Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 18 de 28/01/2019

5. Anuncios5.2 Otros anuncios oficiales

Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible

Anuncio de 23 de enero de 2019, de la Delegación Territorial de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio en Cádiz, sobre notificación de actos administrativos en expedientes sancionadores.

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Notificación de providencias recaídas en expedientes sancionadores que se siguen en esta Delegación Territorial de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio por presuntas infracciones a la normativa vigente atribuidas a la competencia de este organismo. A los efectos de notificación previstos en el art. 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, habida cuenta que no ha sido posible la notificación en el último domicilio de los interesados, ignorándose su actual paradero, la Delegación Territorial de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio ha resuelto la publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía de las providencias que se indican a continuación. Significándole que tales providencias quedarán de manifiesto para los interesados en la Sección de Informes y Sanciones, Plaza Asdrúbal, s/n. 3a planta. Edificio Junta de Andalucía. Cádiz, concediéndose los plazos de contestación y recurso que, respecto del acto notificado, se indican a continuación.

- Acuerdo de incoación: 15 días hábiles, alegaciones y pruebas ante el Sr. Instructor del expte.

- Propuesta de resolución: 15 días hábiles, alegaciones ante el Sr. Instructor.

- Resolución: Un mes, recurso de alzada ante el Excmo. Sr. Consejero de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio.

- Imposición de multa coercitiva: Un mes, recurso de alzada ante el Excmo. Sr. Consejero de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio.

1. Expte. CA/2018/781/PA/INC. 77179981P. Chiclana de la Frontera (Cádiz). Propuesta de Resolución. Estacionamiento de vehículo a motor, matrícula CA7797BM, en Zona de Influencia Forestal sin autorización. Los cuales tuvieron lugar el día 13 de Julio de 2018 en el paraje conocido como Cala del Aceite, sito en el Término Municipal de Conil de la Frontera (Cádiz). Los hechos cuya realización se consideran suficientemente probado constituye infracción expresamente tipificada como tal por el Artº 64.3 de la Ley de Prevención y Lucha Contra Incendios Forestales, siendo calificable como Leve y sancionable según Artº 68 y 73.1.a) del mismo texto legal. Propuesta: Se imponga a 77179981P como responsable de la infracción descrita, cuya comisión se considera suficientemente probadas: Sanción de multa pecuniaria por importe de 100 Euros.

2. Expte. CA/2018/849/PA/INC. 26260495S. Ojen (Málaga). Propuesta de Resolución. Estacionamiento de vehículo a motor, matrícula 2114GXF, en Zona de Influencia Forestal sin autorización . Los cuales tuvieron lugar el día 20 de Julio de 2018 en el Espacio Protegido (Del Estrecho), sito en el Término Municipal de Tarifa (Cádiz). Los hechos cuya realización se consideran suficientemente probado constituye infracción expresamente tipificada como tal por el Artº 64.3 de la Ley de Prevención y Lucha Contra Incendios Forestales, siendo calificable como Leve y sancionable según Artº 68 y 73.1.a) del mismo texto legal. Propuesta: Se imponga a 26260495S como responsable de la infracción descrita, cuya comisión se considera suficientemente probadas: Sanción de multa pecuniaria por importe de 300 Euros.

3. Expte. CA/2018/872/PA/INC. 53456360J. Ugena (Toledo). Propuesta de Resolución. Estacionamiento de vehículo a motor, matrícula 9258 DPT, en zona de influencia forestal sin autorización . Los cuales tuvieron lugar el día 2 de Agosto de 2018 en el paraje conocido como Cala del Aceite,(Pinares de Roche) sito en el Término Municipal de Conil de la Frontera (Cádiz). Los hechos cuya realización se consideran suficientemente probado constituye infracción expresamente tipificada como tal por el Artº 64.3 de la Ley de Prevención y Lucha Contra Incendios Forestales, siendo calificable como Leve y sancionable según Artº 68 y 73.1.a) del mismo texto legal. Propuesta: Se imponga a 53456360J como responsable de la infracción descrita, cuya comisión se considera suficientemente probadas: Sanción de multa pecuniaria por importe de 100 Euros.

