Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 57 de 24/03/2017

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia e Instrucción

Edicto de 13 de marzo de 2017, del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. Siete de Dos Hermanas, dimanante de procedimiento divorcio contencioso núm. 17/2016.

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NIG: 4103842C20160000124.

Procedimiento: Familia. Divorcio contencioso 17/2016. Negociado: X.

De: Gloria Pérez Ledesma.

Procurador: Sr. Antonio Andrade Bernabéu.

Contra: Rafael García Díaz.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento familia. Divorcio contencioso 17/2016, seguido en el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. Siete de Dos Hermanas a instancia de Gloria Pérez Ledesma contra Rafael García Díaz sobre, se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

En Dos Hermanas a 13 de junio de 2016.

Vistos por Karina Méndez Rodríguez, Juez de refuerzo del Juzgado de Primera Instancia número Siete de esta localidad, los presentes autos de juicio de divorcio contencioso, seguidos ante este Juzgado con el número 17/2016, a instancia de Gloria Pérez Ledesma, representada por el Procurador Antonio Andrade Bernabéu y asistida por el Letrado Fernando Ramírez Rodríguez; contra Rafael García Díaz, que ha permanecido en situación de rebeldía procesal.

FALLO

Decreto la disolución por divorcio del matrimonio celebrado el día 25 de agosto de 1989 entre Gloria Pérez Ledesma y Rafael García Díaz, declarando disuelto el régimen económico matrimonial, revocados los poderes que hubieran podido conferirse los cónyuges, y cesando la presunción de convivencia conyugal, sin imposición de costas a las partes y acordando lo siguiente:

- No ha lugar a establecer régimen de guarda y custodia ni de visitas respecto de los hijos.

- No ha lugar a establecer pensión alimenticia a cargo del padre a favor de los hijos Adrián y Jennifer.

- No ha lugar a que el padre abone la mitad de los gastos extraordinarios de los hijos Adrián y Jennifer.

Notifíquese a las partes haciéndoles saber que contra la presente resolución cabe interponer recurso de apelación ante este Juzgado en el plazo de veinte días contados desde el siguiente a su notificación. Para lo cual habrá de constituirse, salvo que se litigue con justicia gratuita, un depósito previo de 50 euros, debiéndose junto con la interposición del recurso adjuntarse justificante de haber hecho dicha consignación en la cuenta del juzgado Banco Santander 4846 0000 04 0416 15, sin cuyo requisito se inadmitirá a trámite el recurso. Y además junto con la interposición del recurso deberá presentarse liquidación de tasas judiciales (modelo 696) ya que, en caso contrario, se inadmitirá igualmente.

Firme que es la presente resolución, procédase a su inscripción en el Registro Civil.

Así lo acuerdo, mando y firmo.

Publicación. Leída que fue la presente sentencia por el Juez que la dictó estando constituido en audiencia pública el día de la fecha, doy fe.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma al demandado Rafael García Díaz, extiendo y firmo la presente en Dos Hermanas, a trece de marzo de dos mil diecisiete.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia.

«En relación a los datos de carácter personal, sobre su confidencialidad y prohibición de transmisión o comunicación por cualquier medio o procedimiento, deberán ser tratados exclusivamente para los fines propios de la Administración de Justicia (ex Ley Orgánica 15/99, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal).»

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