Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 226 de 24/11/2017

3. Otras disposiciones

Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio

Orden de 16 de noviembre de 2017, por la que se aprueba el deslinde parcial del monte público «Montes del Puerto La Mora», código de la Junta de Andalucía GR-11108-JA, propiedad de la Comunidad Autónoma de Andalucía y situado en el término municipal de Huétor Santillán, provincia de Granada.

Atención: El texto que se muestra a continuación ha sido extraído de los mismos ficheros que se han utilizado para obtener el fichero PDF correspondiente del BOJA oficial y auténtico, habiéndose suprimido todas las imágenes, ciertas tablas y algunos textos de la versión oficial al existir dificultades de edición. Para consultar la versión oficial y auténtica de esta disposición puede descargarse el fichero PDF firmado de la disposición desde la sede electrónica del BOJA o utilizar el servicio de Verificación de autenticidad con CVE 00125354.

Expte. MO/00204/2015.

Visto el expediente núm. MO/00204/2015 del monte público «Montes del Puerto La Mora», código de la Junta de Andalucía GR-11108-JA, propiedad de la Comunidad Autónoma de Andalucía y situado en el término municipal de Huétor Santillán, provincia de Granada, resultan los siguientes

HECHOS

1. El expediente MO/00204/2015, de deslinde parcial del monte público «Montes del Puerto La Mora», surge ante la necesidad de esclarecer de forma exacta el perímetro del monte público en su límite noroeste, concretamente desde la unión de los términos municipales de Nívar, Cogollos Vega y Huétor Santillán hasta el mojón número 76 del amojonamiento del antiguo monte público «La Ermita y Otras» GR-10500-JA (actualmente parte del monte público «Montes del Puerto La Mora» GR-11108-JA).

2. Mediante Orden de 5 de diciembre de 2015, el Consejero de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio acordó el inicio del deslinde administrativo de dicho monte, y habiéndose acordado que la operación de deslinde se realizase por el procedimiento ordinario según recoge el Decreto 208/1997, de 9 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento Forestal de Andalucía, se notificó el anuncio de Orden de inicio a todos los afectados, y se publicó en el tablón de anuncios de los Ayuntamientos de Nívar, Cogollos Vega y Huétor Santillán, en el Boletín Oficial de la Provincia de Granada núm. 246, de 24 de diciembre de 2015, y en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía núm. 245, de de 21 de diciembre de 2015.

3. Los trabajos materiales de deslinde, previos los anuncios, avisos y comunicaciones reglamentarias, se iniciaron el 22 de junio de 2016, notificándose dicha circunstancia a todos los afectados, siendo asimismo publicado el citado extremo en el Boletín Oficial de la Provincia de Granada núm. 81, de 29 de abril de 2016, en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía núm. 76, de 22 de abril de 2016, y en el tablón de anuncios de los Ayuntamientos de Nívar, Cogollos Vega y Huétor Santillán. Para ello, se tomaron como base de trabajo los informes y valoraciones de las fincas objeto del presente deslinde previos a su adquisición, las escrituras de compraventa por el Patrimonio Forestal del Estado, los planos levantados por el Servicio Hidrológico Forestal, los certificados y las cédulas catastrales históricas, el deslinde de términos municipales entre los municipios de Cogollos Vega y Huétor Santillán y la documentación aportada por los interesados.

4. Durante los días 22 de junio, 13 de julio y 10 de agosto de 2016 se llevaron a cabo las operaciones materiales de deslinde, colocándose un total de 58 piquetes que definen el lindero noroeste del monte público. En las correspondientes actas se recogieron las manifestaciones efectuadas por los interesados.

5. Anunciado el periodo de vista y audiencia del expediente en el Boletín Oficial de la Provincia de Granada núm. 231, de 2 de diciembre de 2016, en el tablón de anuncios de los Ayuntamientos de Nivar, Cogollos Vega y Huétor Santillán, de la provincia de Granada y notificado a los interesados, se recibieron alegaciones por parte de un particular. Las alegaciones fueron desestimadas en base a los fundamentos de hecho y derecho expuestos en el informe de alegaciones del ingeniero operador, emitido el 11 de mayo de 2017, que obra en el expediente. Dado que este acto no se publica en su integridad, de conformidad con lo previsto en el artículo 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (de aplicación al presente expediente conforme a la disposición transitoria tercera de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas). Dicho informe se encuentra a disposición, junto al resto de la documentación del expediente, en la Delegación Territorial en Granada de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio.

