Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 93 de 18/05/2017

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación

Resolución de 12 de mayo de 2017, de la Delegación Territorial de Educación en Granada, por la que se acuerda la tramitación de urgencia de los procedimientos de recursos y reclamaciones contra las Resoluciones por la que se publican los listados del alumnado admitido y no admitido en los centros sostenidos con fondos públicos para el curso escolar 2017/2018.

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En virtud de lo dispuesto en el artículo 52 del Decreto 40/2011, de 22 de febrero, por el que se regulan los criterios y el procedimiento de admisión del alumnado en los centros docentes públicos y privados concertados para cursar las enseñanzas de segundo ciclo de educación infantil, educación primaria, educación especial, educación secundaria obligatoria y bachillerato y en la disposición adicional sexta de la Orden de 24 de febrero de 2011, por la que se desarrolla el procedimiento de admisión del alumnado de centros docentes públicos y privados concertados para cursar las enseñanzas de segundo ciclo de educación infantil, educación primaria, educación especial, educación secundaria obligatoria y bachillerato, en esta Delegación Territorial de Educación en Granada se tramitan los expedientes de recursos y reclamaciones contra las resoluciones por las que se publican los listados de alumnos y alumnas admitidos y no admitidos en los diferentes centros sostenidos con fondos públicos del ámbito competencial de la misma.

En virtud de lo establecido en el artículo 33.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas «Cuando razones de interés público lo aconsejen, se podrá acordar, de oficio o a petición del interesado, la aplicación al procedimiento de la tramitación de urgencia, por la cual se reducirán a la mitad los plazos establecidos para el procedimiento ordinario, salvo los relativos a la presentación de solicitudes y recursos».

Por todo ello,

RESUELVO

Primero y único. Acordar, en virtud de lo dispuesto en el artículo 33.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la tramitación de urgencia en los procedimientos de recursos y reclamaciones contra las resoluciones por las que se publican los listados de alumnos y alumnas admitidos y no admitidos en los centros sostenidos con fondos públicos de Granada y su provincia, para el curso escolar 2017/2018, habida cuenta que en el presente supuesto concurren razones de interés público para dicha tramitación con la máxima celeridad, toda vez que el artículo 52.3 del Decreto 40/2011, antes citado, establece que los citados recursos y reclamaciones deberán resolverse y notificarse a las personas interesadas en el plazo máximo de tres meses desde su interposición, debiendo, en todo caso, quedar garantizada la adecuada escolarización del alumno o alumna y que, para dicha resolución, es necesario, entre otros trámites, solicitar informes a otras Administraciones Públicas.

En consecuencia, se reducirán a la mitad los plazos establecidos en el procedimiento ordinario, salvo los relativos a la presentación de solicitudes y recursos.

Contra el presente acuerdo no cabrá recurso alguno, a tenor de lo dispuesto en el apartado 2 del artículo 33 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, antes citada.

Granada, 12 de mayo de 2017.- El Delegado, Germán González Pérez.

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