Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 189 de 30/09/2016

4. Administración de justicia

Juzgados de lo Mercantil

Edicto de 18 de septiembre de 2015, del Juzgado de lo Mercantil núm. Dos de Sevilla, dimanante de autos núm. 1333/2013. (PP. 2286/2016).

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NIG: 4109142M20130003035.

Procedimiento: Juicio Ordinario 1333/2013. Negociado: 01.

De: Hilti Española, S.A.U.

Procuradora: Sra. María Dolores Viñals Álvarez.

Contra: Don José Manuel Benavides González y Tuberías Industriales Benavides, S.L.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento Juicio Ordinario 1333/2013, seguido en eI Juzgado de lo Mercantil núm. Dos de Sevilla a instancia de Hilti Española, S.A.U., contra José Manuel Benavides González y Tuberías Industriales Benavides, S.L., sobre, se ha dictado la sentencia que, copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

Juzgado de lo Mercantil número Dos de Sevilla

Procedimiento: Juicio Ordinario 1333/2013.

Magistrado: Don Pedro Márquez Rubio.

Demandante: Hilti Española, S.A.

Procurador: Sr. Viñals Álvarez.

Letrado: Sr. Trapote Fernández.

Demandados: Tuberías Industriales Benavides, S.L.

Don José Manuel Benavides González.

En situación de rebeldía procesal.

SENTENCIA NÚM. 82/2015

F A L L O

Que, estimando parcialmente la demanda interpuesta por la representación procesal de Hilti Española, S.A.:

1. Absuelvo a don José Manuel Benavides González de los pedimentos formulados de contrario.

2. Condeno a Tuberías Industriales Benavides, S.L., a abonar a la actora la cantidad de siete mil novecientos treinta y cinco euros con tres céntimos de euro (7.935,03 €), más los intereses legales en el modo explicitado en el penúltimo fundamento de derecho de la presente resolución.

Se imponen a la parte demandada las costas causadas en el presente procedimiento.

Notifíquese esta resolución a las partes de este procedimiento haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Sevilla (artículo 455 de la Ley de Enjuiciamiento Civil). El recurso de apelación se interpondrá ante el tribunal que haya dictado la resolución que se impugne dentro del plazo de veinte días contados desde el día siguiente a la notificación de aquélla (artícu- lo 458.1 de la Ley de Enjuiciamiento Civil).

Para la admisión a trámite del recurso previamente deberá efectuarse constitución de depósito en cuantía de 50 euros, debiendo ingresarlo en la cuenta de este Juzgado de Banesto núm. 4665 0000 00 133313, indicando en las Observaciones del documento de ingreso que se trata de un recurso de apelación seguido del código «02», de conformidad en lo establecido en la disposición adicional decimoquinta de la L.O. 6/1985, del Poder Judicial, salvo concurrencia de los supuestos de exclusión previstos en la misma (Ministerio Fiscal, Estado, Comunidades Autónomas, Entidades Locales y organismos autónomos dependientes de todos ellos) o beneficiarios de asistencia jurídica gratuita.

Así por esta sentencia, de la que se unirá testimonio literal a los autos, la pronuncia, manda y firma don Pedro Márquez Rubio, Magistrado de Refuerzo del Juzgado de lo Mercantil número Dos de Sevilla. Doy fe.

E.-

Y con el fin de que sirva de notificación en forma a los demandados, José Manuel Benavides González y Tuberías Industriales Benavides, S.L., extiendo y firmo la presente en Sevilla, a dieciocho de septiembre de dos mil quince.- El/La Secretario/a.

«En relación a los datos de carácter personal, sobre su confidencialidad y prohibición de transmisión o comunicación por cualquier medio o procedimiento, deberán ser tratados exclusivamente para los fines propios de la Administración de Justicia (ex Ley Orgánica 15/99, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal).»

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