6. Con fecha 17 de octubre de 2017 se emite informe núm. 18PI00170/17 por los Servicios Jurídicos del Gabinete Jurídico de la Junta de Andalucía en la provincia de Granada, concluyendo lo siguiente: «A la vista del contenido del expediente administrativo remitido a este Servicio Jurídico Provincial, teniendo en cuenta los preceptos y criterios antes mencionados, examinadas las alegaciones formuladas, procede concluir la regularidad del procedimiento de deslinde parcial del Monte Público “Montes del Puerto de la Mora”, Código de la Junta de Andalucía GR-11108-JA, titularidad de la comunidad Autónoma de Andalucía, situado en el término municipal de Huétor Santillán, así como la correcta desestimación de las alegaciones planteadas durante las operaciones materiales de apeo, y durante los trámites de vista y audiencia del expediente, en virtud de los argumentos contenidos en el cuerpo del presente informe».

A los anteriores hechos les resultan de aplicación las siguientes

NORMAS

Ley 2/1992, de 15 de junio, Forestal de Andalucía, Decreto 208/1997, de 9 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento Forestal de Andalucía, Decreto 485/1962, de 22 de febrero, que aprueba el Reglamento de Montes, Ley 43/2003, de 21 de Noviembre, de Montes, y Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, de aplicación al presente expediente conforme a la disposición transitoria tercera de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y demás legislación aplicable al caso.

A la vista de lo anterior, esta Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio

RESUELVE

1.º Aprobar el expediente MO/00204/2015, de deslinde parcial del monte público «Montes del Puerto La Mora», código de la Junta de Andalucía GR-11108-JA, propiedad de la Comunidad Autónoma de Andalucía y situado en el término municipal de Huétor Santillán, provincia de Granada, de acuerdo con las actas, planos e informes técnicos y jurídicos que obran en el expediente, y registro topográfico que se incorpora en el Anexo.

2.º Que una vez firme la Orden de aprobación se proceda a realizar las modificaciones pertinentes en el Catálogo de Montes de Andalucía, sin perjuicio de posteriores rectificaciones en base a nuevos deslindes, sentencias judiciales o nueva documentación, quedando el monte descrito en el mismo como a continuación se detalla:

Monte público: Montes del Puerto La Mora.

Código: GR-11108-JA.

Pertenencia: Comunidad Autónoma de Andalucía.

Término municipal: Huétor Santillán.

Provincia: Granada.

Límites:

A continuación se procede a la descripción de los límites de los seis lotes que a día de hoy componen el monte público «Montes del Puerto La Mora», siendo solo una parte del Lote I objeto del presente expediente de deslinde parcial.

Lote I.

Norte: Término municipal de Cogollos Vega, coincidiendo en parte con el monte público «Sierras de Cogollos Vega» (GR-30021-AY), propiedad del Ayuntamiento de Cogollos Vega, hasta llegar al vértice geodésico denominado «Majalijar», desde donde se continúa por los «Altos de Majalijar», «Las Buitreras» y desde aquí hasta los tajos que hacen de divisoria entre la finca de naturaleza rústica propiedad particular conocida como «Cortijo de Majalijar» y las fincas propiedad de la Comunidad Autónoma de Andalucía conocidas como «Cortijo Nuevo, Chorreras y Santo Vito y Palacios» y «Cortijo de las Mimbres». Se continúa por los mencionados tajos hasta una pequeña vaguada desde donde se toma dirección noreste para buscar los tajos que dan al barranco conocido como «Majalijar». Se cruza el mencionado barranco y se continúa en dirección sureste hasta llegar hasta una alineación de rocas que asciende hasta el mojón número 76 del amojonamiento del antiguo monte «La Ermita y Otras» aprobado por Orden de 29 de Octubre de 2009 (el lindero descrito hasta este punto coincide con parte del tramo replanteado del límite de términos entre Cogollos Vega y Huétor Santillán entre los piquetes 1 y 2 y desde éste al piquete 58 del presente deslinde). Desde aquí el monte colinda con la finca de titularidad particular conocida como «Cortijo de Majalijar», monte público «Sierra Umbría», propiedad del Ayuntamiento de Iznalloz y situado en el término municipal de Iznalloz y fincas de propiedad privada de naturaleza rústica, el «Cortijo del Collado del Agua», «Tomaina», las de «Prado Negro» y las de «Pedro Andrés» del término municipal de Huétor Santillán.