4. Expte. CA/2018/1049/AGMA/ENP Y607910D. Prado del rey (Cádiz). Acuerdo de Apertura de Periodo de Prueba. Se acuerda abrir un período para la práctica de las siguientes pruebas: Informe por agente a las alegaciones y ratificación, en su caso, en los hechos denunciados . Informe por la Dirección del Parque natural acerca de gravedad e incidencia de la actuación en el medio natural y, si la actuación resulta autorizable.

5. Expte. CA/2018/1079/GC/EP. 28894172P. Tomares (Sevilla). Resolución Definitiva del Procedimiento Sancionador. Portar en el vehículo matrícula SE0506DB medios de captura prohibidos: 3 perchas, los cuales tuvieron lugar el día 5 de Agosto de 2018,(Calle Adolfo Suárez) sito en el término municipal de Chipiona (Cádiz). Los hechos cuya realización se consideran suficientemente probados constituyen infracción administrativa expresamente tipificada en Artº 74.10 de la Ley de Flora y Fauna Silvestre, siendo calificable como Grave y sancionable según Artº 74.10 y 82.1.b) del mismo texto legal. Resolución: Imponer a 28894172P como responsable de la infracción descrita : Sanción de multa pecuniaria por importe de 610 Euros.

6. Expte. CA/2018/1116/GC/EP. 77452909H . Estepona (Málaga). Propuesta de Resolución. Portar enjaulados 5 Jilgueros y 1 Verderón sin anillar y sin acreditar ningún documento que acredite su legal captura, en relación con el art 7.2d) de la ley 8/2003, los cuales tuvieron lugar el día 26 de Agosto de 2018, en autovía A-381, km 45 sito en el término municipal de Alcalá de los Gazules (Cádiz). Los hechos cuya realización se consideran suficientemente probados constituyen infracción administrativa tipificada como tal en el Artº 73,1 de la Ley 8/2003 de la Flora y Fauna Silvestre, siendo calificada como Leve y sancionable según los Artº 73.1 y 82.1.a) del mismo texto legal. Propuesta: Se imponga a 77452909H como responsable de la/s infracción/es descrita/s, cuya comisión se considera suficientemente probadas: Sanción de multa pecuniaria por importe de 100 Euros.

7. Expte. CA/2018/1118/GC/INC. 75771987M. Cádiz (Cádiz). Resolución Definitiva del Procedimiento Sancionador. Estacionamiento con vehículo a motor sin autorización en Zona de Influencia Forestal en época de peligro de incendio, los cuales tuvieron lugar el día 15 de Agosto de 2018. En el paraje conocido como Cala del Aceite, sito en el Término Municipal de Conil de la Frontera (Cádiz). Los hechos cuya realización se consideran suficientemente probado constituye infracción expresamente tipificada como tal por el Artº 64.3 de la Ley de Prevención y Lucha Contra Incendios Forestales, siendo calificable como Leve y sancionable según Artº 68 y 73.1.a) del mismo texto legal. Resolución: Declarar terminado el procedimiento dándose por manifestada la renuncia del interesado a cualquier acción o recurso en vía administrativa.

8. Expte. CA/2018/1124/GC/ENP. 31865009G. Algeciras (Cádiz). Acuerdo de Apertura de Periodo de Prueba. Ejecución de obras en Espacio Natural Protegido sin autorización. Obstrucción al ejercicio de las funciones de Agente de Medio Ambiente al impedir el acceso a la parcela para la comprobar la realización de las obras. En el paraje conocido como Sierra Plata, Polígono 13, Parcela 17, en el Espacio Protegido del Estrecho, sito en el término municipal de Tarifa (Cádiz). Se acuerda abrir un período para la práctica de la siguiente prueba, informe por agentes a las alegaciones y ratificación, en su caso, en los hechos denunciados.

