Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 40 de 01/03/2017

4. Administración de justicia

Audiencias Provinciales

Edicto de 3 de febrero de 2017, de la Sección Sexta de la Audiencia Provincial de Sevilla, dimanante de autos núm. 686/2011. (PP. 416/2017).

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NIG: 4109142C20110017966.

Núm. Procedimiento: Recurso de Apelación Civil 2557/2016.

Asunto: 600174/2016.

Autos de: Procedimiento Ordinario 686/2011.

Juzgado de origen: Juzgado de Primera Instancia núm. Veintidós de Sevilla.

Negociado: R.

Apelante: Emilio Domínguez Domínguez, Rosario Domínguez Domínguez, Antonio Domínguez Domínguez y José Luis Ginel Torres.

Procurador: Ismael Belhadj-Ben Gómez.

Abogado: Jesús Antonio García Fernández.

Apelado: Francisca Calderón Domínguez, Virginia Ginel Calderón, Marco Ginel Calderón y Vicenta Cabeza Domínguez.

Procurador: María del Carmen Ruiz-Berdejo Cansino.

Abogado: Pedro Ruiz Berdejo Ferrari.

EDICTO

En el presente procedimiento Rollo núm. 2557/16, seguido como apelante doña Rosario, don Antonio y don Emilio Domínguez Domínguez, representado por el Procurador don Ismael Belhadj-Ben Gómez, como parte impugnante doña Cristina Domínguez Domínguez representada por don Ignacio Pérez de los Santos, como apelados doña Vicenta Cabeza Domínguez, don José Luis Ginel Torres, doña Francisca Calderón Domínguez, don Marco Ginel Calderón y doña Virginia Ginel Calderón y encontrándose en rebeldía Herederos de don Tomás y don Pedro Prior Romero, se ha dictado:

SENTENCIA Núm. 18/17

Presidente Ilmo. Sr.: Don Marcos Antonio Blanco Leira.

Magistradas Ilmas. Sras.: Doña Rosario Marcos Martín.

Doña Francisca Torrecillas Martínez.

En la ciudad de Sevilla, a dos de febrero de dos mil diecisiete.

La Sección Sexta de la Audiencia Provincial de Sevilla ha visto y examinado el recurso de apelación interpuesto contra Sentencia de fecha 11 de septiembre de 2015 recaída en los autos de Juicio Ordinairio número 686/2011 seguidos en el Juzgado de Primera Instancia núm. Veintidós de Sevilla promovidos por doña Vicenta Cabeza Domínguez representada por la Procuradora doña María del Carmen Ruiz-Berdejo Cansino contra Herederos de don Pedro Prior Romero y Herederos de don Tomás Prior Romero, declarados en rebeldía, don Emilio Domínguez Domínguez, doña Rosario Domínguez Domínguez y don Antonio Domínguez Domínguez, representados por el Procurador don Ismael Belhadj-Ben Gómez; don José Luis Ginel Torres; doña Francisca Calderón Domínguez, doña Virginia Ginel Calderón y don Marco Ginel Calderón; doña Cristina Domínguez Domínguez, representada por el Procurador don Ignacio José Pérez de los Santos, y contra don Pablo Domínguez Domínguez y don Germán Domínguez Parrilla, pendientes en esta Sala en virtud de recurso de apelación interpuesto por la representación de la parte demandada, siendo Ponente del recurso la Magistrada Ilma. Sra. doña Rosario Marcos Martín.

F A L L A M O S

1. Desestimar el recurso de apelación interpuesto por la representación de doña Rosario, don Antonio y don Emilio Domínguez Domínguez contra la sentencia dictada el 11 de septiembre de 2015 por el Juzgado de Primera Instancia núm. Veintidós de Sevilla, en el Juicio Ordinario núm. 686/11 del que este rollo dimana y la impugnación de la sentencia formulada por la representación de doña Cristina Domínguez Domínguez.

2. Confirmar íntegramente la resolución recurrida.

3. Imponer a la apelante las costas derivadas de su recurso y a la impugnante las que pudieran derivar de su impugnación.

Dada la desestimación del recurso, la parte recurrente pierde el depósito constituido para recurrir, al que se dará el destino previsto en la disposición adicional decimoquinta de la Ley Orgánica del Poder Judicial.

Esta sentencia no es firme. Contra la misma cabe interponer, en el plazo de veinte días, recurso de casación por interés casacional y, conjuntamente, extraordinario de infracción procesal, a partir del siguiente al de su notificación, y al que deberá acompañar resguardo de ingreso, por la suma de 50 € por cada uno de ellos en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de esta Sección núm. 4050 0000 06 2557 16.

Y a su tiempo, devuélvanse los autos originales al Juzgado de procedencia, con copia auténtica de la presente resolución remitida vía telemática y oficio para su cumplimiento.

Así, por esta nuestra sentencia, lo pronunciamos, mandamos y firmamos los Ilustrísimos Señores Magistrados integrantes de este Tribunal.

Y encontrándose los Herederos de don Tomás y don Pedro Prior Romero en paradero desconocido se expide el presente a fin de que sirva de notificación en forma al mismo.

En Sevilla.- El Letrado de la Administración de Justicia.

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