Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 120 de 26/06/2017

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 12 de junio de 2017, del Juzgado de Primera Instancia núm. Cinco de Málaga, dimanante de autos núm. 1086/2016.

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NIG: 2906742C20160023154.

Procedimiento: Familia. Divorcio Contencioso 1086/2016. Negociado: IA.

Sobre: Divorcio contencioso.

De: Don Jesús Fernández Moreno.

Procuradora: Sra. Úrsula Cabezas Manjavacas.

Letrado: Sr. Ignacio Ochoa de Retana Gómez de Uribarri.

Contra: Doña Yasnely Acon Zayas.

EDICTO

En el presente procedimiento Familia. Divorcio Contencioso 1086/2016, seguido a instancia de Jesús Fernández Moreno frente a Yasnely Acon Zayas se ha dictado sentencia, cuyo tenor literal es el siguiente:

FALLO

Estimar la demanda de divorcio interpuesta por don Jesús Fernández Moreno contra doña Yasnely Acon Zayas, y en consecuencia debo acordar y acuerdo la disolución del matrimonio por divorcio de los expresados con todos los efectos legales, abonando cada parte sus propias costas.

Comuníquese esta sentencia una vez firme al Registro Civil donde conste inscrito el matrimonio de los sujetos del pleito.

Contra esta Resolución cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Málaga (artículo 455 LEC). El recurso se interpondrá por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de veinte días hábiles contados desde el día siguiente de la notificación, limitado a citar la resolución apelada, con expresión de los pronunciamientos que impugna (artículo 458 LEC).

Y encontrándose dicho demandado, Yasnely Acon Zayas, en paradero desconocido, se expide el presente a fin que sirva de notificación en forma al mismo.

En Málaga, a doce de junio de dos mil diecisiete.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia.

«En relación a los datos de carácter personal, sobre su confidencialidad y prohibición de transmisión o comunicación por cualquier medio o procedimiento, deberán ser tratados exclusivamente para los fines propios de la Administración de Justicia (ex Ley Orgánica 15/99, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal).»

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