Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 83 de 04/05/2017

4. Administración de justicia

Juzgados de lo Social

Edicto de 20 de abril de 2017, del Juzgado de lo Social núm. Siete de Málaga, dimanante de autos núm. 76/2017.

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Procedimiento: Ejecución de títulos judiciales 76/2017. Negociado: B3.

NIG: 2906744S20160007982.

De: Don Pedro Gil Olalla.

Abogado: Don Manuel Francisco Ponce Cabezas.

Contra: Arroyocable, S.L. CIF B93333615.

EDICTO

Don Juan Carlos Ruiz Zamora, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social núm. Siete de Málaga.

Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 76/2017, a instancia de Pedro Gil Olalla contra Arroyocable, S.L., sobre Ejecución de títulos judiciales se han dictado Providencia de fecha 20.4.2017 y Auto de fecha 21.3.2017, cuyas partes dispositiva son las siguientes:

«Habida cuenta el estado de las actuaciones, se constata la falta de citación de la demandada, por lo que procede la suspensión de comparecencia sobre Incidente de No Readmisión prevista para el día de la fecha y se fija como nueva fecha el 23.5.2017, a las 9,05 horas, quedando citada la actora y debiendo citarse al Fogasa y a la demandada, a la que también se le notificará el Auto despachando ejecución.»

PARTE DISPOSITIVA

S.S.ª Ilma. dijo: Procede y así por este auto se dicta orden general de ejecución, se despacha la misma en los siguiente términos:

1. A favor de Pedro Gil Olalla contra Arroyo Cable, S.L.

2. Señálese por el Letrado de la Administración de Justicia a comparecencia del art. 280 de la LRJS, citando a las partes.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma podrán interponer recurso de reposición. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso. Para la admisión del recurso deberá previamente acreditarse constitución de depósito en cuantía de 25 euros, debiendo ingresarlo en la cuenta de este Juzgado en Banco de Santander núm. 2955000064007617, debiendo indicar en el campo «Concepto» que se trata de un recurso seguido del código 30 y Social-Reposición, de conformidad con lo establecido en la disposición adicional 15.ª de la L.O. 6/1985, del Poder Judicial, salvo concurrencia de los supuestos de exclusión previstos en la misma y quienes tengan reconocido el derecho de asistencia jurídica gratuita. Si el ingreso se efectuare por transferencia bancaria habrá de hacerse en la cuenta del Banco de Santander núm. ES55 0049 3569 9200 0500 1274, debiendo indicar el beneficiario, Juzgado de lo Social núm. Siete de Málaga, y en Observaciones se consignarán los 16 dígitos de la cuenta-expediente judicial, indicando después de estos 16 dígitos (separados por un espacio) el código .

Así por este Auto, lo acuerdo mando y firma el Iltmo./a. Sr./Sra. D./Dña. Magistrado/Juez del Juzgado de lo Social núm. Siete de Málaga. Doy fe.

El Magistrado/Juez. El Letrado de la Administración de Justicia.

Y para que sirva de notificación y citación al demandado Arroyocable, S.L., CIF B93333615 actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En Málaga, a veinte de abril de dos mil diecisiete.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia.

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