Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 14 de 23/01/2017

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia e Instrucción

Edicto de 23 de noviembre de 2016, del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. Cuatro de Estepona, dimanante de autos núm. 926/2007. (PP. 67/2017).

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NIG: 2905142C20070003942.

Procedimiento: Procedimiento Ordinario 926/2007. Negociado: MB.

Sobre: Reclamación de cantidad.

De: Marinas del Mediterráneo, S.A.

Procurador: Sr. Luis Mayor Moya.

Contra: Richard Shea Spain, S.L.

EDICTO

En el presente procedimiento Procedimiento Ordinario 926/2007, seguido a instancia de Marinas del Mediterráneo, S.A., frente a Richard Shea Spain, S.L., se ha dictado sentencia, cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal es el siguiente:

SENTENCIA NÚM.

En Estepona, a catorce de julio de dos mil diez.

La Sra. doña Mariana Peregrina Blanco, Juez del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. Cuatro de Estepona y su partido, habiendo visto los presentes autos de Procedimiento Ordinario 926/2007 seguidos ante este Juzgado, entre partes, de una como demandante Marinas del Mediterráneo, S.A., con Procurador don Mayor Moya, Luis, y Letrado/a don/doña; y de otra como demandado Richard Shea Spain, S.L., con Procurador/a don/doña; y Letrado/a don/doña; sobre Reclamación de cantidad, y...

FALLO

Que estimando íntegramente la demanda formulada por el Procurador de los Tribunales don Luis Mayor Moya, en nombre de Marinas del Mediterráneo, S.A., contra Richard Shea Spain, S.L., debo condenar y condeno a esta última a que, firme esta resolución, abone a la citada parte actora la cantidad de 5.855,14 € (cinco mil ochocientos cincuenta y cinco euros con catorce céntimos) en concepto de tarifas por servicios comunes y recargos correspondientes devengados a fecha 16 de mayo de 2007, así como al pago de las que, con posterioridad a dicha fecha, se devenguen, más los intereses legales de dicha cantidad y al de las costas procesales devengadas.

Contra esta resolución cabe recurso de apelación, que se interpondrá por escrito ante este Juzgado en término de cinco días.

Para la admisión del recurso deberá efectuarse constitución de depósito en cuantía de 50 euros, debiendo ingresarlo en la cuenta de este Juzgado, indicando en las Observaciones del documento de ingreso que se trata de un recurso seguido del código 02 y tipo concreto del recurso, de conformidad con lo establecido en la L.O. 1/2009, de 3 de noviembre, salvo concurrencia de los supuestos de exclusión previstos en el apartado 5.º de la disposición adicional decimoquinta de dicha norma o beneficiarios de asistencia jurídica gratuita.

Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Publicación. Leída y publicada fue la anterior Sentencia por el/la Sr./Sra. Juez que la suscribe, estando celebrando audiencia pública en el mismo día de su fecha, doy fe en Estepona.

Y encontrándose dicho demandado, Richard Shea Spain, S.L., en paradero desconocido, se expide el presente a fin de que sirva de notificación en forma al mismo.

En Estepona, a veintitrés de noviembre de dos mil dieciséis.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia.

«En relación a los datos de carácter personal, sobre su confidencialidad y prohibición de transmisión o comunicación por cualquier medio o procedimiento, deberán ser tratados exclusivamente para los fines propios de la Administración de Justicia (ex Ley Orgánica 15/99, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal).»

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