Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 83 de 04/05/2017

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 10 de marzo de 2017, del Juzgado de Primera Instancia núm. Uno de Fuengirola, dimanante de autos núm. 1454/2015. (PP. 1141/2017).

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NIG: 2905442C20150005364.

Procedimiento: Procedimiento Ordinario 1454/2015. Negociado: F.

De: Don Alistair Stuart Blackie.

Procurador Sr.: Ernesto del Moral Chaneta.

Contra: Don Neil Hodgson.

EDICTO

En el presente procedimiento Procedimiento Ordinario 1454/2015 seguido a instancia de Alistair Stuart Blackie frente a se ha dictado sentencia, cuyo tenor literal es el siguiente

SENTENCIA NÚM. 248/2016

En la ciudad de Fuengirola (Málaga), a 14 de noviembre de 2016, la Ilma. Sra. doña Esperanza Brox Martorell, Magistrado-Juez Titular del Juzgado de Primera Instancia número Uno de Fuengirola (antiguo Mixto Dos), ha visto los presentes autos de Procedimiento Ordinario, seguidos bajo el número 1454/2015 seguidos ante este Juzgado, en virtud de demanda de don Alistair Stuart Blackie, con Procurador don Ernesto del Moral Chaneta y Letrada doña Inmaculada García López, frente a don Charles Croad con Procurador don Pablo Jesús Ábalos Guirado y Letrado don Ángel Ábalos Nuevo y don Neil Hodgson, declarado en rebeldía, y,

FALLO

Que debo desestimar y desestimo la demanda deducida en estas actuaciones por don Alistar Stuart Blackie frente a don Charles Croad y don Neil Hodgson, con imposición a la parte actora de las costas procesales causadas.

Contra esta resolución cabe recurso de apelación, que se interpondrá por escrito ante este Juzgado en término de veinte dias.

Y encontrándose dicho demandado don Neil Hodgson en paradero desconocido, se expide el presente a fin que sirva de notificación en forma al mismo.

En Fuengirola, a diez de marzo de dos mil diecisiete.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia.

«En relación a los datos de carácter personal, sobre su confidencialidad y prohibición de transmisión o comunicación por cualquier medio o procedimiento, deberán ser tratados exclusivamente para los fines propios de la Administración de Justicia (ex Ley Orgánica 15/99, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal).»

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