Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 123 de 29/06/2016

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 14 de junio de 2016, del Juzgado de Primera Instancia núm. Diecisiete de Sevilla, dimanante de autos núm. 782/2015.

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NIG: 4109142C20150029389.

Procedimiento; Familia. Divorcio Contencioso 782/2015. Negociado: 2.

De: Dolores Jiménez Collado.

Procurador: Sr. Antonio Candil del Olmo.

Letrado: Sr. Francisco Javier González-Serna Pérez.

Contra: Francisco Navarro Pérez.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento Familia. Divorcio Contencioso 782/2015 seguido en el Juzgado de Primera Instancia núm. Diecisiete de Sevilla a instancia de Dolores Jiménez Collado contra Francisco Navarro Pérez, sobre, se ha dictado la sentencia que, copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

SENTENCIA NÚM. 337/2016

Juez que la dicta: Don Miguel Ángel Gálvez Jiménez.

Lugar: Sevilla.

Fecha: Treinta de mayo de dos mil dieciséis.

Parte demandante: Dolores Jiménez Collado.

Abogado: Francisco Javier González-Serna Pérez.

Procurador: Antonio Candil del Olmo.

Parte demandada: Francisco Navarro Pérez.

Abogado:

Procurador:

FALLO

Que, estimando la demanda de divorcio promovida a instancia de doña Dolores Jiménez Collado contra don Francisco Navarro Pérez, debo declarar y declaro disuelto por divorcio el matrimonio que ambos contrajeron, con los efectos inherentes a tal declaración, acordandose la disolución de la sociedad legal de gananciales.

Todo ello sin expresa condena en costas.

Contra esta resolución cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de 41071-Sevilla (artículo 455 LEC). El recurso se interpondrá por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de veinte días hábiles contados desde el día siguiente de la notificación, limitado a citar la resolución apelada, con expresión de los pronunciamientos que impugna (artículo 458 LEC).

Para la admisión a trámite del recurso previamente deberá efectuarse constitución de depósito en cuantía de 50 euros, debiendo ingresarlo en la cuenta de este Juzgado de Banco Santander núm. 395560000078215, indicando en las Observaciones del documento de ingreso que se trata de un recurso de apelación seguido del código «02», de conformidad en lo establecido en la disposición adicional decimoquinta de la L.O. 6/1985, del Poder Judicial, salvo concurrencia de los supuestos de exclusión previstos en la misma (Ministerio Fiscal, Estado, Comunidades Autónomas, Entidades Locales y organismos autónomos dependientes de todos ellos) o beneficiarios de asistencia jurídica gratuita.

Así por esta sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma al demandado, Francisco Navarro Pérez, extiendo y firmo la presente en Sevilla, a catorce de junio de dos mil dieciséis.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia.

«En relación a los datos de carácter personal, sobre su confidencialidad y prohibición de transmisión o comunicación por cualquier medio o procedimiento, deberán ser tratados exclusivamente para los fines propios de la Administración de Justicia (ex Ley Orgánica 15/99, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal).»

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