Este: Monte público «Peña Cabrera, Holopos y Sillar Baja» (GR-11512-AY), situados en el término municipal de Diezma y propiedades particulares de naturaleza rústica del mismo término tales como las «Veguillas del Peral» y «Cortijo de Rías» y propiedades particulares de naturaleza rústica del término de Huétor Santillán conocidas como «Rías», «Cerro del Calabocino», «Rambla de la Sanguilla», «Pradillo de Granada» y «Loma del Carril».

Sur: Montes públicos «Monte del Pueblo» (GR-50001-AY), en el término municipal de Quéntar, «Dehesa de Beas» (GR-10029-JA), en el término municipal de Beas de Granada y propiedades particulares de naturaleza rústica situadas en los parajes conocidos como «Mimbre», «Retamar» en Beas de Granada, «Llano del mojón», «Colmenar», monte público «Cruz Baja» (GR-30090-AY) y propiedades particulares de naturaleza rústica situadas en el paraje conocido como «Cerrillo» del término municipal de Huétor Santillán, «Acequia de Huétor Santillán» y «Acequia del Haza del Rey».

Oeste: Montes públicos «Puerto Lobo» (GR-11002-JA) y «Sierras de Víznar» (GR-30018-AY), en el término municipal de Víznar, «Dehesa de la Alfaguara» (GR-30011-AY), en el término municipal de Alfacar, propiedades particulares de naturaleza rústica conocidas como «Cortijo de Carifaquín» y «Cañada Real de Cogollos Vega a Alfacar» en el término municipal de Nivar y término municipal de Cogollos Vega, coincidente en parte con la «Cañada Real de la Atalaya» y el monte público «Sierras de Cogollos Vega» (GR-30021-AY) (el replanteo del límite de términos entre Cogollos Vega y Huétor Santillán llevado a cabo entre los piquetes 1 y 2 del presente deslinde parcial se correspondería con parte de este último lindero).

Lote II.

Norte: Propiedades particulares de naturaleza rústica del paraje denominado «Cerro de las Pilas» y «Fuente de la Víbora», del término municipal de Huétor Santillán.

Este: Autovía A-92.

Sur: Autovía A-92 y propiedades particulares de naturaleza rústica del paraje denominado «Fuente de la Víbora» del término municipal de Huétor Santillán.

Oeste: Propiedades particulares de naturaleza rústica del paraje denominado «Fuente de la Víbora», del término municipal de Huétor Santillán.

Lote III.

Norte: Propiedades particulares de naturaleza rústica del paraje denominado «Fuente de la Víbora», del término municipal de Huétor Santillán.

Este: Autovía A-92.

Sur: Autovía A-92 y propiedades particulares de naturaleza rústica del paraje denominado «Cerro de los Pollos», del término municipal de Huétor Santillán.

Oeste: Propiedades particulares de naturaleza rústica del paraje denominado «Fuente de la Víbora», del término municipal de Huétor Santillán.

Lote IV.

Norte: Monte público «Puerto Lobo» (GR-11002-JA) y propiedades particulares de naturaleza rústica del paraje denominado «Sierra», en el término municipal de Víznar y propiedades particulares de naturaleza rústica del paraje denominado «Bordes», en el término municipal de Huétor Santillán.

Este: Propiedades particulares de naturaleza rústica del paraje denominado «Bordes», en el término municipal de Huétor Santillán.

Sur: Autovía A-92.

Oeste: Monte público «Puerto Lobo» (GR-11002-JA), en el término municipal de Víznar.

Lote V.

Norte: Autovía A-92.

Este: Propiedades particulares de naturaleza rústica del paraje denominado «Haza del Rey», en el término municipal de Huétor Santillán.

Sur: Propiedades particulares de naturaleza rústica del paraje denominado «Haza del Rey», en el término municipal de Huétor Santillán.

Oeste: Autovía A-92.

Lote VI.

