Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 79 de 26/04/2019

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 11 de marzo de 2019, del Juzgado de Primera Instancia núm. Cuatro de Córdoba, dimanante de autos núm. 1616/2017. (PP. 891/2019).

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NIG: 1402142120170022657.

Procedimiento: Juicio Verbal (Desahucio Precario-250.1.2) 1616/2017. Negociado: MA.

De: Banco Bilbao Bizcaya Argentaria, S.A.

Procurador/a: Sr/a. María Bergillos Jiménez.

Letrado: Sr. Javier Bernal Martínez.

Contra: Ocupantes desconocidos C/ El Águila, núm. 7G, El Higuerón.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento Juicio Verbal (Desahucio Precario-250.1.2) 1616/2017 seguido en el Juzgado de Primera Instancia núm. Cuatro de Córdoba a instancia de Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, S.A., contra Ocupantes Desconocidos C/ El Águila, núm. 7G, El Higuerón, sobre J. Verbal-Desahucio por precario, se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

SENTENCIA NÚM. 78/18

En Córdoba, a cinco de abril de dos mil dieciocho.

Don Víctor Manuel Escudero Rubio, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia núm. Cuatro de Córdoba ha visto los presentes autos de juicio verbal de desahucio por precario, tramitados con el núm. 1616/2017, promovidos por Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, S.A., representada por el Procurador Sra. Bergillos Jiménez y asistida del Letrado Sr. Bernal Martínez, contra los ignorados ocupantes de la vivienda sita en la calle El Aguila núm. 7G de El Higuerón (Córdoba), que permanecieron en rebeldía durante la tramitación del proceso.

FALLO

Que estimando íntegramente la demanda promovida por el Procurador Sra. Bergillos Jiménez, en representación de Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, S.A., contra los ignorados ocupantes de la vivienda sita en la calle El Águila núm. 7G de El Higuerón (Córdoba),

1. Debo condenar y condeno a los demandados, habiendo lugar al desahucio por precario, a que dejen libre la vivienda sita en la calle El Aguila núm. 7G de El Higuerón (Córdoba), en el plazo legalmente establecido, apercibiéndole de que de no efectuarlo se procederá a su lanzamiento.

2. Se imponen a los demandados las costas causadas en el presente procedimiento.

Contra esta resolución cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Córdoba, que habrá de interponerse ante este Juzgado en el plazo de veinte días hábiles contados desde el día siguiente de la notificación de la resolución recurrida, previa consignación como depósito de 50 euros en la cuenta de consignaciones de este Juzgado, conforme a la disposición adicional decimoquinta de la Ley Orgánica 1/2009 de 3 de noviembre que modifica la LOPJ.

Así lo pronuncio, mando y firmo.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma al/a los demandado/s ocupantes desconocidos C/ El Águila, núm. 7G El Higuerón, extiendo y firmo la presente en Córdoba a once de marzo de dos mil diecinueve.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia.

«La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada sólo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que los mismos contuvieran y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutela o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda.

Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos, ni comunicados con fines contrarios a las leyes.»

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