9. Expte. CA/2018/1131/GC/CAZ. 75759174A. Medina-Sidonia (Cádiz). Propuesta de Resolución. Cazar en coto sin autorización de su titular, en día no hábil (lunes) utilizando medio de captura prohibidos: un hurón, los cuales tuvieron lugar el día 13 de Agosto de 2018, en el coto cinegético (“Charco Dulce”) con matrícula CA-10397, sito en el término municipal de Medina Sidonia (Cádiz). El primero de los hechos cuya realización se consideran suficientemente probados constituyen infracción administrativa expresamente tipificada como tal por el Artº 77.9 de la Ley de la Flora y Fauna Silvestres, siendo calificable como Grave y sancionable según Artº 77.9 y 82.2.b) del mismo texto legal. El segundo de los hechos cuya realización se consideran suficientemente probados constituyen infracción administrativa expresamente tipificada como tal por el Artº 74.10 de la Ley de la Flora y Fauna Silvestres, siendo calificable como Grave y sancionable según Artº 74.10 y 82.1.b) del mismo texto legal Propuesta: Se Imponga a 75759174A como responsable de la/s infracción/es descrita/s cuya comisión se considera suficientemente probadas: Sanción de multa pecuniaria por importe de 4.000 Euros. Otras obligaciones no pecuniarias: La suspensión o inhabilitación para la obtención de la licencia de caza por un periodo de un año (Art 83.1 a de la Ley 8/2003).

10. Expte. CA/2018/1132/GC/CAZ. 757732750A. Medina (Cádiz). Propuesta de Resolución. Cazar en coto sin autorización de su titular, en día no hábil (lunes) utilizando medio de captura prohibidos: un hurón, los cuales tuvieron lugar el día 13 de Agosto de 2018, en el coto cinegético (“Charco Dulce”) con matrícula CA-10397 , sito en el término municipal de Medina Sidonia (Cádiz). El primero de los hechos cuya realización se consideran suficientemente probados constituyen infracción administrativa expresamente tipificada como tal por el Artº 77.9 de la Ley de la Flora y Fauna Silvestres, siendo calificable como Grave y sancionable según Artº 77.9 y 82.2.b) del mismo texto legal. El segundo de los hechos cuya realización se consideran suficientemente probados constituyen infracción administrativa expresamente tipificada como tal por el Artº 74.10 de la Ley de la Flora y Fauna Silvestres, siendo calificable como Grave y sancionable según Artº 74.10 y 82.1.b) del mismo texto legal Propuesta: Se Imponga a 757732750A como responsable de la/s infracción/es descrita/s cuya comisión se considera suficientemente probadas: Sanción de multa pecuniaria por importe de 1.202 Euros. Otras obligaciones no pecuniarias: La suspensión o inhabilitación para la obtención de la licencia de caza por un periodo de un mes (Art 83.1 a de la Ley 8/2003).

11. Expte. CA/2018/1137/AGMA/PA. B11494820. El Puerto de Santa María (Cádiz). Acuerdo de Apertura de Periodo de Prueba. En el paraje conocido como Avenida Isaac Newton 94, Polígono Industrial Salinas de Poniente, sito en el término municipal de El Puerto de Santa María (Cádiz). Se acuerda abrir un período para la práctica de la siguiente prueba, informe por agentes y departamento de residuos a las alegaciones y ratificación, en su caso, en los hechos denunciados.