Norte: Monte público «Puerto Lobo» (GR-11002-JA), en el término municipal de Víznar y Autovía A-92.

Este: Autovía A-92.

Sur: Propiedades particulares de naturaleza rústica del paraje denominado «Cerro Señorico», en el término municipal de Víznar.

Oeste: Monte público «Puerto Lobo» (GR-11002-JA), en el término municipal de Víznar.

3.º Que una vez aprobado este deslinde se proceda a su amojonamiento.

4.º Que se proceda a la cancelación de las anotaciones preventivas de deslinde realizadas según lo establecido en el artículo 127.4 del Reglamento de Montes, aprobado mediante el Decreto 485/1962, de 22 de febrero.

5.º Que estando formado el monte público por múltiples fincas registrales e inscrito en el Registro de la Propiedad núm. 5 de Granada, a favor de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y siendo las fincas afectadas por el deslinde parcial del monte público las siguientes:

NOMBRE FINCA TOMO LIBRO FOLIO ALTA
«Cortijo de Linillos» 384 2212 56 113 12ª
«Cortijo de la Gallega» 386 2212 56 115 14ª
«Cortijo Nuevo, Las Chorreras, Santo Vivo y Palacios» 1470 2049 52 53
«Cortijo de las Mimbres» 390 2212 56 123 13ª

Una vez sea firme la aprobación del deslinde y en virtud del artículo 133 del Reglamento de Montes, aprobado mediante el Decreto 485/1962, de 22 de febrero, se proceda a inscribir en el Registro de la Propiedad núm. 5 de Granada el expediente MO/00204/2015, de deslinde parcial del monte público «Montes del Puerto La Mora», en cuanto a las fincas registrales que se ven afectadas por el mismo, con cada uno de los piquetes de deslinde que se detallan en las correspondientes actas e informe del ingeniero operador que obran en el expediente, manteniendo las fincas afectadas las superficies registrales y quedando descritas con los siguientes linderos:

«Cortijo de Linillos», inscrita en el Tomo 2212, Libro 56, Folio 113, Finca número 384, inscripción 12.ª Los linderos de la finca son:

Norte: Con el término municipal de Cogollos Vega y Cortijo denominado de la Gallega.

Sur: Con la Vereda de la Sierra.

Este: Con el Cortijo de la Gallega.

Oeste: Con los términos municipales de Cogollos Vega y Nivar.

«Cortijo de la Gallega», inscrita en el Tomo 2212, Libro 56, Folio 115, Finca número 386, inscripción 14.ª Los linderos de la finca son:

Norte: Con el término municipal del Cogollos Vega hasta llegar al vértice geodésico denominado «Majalijar», con la finca de naturaleza rústica propiedad particular conocida como «Cortijo de Majalijar» y la finca propiedad de la Comunidad Autónoma de Andalucía denominada «Cortijo Nuevo, Chorreras, Santo Vivo y Palacios».

Sur: Con los nombrados de Florencia y Linillos.

Este: Con la finca propiedad de la Comunidad Autónoma de Andalucía denominada «Cortijo Nuevo, Chorreras, Santo Vivo y Palacios».

Oeste: Con terrenos de dicho Cortijo, de «Los Linillos».

«Cortijo Nuevo, Chorreras, Santo Vivo y Palacios», que se corresponde con la finca número 1470, inscrita en el Tomo 2049, Libro 52, Folio 53, Inscripción 4.ª

Norte: Desde la «Peña de Majalijar», Cortijo de las Mimbres propiedad de la Comunidad Autónoma de Andalucía hasta el cerrillo Redondo y con el antiguo monte público «La Ermita y Otras» (GR-10500-JA), deslindado por Orden de 3 de marzo de 2008 y amojonado por Orden de 29 de octubre de 2009, hoy parte del monte público «Montes del Puerto La Mora» (GR-11108-JA), propiedad de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Este: Con la finca Umbría de Don Felipe Alba, cortijo de correas, finca la Rinconada que la separa la carretera de Murcia y Monte de los Baldíos del Patrimonio Forestal Estado.

Sur: Con terrenos de Don José Higueras.

Oeste: Con el monte de la Mora del Patrimonio Forestal del Estado, Cortijillo del Chorrillo de Doña Ana Sánchez Gallardo, Cortijo de Florencia del Patrimonio Forestal del Estado y Monte la Gallega del Patrimonio Forestal del Estado.

