Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 3 de 05/01/2017

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia e Instrucción

Edicto de 21 de diciembre de 2016, del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. Dos de Andújar, dimanante de autos núm. 732/2014.

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NIG: 2300542C20140001622.

Procedimiento: Familia. Divorcio Contencioso 732/2014. Negociado: 1A.

Sobre: Divorcio contencioso.

De: Doña Carmen Rubio García.

Procuradora: Sra. Sonia Ferrán Castro.

Contra: Don Zahid Iqbal.

EDICTO

CéDULA DE NOTIFICACIóN

En el procedimiento Familia. Divorcio Contencioso 732/2014, seguido en el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. Dos de Andújar, a instancia de doña Carmen Rubio García contra don Zahid Iqbal sobre divorcio contencioso, se ha dictado la sentencia que, copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

Sentencia núm. 39

En Andújar, a uno de marzo de dos mil dieciséis.

El Sr. don Francisco Manuel Quesada Cobo, Magistrado Juez del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. Dos de Andújar y su partido, habiendo visto los presentes autos de Familia. Divorcio Contencioso 732/2014 seguidos ante este Juzgado, sobre Divorcio Contencioso, en el que son parte actora Carmen Rubio García y parte demandada Zahid Iqbal.

Que estimo la demanda de divorcio interpuesta por la procuradora doña Sonia Ferrán Castro, en nombre y representación de doña Carmen Rubio García y con la asistencia letrada de don Rosendo Sánchez Ariza y en consecuencia declaro la disolución del vínculo matrimonial que une desde el 10 de agosto de 2007 a doña Carmen Rubio García y don Zahid Iqbal, con todos los efectos inherentes a esta disolución, sin que proceda adoptar ninguna medida para regular la nueva situación.

Todo ello sin expresa condena en costas.

Y firme que sea esta Sentencia, contra la que cabe recurso de apelación a interponer ante este Juzgado para ante la Superioridad dentro del plazo de veinte días, conforme determina el artículo 457 de la LEC, comuníquese al Registro Civil de Pamplona en donde consta inscrito el matrimonio.

Así, por esta mi Sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Publicación. Leída y publicada fue la anterior Sentencia por el/la Sr/a. Juez que la suscribe, estando celebrando audiencia pública en el mismo día de su fecha, doy fe, en Andújar.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma al demandado, don Zahid Iqbal, extiendo y firmo la presente en Andújar, a 21 de diciembre dos mil dieciséis.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia.

«En relación a los datos de carácter personal, sobre su confidencialidad y prohibición de transmisión o comunicación por cualquier medio o procedimiento, deberán ser tratados exclusivamente para los fines propios de la Administración de Justicia (ex Ley Orgánica 15/99, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal).»

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