12. Expte. CA/2018/1153/OTROS FUNCS/PA. B72111149. Cádiz (Cádiz). Acuerdo de Apertura de Periodo de Prueba. Como consecuencia de la denuncia interpuesta por los siguientes hechos: No suministrar la información requerida en fecha 21/5/2018 de remisión de nuevo formulario de emisión de COV al observarse que la cantidad de Percloroetileno contenida en la máquina a principios de año 2016 no coincide con la cantidad de dicha sustancia contenida en la misma máquina a finales del año 2015, por lo que deberá realizar las correcciones oportunas en el formulario. en la columna denominada disolvente que se queda en la máquina se recoge la suma de la cantidad de Percloroetileno cargada en la máquina y la cantidad existente de dicha sustancia en la máquina a principios de año; dato incorrecto ya que lo que debería recogerse en esta columna es la cantidad de percloroetileno que queda en el depósito de la máquina al final del año, debiendo corregir este dato en el formulario que se le requiere. En el paraje conocido como Calle Doctor Gómez Plana 1, (Tintorería Pronto Clean), sito en el término municipal de Cádiz (Cádiz). Se acuerda abrir un período para la práctica de la siguiente prueba, informe por el Servicio de Protección Ambiental a las alegaciones y ratificación, en su caso, en los hechos denunciados.

13. Expte. CA/2018/1211/AGMA/EP. 75744320F. Ubrique (Cádiz). Resolución Definitiva del Procedimiento Sancionador. Cazar con medio de captura prohibido sin autorización: redes, los cuales tuvieron lugar el día 17 de Agosto de 2018, en el paraje conocido como “Finca Comares”, junto al arroyo El Chorreadero, sito en el término municipal de Zahara (Cádiz) y dentro del Parque Natural Sierra de Grazalema. Los hechos cuya realización se consideran suficientemente probados constituyen infracción administrativa expresamente tipificada en Artº 74.10 de la Ley de Flora y Fauna Silvestre, siendo calificable como Grave y sancionable según Artº 74.10 y 82.2.b) del mismo texto legal. Resolución: Declarar terminado el procedimiento seguido como responsable de la infracción descrita, al haber sido abonada la sanción con la reducción prevista, y dándose por manifestada la renuncia del interesado a cualquier acción o recurso en vía administrativa.

14. Expte. CA/2018/1220/GC/EP. 49073231V. Chiclana de la Frontera (Cádiz). Propuesta de Resolución. Capturar aves ( 5 Jilgueros) sin autorización y con artes prohibidas (Salabardo), los cuales tuvieron lugar el día 23 de Agosto de 2018, (Urbanización Atlanterra) sito en el término municipal de Tarifa (Cádiz). El primero de los hechos cuya realización se consideran suficientemente probados constituyen infracción administrativa expresamente tipificada como tal por el Artº 73.1 de la Ley de la Flora y Fauna Silvestres, siendo calificable como Leve y sancionable según Artº 73.1 y 82.1.a) del mismo texto legal. El segundo de los hechos cuya realización se consideran suficientemente probados constituyen infracción administrativa expresamente tipificada como tal por el Artº 74.10 de la Ley de la Flora y Fauna Silvestres, siendo calificable como Grave y sancionable según Artº 74.10 y 82.1.b) del mismo texto legal Propuesta: Se Imponga a 49073231V como responsable de la/s infracción/es descrita/s cuya comisión se considera suficientemente probadas. Propuesta: Sanción de multa pecuniaria por importe de 702 Euros. Otras obligaciones no pecuniarias: La suspensión o inhabilitación para la obtención de la licencia de caza por un periodo de un mes (Art 83.1 a de la Ley 8/2003).

15. Expte. CA/2018/1225/GC/EP. 47604870E. Santo Boi de LLobregat (Barcelona). Propuesta de Resolución. Capturar aves ( 5 Jilgueros) sin autorización y con artes prohibidas (Salabardo), los cuales tuvieron lugar el día 23 de Agosto de 2018, (Urbanización Atlanterra), sito en el término municipal de Tarifa (Cádiz). El primero de los hechos cuya realización se consideran suficientemente probados constituyen infracción administrativa expresamente tipificada como tal por el Artº 73.1 de la Ley de la Flora y Fauna Silvestres, siendo calificable como Leve y sancionable según Artº 73.1 y 82.1.a) del mismo texto legal. El segundo de los hechos cuya realización se consideran suficientemente probados constituyen infracción administrativa expresamente tipificada como tal por el Artº 74.10 de la Ley de la Flora y Fauna Silvestres, siendo calificable como Grave y sancionable según Artº 74.10 y 82.1.b) del mismo texto legal Propuesta: Se Imponga a 47604870E como responsable de la/s infracción/es descrita/s cuya comisión se considera suficientemente probadas: Sanción de multa pecuniaria por importe de 702 Euros. Otras obligaciones no pecuniarias: La suspensión o inhabilitación para la obtención de la licencia de caza por un periodo de un mes (Art 83.1 a de la Ley 8/2003).

