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EDICTO
Don Leopoldo Roda Orue, Letrado de la Administración de Justicia de la Sección Quinta de la Iltma. Audiencia Provincial de Sevilla.
Certifico. Que en el Rollo seguido en esta Sección con el núm. 1343/16-F se ha dictado Sentencia cuyo encabezamiento y fallo son del tenor siguiente:
«Sentencia. Iltmos. Sres. Juan Márquez Romero, Conrado Gallardo Correa, Fernando Sanz Talayero.
En Sevilla, a 24 de enero de 2017.
Vistos por la Sección Quinta de esta Iltma. Audiencia Provincial los autos de Juicio Ordinario núm. 998/13, procedentes del Juzgado de lo Mercantil núm. Uno de Sevilla, promovidos por Conway The Convenience Company, S.A., representada por la Procuradora doña M.ª Paz Parody Martín contra don Rafael Antonio Paris Maldonado y don Rafael Paris Joya, representados por el Procurador don José Tristán Jiménez, y don Ignacio Olmedo Sotomayor, en rebeldía; autos venidos a conocimiento de este Tribunal en virtud de recurso de apelación interpuesto por la parte actora contra la Sentencia en los mismos dictada con fecha 14 de julio de 2015.
Fallamos. “Que desestimando el recurso de apelación interpuesto por la Procuradora de los Tribunales doña M.ª Paz Parody Martín en nombre y representación del demandante la entidad mercantil Conway The Convenience Company, S.A., contra la Sentencia dictada el 14 de julio de 2015, por el Ilmo. Sr. Magistrado del Juzgado de lo Mercantil núm. Uno de Sevilla, en los autos de juicio ordinario núm. 998/13, de los que dimanan estas actuaciones, debemos confirmar y confirmamos la citada Resolución, con expresa imposición a la parte apelante de las costas procesales causadas en esta alzada. Y, en su día, devuélvanse las actuaciones originales con certificación literal de esta Sentencia y despacho para su ejecución y cumplimiento, al Juzgado de procedencia. Así por esta nuestra Sentencia, de la que quedará testimonio en el Rollo de la Sección, lo pronunciamos, mandamos y firmamos”.»
Lo inserto concuerda bien y fielmente con su original al que me remito. Y para que conste y sirva de notificación en forma al demandado rebelde don Ignacio Olmedo Sotomayor, en paradero desconocido, expido el presente en Sevilla, a treinta y uno de enero de dos mil diecisiete.
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