«Cortijo de las Mimbres», inscrita en el Tomo 2212, Libro 56, Folio 123, Finca número 390, inscripción 13.ª Los linderos de la finca son:

Este: Con el Cortijo de Despeñaperros propio de los Señores Alba Romero.

Sur: Terrenos del Cortijo Nuevo, propiedad de Don Gregorio Fernández Moreno.

Oeste: la finca propiedad de la Comunidad Autónoma de Andalucía denominada «Cortijo Nuevo, Chorreras, Santo Vivo y Palacios» y con la finca de naturaleza rústica propiedad particular conocida como «Cortijo de Majalijar»

Norte: Con la finca de naturaleza rústica propiedad particular conocida como «Cortijo de Majalijar» y con el antiguo monte público «La Ermita y Otras» (GR-10500-JA),  deslindado por Orden de 3 de marzo de 2008 y amojonado por Orden de 29 de octubre de 2009, hoy parte del monte público «Montes del Puerto La Mora» (GR-11108-JA), propiedad de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

El registro topográfico del expediente MO/00204/2015 se adjunta como Anexo a la presente Orden.

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, potestativamente, recurso de reposición ante el mismo órgano que la dictó en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a la fecha de recepción de la misma o de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía; o bien directamente recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses contados de igual forma que el punto anterior, ante la Sala competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, de acuerdo con lo previsto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y 10.1.a) y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Quedará expedita la acción ante los Tribunales ordinarios, cuando se hubieran suscitado en forma, dentro del expediente de deslinde, cuestiones relacionadas con el dominio del monte, o cualesquiera otras de índole civil.

Sevilla, 16 de noviembre de 2017

JOSÉ GREGORIO FISCAL LÓPEZ
Consejero de Medio Ambiente
y Ordenación del Territorio

ANEXO

REGISTRO TOPOGRÁFICO DEL EXPTE. MO/00204/2015

COORDENADAS UTM (HUSO 30, ZONA S)

DATUM: EUROPEAN TERRESTRIAL REFERENCE SYSTEM 1989 (ETRS89)

PIQUETE COORD. X (m) COORD. Y (m)
1 455212,61 4126127,90
2 456497,55 4128877,42
3 456512,30 4128921,69
4 456545,50 4128969,32
5 456572,82 4128990,29
6 456613,86 4129005,66
7 456655,56 4129023,61
8 456684,31 4129025,31
9 456727,87 4128948,54
10 456777,98 4128928,18
11 456922,60 4128757,27
12 456944,16 4128751,57
13 457059,85 4128812,76
14 457073,75 4128827,56
15 457123,59 4128865,28
16 457197,81 4128900,45
17 457276,74 4128980,10
18 457297,88 4128970,25
19 457310,73 4128994,04
20 457381,27 4129013,62
21 457392,82 4129050,96
22 457406,43 4129063,47
23 457471,92 4129034,60
24 457488,98 4129059,43
25 457503,61 4129054,94
26 457532,21 4129073,17
27 457572,68 4129107,67
28 457601,53 4129108,94
29 457625,20 4129119,17
30 457638,31 4129126,22
31 457656,30 4129137,78
32 457688,80 4129142,25
33 457732,65 4129164,12
34 457751,69 4129250,81
35 457777,91 4129286,19
36 457806,65 4129331,56
37 457813,60 4129342,94
38 457819,11 4129358,02
39 457834,02 4129359,53
40 457847,93 4129354,98
41 457857,44 4129354,78
42 457875,31 4129384,62
43 457880,00 4129394,32
44 457898,20 4129413,63
45 457896,63 4129442,15
46 457897,58 4129455,81
47 457916,14 4129470,19
48 457929,95 4129493,33
49 457940,37 4129508,65
50 458009,82 4129462,75
51 458020,09 4129469,40
52 458041,80 4129486,05
53 458047,72 4129487,58
54 458051,80 4129489,22
55 458050,26 4129499,43
56 458059,01 4129520,22
57 458077,73 4129527,51
58* 458117,99 4129551,30

* Mojón 76 del amojonamiento del monte público «La Ermita y Otras», GR-10500-JA

Descargar PDF