16. Expte. CA/2018/1232/AGMA/ENP. 75878686F. Tarifa (Cádiz). Acuerdo de Apertura de Periodo de Prueba. Llevar a cabo la reforma de patio anexo a la vivienda, en una superficie de unos 34,6 m2, consistiendo la obra en alzado de muros, loza de hormigón, enfoscado de paredes,en Zona C del Parque Natural de los Alcornocales sin autorización. En el paraje conocido como M.U.P. Puertollano, en el Espacio Protegido (Los Alcornocales) sito en el término municipal de Tarifa (Cádiz). Se acuerda abrir un período para la práctica de la siguiente pruebas; Informe por agentes a las alegaciones y ratificación, en su caso, en los hechos denunciados. Informe por la dirección del parque natural acerca de incidencia de la actuación en el medio natural y si las obras resultan incompatibles con la normativa del Parque Natural.

17. Expte. CA/2018/1253/GC/CAZ. 44964746E. Puerto Real (Cádiz). Propuesta de Resolución. Portar medios de captura prohibidos (Un hurón y 8 redes) sin autorización y dos conejos muertos, en relación con el art 40.2 y 3 de la ley 8/2003, los cuales tuvieron lugar el día 6 de Septiembre de 2018, en el paraje conocido como CA-3113, km 0, sito en el término municipal de Puerto Real (Cádiz). El primero de los hechos cuya realización se consideran suficientemente probados constituyen infracción administrativa expresamente tipificada como tal por el Artº 74.10 de la Ley de la Flora y Fauna Silvestres, siendo calificable como Grave y sancionable según Artº 74.10 y 82.1.b) del mismo texto legal. El segundo de los hechos cuya realización se consideran suficientemente probados constituyen infracción administrativa expresamente tipificada como tal por el Artº 76.14 de la Ley de la Flora y Fauna Silvestres, siendo calificable como Leve y sancionable según Artº 76.14 y 82.2.a) del mismo texto legal Propuesta: Se Imponga a 44964746E como responsable de la/s infracción/es descrita/s cuya comisión se considera suficientemente probadas: Sanción de multa pecuniaria por importe de 4.000 Euros. Indemnización: 76 Euros. Otras obligaciones no pecuniarias: La suspensión o inhabilitación para la obtención de la licencia de caza por un periodo de un mes.

18. Expte. CA/2018/1271/GC/INC. 44673679C Zuya (Álava). Acuerdo de Iniciación de Procedimiento Sancionador y Formulación de Cargos. Estacionamiento del vehículo a motor tipo turismo marca Volkswagen Modelo California con matrícula 9438DFV sin autorización en zona de influencia forestal, los cuales tuvieron lugar el día 22 de Agosto de 2018. En el paraje conocido como Cala del Aceite, sito en el término Conil de la Frontera (Cádiz). Los hechos declarados probados constituyen infracción administrativa expresamente tipificada por el Artº 64.3 de la Ley de Prevención de Incendios Forestales, siendo calificable como Leve y sancionable según Artº 68 y 73.1.A) del mismo texto legal. Resolución: Sanción de multa pecuniaria por importe de 100 Euros.

