Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 245 de 26/12/2017

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia e Instrucción

Edicto de 30 de agosto de 2017, del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. Tres de Roquetas de Mar, dimanante de autos núm. 253/2015. (PP. 3471/2017).

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NIG: 0407942C20150001821.

Procedimiento: Procedimiento Ordinario 253/2015. Negociado: T2.

De: Banque PSA Finance sucursal en España, S.A.

Procurador: Sr. Salvador Martín Alcalde.

Contra: Doña Marta Susana del Valle Jubany y Rodrigo Fabián Cantaro.

EDICTO

En el presente procedimiento Procedimiento Ordinario 253/2015 seguido a instancia de Banque PSA Finance sucursal en España, S.A., frente a Marta Susana del Valle Jubany y Rodrigo Fabián Cantaro, se ha dictado sentencia, cuyo tenor literal es el siguiente:

SENTENCIA núm. 15/2017

En Roquetas de Mar, a veintinueve de marzo de dos mil diecisiete.

Vistos por el Ilmo. Sr. don Miguel Campillo Galiana, Juez titular del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. Tres de Roquetas de Mar, los presentes autos de juicio ordinario de reclamación de cantidad, registrados con número 253/15, promovidos por la compañía mercantil Banque PSA Finance sucursal en España, S.A., representada por el Procurador de los Tribunales don Salvador Martín Alcalde y asistida por el Letrado don Fernando García Moreno, contra don Rodrigo Fabián Cantaro y contra doña Marta Susana del Valle Jubany, en situación de rebeldía procesal, se pronuncia por S.S.ª Sentencia con base en los siguientes:

FALLO

Que se estima la demanda interpuesta por el Procurador de los Tribunales don Salvador Martín Alcalde, en nombre y representación de la compañía mercantil Banque Psa Finance sucursal en España, S.A., y, en consecuencia, se condena a don Rodrigo Fabián Cantaro y a doña Marta Susana del Valle Jubany a abonar solidariamente a la actora la cantidad de 8.830,42 euros, así como al abono del interés legal del dinero desde la fecha de interposición de la demanda e incrementado en dos puntos desde la fecha de esta sentencia, con expresa imposición de las costas del proceso.

Notifíquese la presente resolución a las partes, previniéndoles que contra la misma podrá interponerse recurso de apelación ante este Juzgado para su elevación a la Ilma. Audiencia Provincial de Almería, mediante escrito presentado en el plazo de veinte días hábiles contados desde el siguiente al que tenga lugar la notificación, con expresa mención de la resolución que se recurre y los pronunciamientos que se impugnan, exponiendo las alegaciones en que se sustente, de acuerdo con lo prevenido en los artículos 455 y 458 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

Así por esta mi Sentencia definitivamente juzgando en esta instancia, lo pronuncio, mando y firmo. Doy fe.

Y encontrándose dicho demandado, Marta Susana del Valle Jubany y Rodrigo Fabián Cantaro, en paradero desconocido, se expide el presente a fin que sirva de notificación en forma al mismo.

En Roquetas de Mar, a treinta de agosto de dos mil diecisiete.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia.

«En relación a los datos de carácter personal, sobre su confidencialidad y prohibición de transmisión o comunicación por cualquier medio o procedimiento, deberán ser tratados exclusivamente para los fines propios de la Administración de Justicia (ex Ley Orgánica 15/99, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal).»

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