quince.

Vistos por la Iltma. Sra. doña Gloria Muñoz Rosell, Magistrada Juez del Juzgado de Primera Instancia núm. Seis de Málaga, los autos contenciosos de modificación de medidas núm. 1557/13, seguidos a instancias de don Danbrik Coleman, representado por la Procuradora doña Ana José Anaya Berrocal, y defendido por el Letrado don Francisco Sánchez Méndez, contra doña Támara Pastrana Bravo, siendo parte el Ministerio Fiscal, con los siguientes,

FALLO

Estimando la demanda de modificación de medidas, interpuesta por don Danbrik Coleman contra doña Támara Pastrana Bravo, debo declarar y declaro haber lugar a la modificación de las medidas en el sentido de fijar la pensión de alimentos para las dos hijas en la cantidad de doscientos cincuenta (250) euros mensuales, a abonar en la forma y sistema de actualización que viene establecido.

No es procedente la expresa condena en costas a ninguna de las partes, que abonarán cada una las causadas a su instancia y las comunes, por mitad.

Notifíquese la presente resolución a las partes y al Ministerio Fiscal, previniéndoles que contra la misma cabe recuso de apelación ante la llma. Audiencia Provincial de Málaga, a interponer ante este Juzgado en el plazo de veinte días de su notificación y previa la consignación exigida por la legislación vigente.

Así lo pronuncio, mando y firmo.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma a la demandada doña Támara Pastrana Bravo, extiendo y firmo la presente en Málaga, a trece de mayo de dos mil quince.- El/La Secretario.

«En relación a los datos de carácter personal, sobre su confidencialidad y prohibición de transmisión o comunicación por cualquier medio o procedimiento, deberán ser tratados exclusivamente para los fines propios de la Administración de Justicia (ex Ley Orgánica 15/99, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal).»

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