Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 102 de 29/05/2018

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia e Instrucción

Edicto de 12 de junio de 2017, del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. Uno de El Ejido, dimanante de procedimiento ordinario núm. 2281/2014. (PP. 1508/2018).

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NIG: 0490242C20140001254.

Procedimiento: Procedimiento Ordinario 228/2014. Negociado: C2.

De: Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, S.A.

Procurador: Sr. José Juan Alcoba López.

Letrado: Sr. Simón Venzal Carrillo.

Contra: Don Radu Moldovan y doña M.ª Dolores Criado Arija.

E D I C T O

En el presente procedimiento Procedimiento Ordinario 228/2014, seguido a instancia de Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, S.A., frente a don Radu Moldovan se ha dictado sentencia, cuyo tenor literal es el siguiente:

SENTENCIA núm. 79/2016

En El Ejido, a uno de julio de 2016.

Doña Marta Aragón Arriola, Juez del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número Seis de esta ciudad y su partido judicial, ha visto los autos de juicio ordinario, registrados con el número 228/2014, promovidos por Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, S.A, representado por el Procurador de los Tribunales don José Juan Alcoba López, y asistido por el Letrado don Simón Venzal Carrillo, contra don Radu Moldovan y doña María Dolores Criado Arija, mayores de edad, declarados en rebeldía y que no comparecieron, sobre reclamación de cantidad.

FALLO

Que estimando sustancialmente la demanda formulada por el Procurador de los Tribunales don José Juan Alcoba López, en nombre y representación de Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, S.A., contra don Radu Moldovan y doña María Dolores Criado Arija, debo condenar y condeno a los demandados a satisfacer solidariamente a la demandante la cantidad de quince mil novecientos treinta y tres euros con noventa y dos céntimos, (15.933,92), más los intereses de obligada imposición determinados por el artículo 576 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, con imposición de las costas.

Contra esta resolución cabe formular ante este Juzgado recurso de apelación en el plazo de veinte días desde la notificación, que será resuelto por la Ilustrísima Audiencia Provincial de Almería.

Así por esta mi sentencia, juzgando en primera instancia, la pronuncio, mando y firmo.

Y encontrándose dicho demandado, don Radu Moldovan, en paradero desconocido, se expide el presente a fin que sirva de notificación en forma al mismo.

En El Ejido, a doce de junio de dos mil diecisiete.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia.

«En relación a los datos de carácter personal, sobre su confidencialidad y prohibición de transmisión o comunicación por cualquier medio o procedimiento, deberán ser tratados exclusivamente para los fines propios de la Administración de Justicia (ex Ley Orgánica 15/99, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal).»

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