Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 223 de 21/11/2017

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 12 de septiembre de 2017, del Juzgado de Primera Instancia núm. Uno de Málaga, dimanante de procedimiento juicio verbal núm. 380/2015. (PP. 2848/2017).

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NIG: 2906742C20150008110.

Procedimiento: Juicio Verbal (250.2) 380/2015. Negociado: 8.

Sobre: Otros. Reclamación de cantidad.

De: Comunidad Propietarios calle Magistrado Salvador Barberá, núm. 5.

Procurador: Sr. Rafael Rosa Cañadas.

Letrada: Sra. Pilar Amada Espejo Zurita.

Contra: Antonia Muñoz Heredia, María del Carmen Rolando Muñoz, Antonio Rolando Muñoz, Rosa Rolando Muñoz, Jorge Gabriel Rolando Muñoz y Miguel Rolando Muñoz.

EDICTO

En el presente procedimiento Juicio Verbal (250.2) 380/2015 seguido a instancia de Comunidad Propietarios, calle Magistrado Salvador Barberá, núm. 5, frente a Antonia Muñoz Heredia, María del Carmen Rolando Muñoz, Antonio Rolando Muñoz, Rosa Rolando Muñoz, Jorge Gabriel Rolando Muñoz y Miguel Rolando Muñoz, se ha dictado sentencia, cuyo tenor literal es el siguiente:

«SENTENCIA NÚM. 45/2015

Juez que la dicta: Doña Dolores Ruiz Jiménez.

Lugar: Málaga.

Fecha: Nueve de abril de dos mil quince.

Parte demandante: Comunidad de Propietarios, calle Magistrado Salvador Barberá, núm. 5.

Abogada: Pilar Amada Espejo Zurita.

Procurador: Rafael F. Rosa Cañadas.

Parte demandada: Antonia Muñoz Heredia, María del Carmen Rolando Muñoz, Antonio Rolando Muñoz, Rosa Rolando Muñoz, Jorge Gabriel Rolando Muñoz y Miguel Rolando Muñoz.

Objeto del juicio: Reclamación de cantidad (LPH).

FALLO

Que estimando la demanda deducida por el Procurador Sr. Rafael F. Rosa Cañadas, en nombre y representación de Comunidad de Propietarios calle Magistrado Salvador Barberá, núm. 5, contra Antonia Muñoz Heredia, María del Carmen Rolando Muñoz, Antonio Rolando Muñoz, Rosa Rolando Muñoz, Jorge Gabriel Rolando Muñoz y Miguel Rolando Muñoz, rebelde, debo condenar y condeno a la parte demandada a pagar a la actora de la cantidad de 1.299,96 euros de principal, más los intereses legales correspondientes y las costas procesales causadas, si las hubiere.

Contra esta resolución no cabe recurso de apelación por aplicación de lo dispuesto en el art. 455.1 de la LEC tras la redacción dada por la Ley 37/2011, de 10 de octubre, de medidas de agilización procesal (BOE de 11 de octubre de 2011).

Así por esta sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.»

Y encontrándose dicho demandado Jorge Gabriel Rolando Muñoz y los herederos y causahabientes de los demandados fallecidos Antonia Muñoz Heredia, Antonio Rolando Muñoz y Miguel Rolando Muñoz, en paradero desconocido, se expide el presente a fin que sirva de notificación en forma a los mismos.

En Málaga, a doce de septiembre de dos mil diecisiete.- La Letrada de la Administración de Justicia.

«En relación a los datos de carácter personal, sobre su confidencialidad y prohibición de transmisión o comunicación por cualquier medio o procedimiento, deberán ser tratados exclusivamente para los fines propios de la Administración de Justicia (ex Ley Orgánica 15/99, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal).»

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