Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 11 de 16/01/2018

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Consejería de Empleo, Empresa y Comercio

Anuncio de 13 de diciembre de 2017, del Consejo Andaluz de Relaciones Laborales, sobre el depósito de los estatutos de la organización sindical que se cita.

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Resolución de fecha 13 de diciembre de 2017, del Consejo Andaluz de Relaciones Laborales por la que se anuncia el depósito de la modificación de los estatutos del sindicato denominado Federación Andaluza de Técnicos Especialistas con número de depósito 71000598 (antiguo número de depósito S/48/1990).

Ha sido admitido el depósito de la modificación de la mencionada asociación al comprobarse que reúne los requisitos previstos en la Ley Orgánica 11/1985, de 2 de agosto, de Libertad Sindical, y el Real Decreto 416/2015, de 29 de mayo, sobre depósito de estatutos de las organizaciones sindicales y empresariales (Boletín Oficial del Estado de 20 de junio de 2015).

La solicitud de depósito fue formulada por doña Isabel María Palacios Espejo mediante escrito tramitado con el número de entrada 71/2017/000803.

El Congreso General Extraordinario, celebrado el 29 de enero de 2017, adoptó por unanimidad el acuerdo de modificar los artículos 2.º, 3.º, 4.º, 5.º, 6.º, 7.º, 8.º, 9.º, 10.º, 11.º, 12.º, 13.º, 14.º, 15.º, 16.º, 17.º, 18.º, 19.º, 20.º, 21.º, 22.º, 23.º, 24.º, 25.º, 26.º, 27.º, 28.º, 29.º, 30.º, 31.º, 32.º, 33.º, 34.º, 35.º, 36.º, 37.º, 38.º, 39.º, 40.º, 41.º, 42.º, 43.º, 51.º, 52.º, 53.º, 58.º, 59.º, 60.º, 61.º, 62.º, 63.º, 64.º, 65.º, 66.º, 67.º, 68.º, 69.º, 70.º, 71.º, 72.º, 73.º, 74.º, 75.º, 76.º, 77.º, 78.º, 79.º, 80.º, 81.º y 82.º

El certificado aparece suscrito por don José Manuel Madueño Muñoz como Secretario de Organización con el visto bueno del Secretario General don Joaquín Cano Medina.

Se dispone la inserción de este anuncio en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía a fin de dar publicidad a la admisión efectuada.

Lo que se le comunica para su conocimiento y efectos oportunos, significándole que la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá ser impugnada mediante recurso de reposición, con carácter potestativo, ante este mismo órgano en el plazo de un mes desde la recepción de la misma, o bien directamente ante los órganos jurisdiccionales del orden social, de acuerdo con lo previsto en los artículos 167 y siguientes de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social.

Sevilla, 13 de diciembre de 2017.- El Secretario General, Eduardo Candau Camacho.

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