19. Expte. CA/2018/1272/GC/INC. 45106614A Ceuta (Ceuta). Acuerdo de Iniciación de Procedimiento Sancionador y Formulación de Cargos. Estacionamiento del vehículo a motor tipo turismo marca Nissan, Modelo Micra con matrícula 7898JHS sin autorización en zona de influencia forestal, los cuales tuvieron lugar el día 22 de Agosto de 2018. En el paraje conocido como Cala del Aceite, sito en el término Conil de la Frontera (Cádiz). Los hechos declarados probados constituyen infracción administrativa expresamente tipificada por el Artº 64.3 de la Ley de Prevención de Incendios Forestales, siendo calificable como Leve y sancionable según Artº 68 y 73.1.A) del mismo texto legal. Resolución: Sanción de multa pecuniaria por importe de 100 Euros.

20. Expte. CA/2018/1297/AGMA/COS. 77589594Z. Chiclana de la Frontera (Cádiz). Acuerdo de Iniciación de Procedimiento Sancionador y Formulación de Cargos. Ejecución de obras consistentes en instalación de cercado de bloques de hormigón, un tramo de unos 20 metros de una altura de un metro más alambrera, otro tramo de unos 10 metros de una altura de 1.20 metros, así como otro tramo de unos 5 metros con una altura de unos dos metros. Instalación caseta de madera desmontable de unos 5.x6 metros, todo ello en Servidumbre de Protección del Dominio Público Marítimo terrestre, sin autorización. Lugar de los hechos: En el paraje conocido como referencia catastral 40300A0QA5343S,(Carboneros) sito en el término municipal de Chiclana (Cádiz). Los hechos referidos podrían ser constitutivos de la siguiente infracción: infracción tipificada como tal por el Artº 90.2.J) de la Ley de Costas. Siendo sancionable según 97-1.c) del mismo texto legal. Acuerdo: Dados los hechos con que en la actualidad se cuenta en esta Delegación Territorial, los hechos que se imputan serían sancionable con; Multa: 1.332,05 Euros. Las obras e instalaciones se han valorado en la cuantía de 5.325,20 Euros. Otras Obligaciones no Pecuniarias: Restitución del terreno a su ser y estado anterior con retirada de la instalación denunciada y solicitud de autorización para las obras ejecutadas.

21. Expte. CA/2018/1305/OTROSFUNCS/PA. 34008266Y. El Puerto de Santa María (Cádiz). Acuerdo de Iniciación de Procedimiento Sancionador y Formulación de Cargos. Requerida para presentar el formulario correspondiente a la Declaración de Emisiones de Compuestos Orgánicos Volátiles correspondiente al ejercicio de 2017 no lo ha presentado. En el paraje conocido como Don Tintorería, (Centro comercial Bahía Mar, 1º planta, locales A1-A-2), sito en el término municipal de El Puerto de Santa María (Cádiz). Los hechos referidos podrían ser constitutivos de la siguiente infracción : Infracción tipificada en el Artº 139.1.c) de la Ley de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental. Calificada como Leve y sancionable según Artº 139.1.c) y 139.2 del mismo texto legal. Acuerdo: Dados los datos con que en la actualidad se cuenta en esta Delegación Territorial, los hechos que se imputan serían sancionables con: Multa: 500 Euros.

22. Expte. CA/2018/1335/GC/INC. 45337095R. El Puerto de Santa María (Cádiz). Acuerdo de Iniciación de Procedimiento Sancionador y Formulación de Cargos. Estacionamiento del vehículo a motor tipo turismo Marca Renault, Modelo Clio, Color Blanco, con matrícula SE2218CF sin autorización en zona de influencia forestal, los cuales tuvieron lugar el día 24 de Agosto de 2018. En el paraje conocido como Parque Periurbano Dunas de San Antón, sito en el término El Puerto de Santa María(Cádiz). Los hechos declarados probados constituyen infracción administrativa expresamente tipificada por el Artº 64.3 de la Ley de Prevención de Incendios Forestales, siendo calificable como Leve y sancionable según Artº 68 y 73.1.A) del mismo texto legal. Resolución: Sanción de multa pecuniaria por importe de 300 Euros.

Cádiz, 23 de enero de 2019.- El Delegado, Ángel Acuña Racero.

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